ÚLTIMAS REFORMAS DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL, LAS. Una visión práctica tras un año de vigencia.
- Sinopsis
- Índice
El objeto de este temario son las modificaciones introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal el pasado año 2015, las cuales se contuvieron en cinco distintas disposiciones legales: tres leyes orgánicas y dos leyes ordinarias. Al haber transcurrido casi un año desde la entrada en vigor de dichas modificaciones legales, contamos ya con la experiencia suficiente para valorar si las mismas han producido el efecto deseado, si dichas modificaciones han mejorado, o no, el procedimiento penal español y si dichas reformas han sido suficientes para alcanzar los fines que el legislador se propuso.
Este temario
está dirigido, fundamentalmente, a los funcionarios de las fuerzas y cuerpos de
seguridad y de la Administración de Justicia, por lo que nos centraremos en
aquella parte de las modificaciones legales que más directamente tienen relación
con el día a día del trabajo de dichos funcionarios.
INTRODUCCIÓN
RESUMEN DE LAS DIFERENTES REFORMAS
A) LEY ORGÁNICA 1/2015
B) LEY ORGÁNICA 5/2015
C) LEY 4/2015
D) LEY ORGÁNICA 13/2015
E) LEY 41/2015
LA REFORMA DEL ARTÍCULO 520 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
A) EL RESPETO A LOS DERECHOS AL HONOR, LA INTIMIDAD Y LA PROPIA IMAGEN
B) LA CONSIGNACIÓN DEL DÍA Y LA HORA DE LA DETENCIÓN
C) LA CONSIGNACIÓN ESCRITA DE LOS DERECHOS DEL DETENIDO Y SUS CONSECUENCIAS
D) ¿DE QUÉ HA DE INFORMARSE AL DETENIDO?
E) LOS NUEVOS DERECHOS DEL DETENIDO
1º. Derecho a designar abogado y a ser asistido por él sin
demora injustificada
2º. Derecho a acceder a los elementos de las actuaciones que
sean esenciales
para impugnar la legalidad de la detención o privación de libertad
3º. Derecho a comunicarse telefónicamente, sin demora
injustificada, con un
tercero de su elección
4º. Derecho a ser visitado por las autoridades consulares de
su país, a comuni-
carse y a mantener correspondencia con ellas
5º. Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete,
cuando se trate de
extranjero que no comprenda o no hable el castellano o la lengua oficial de
la actuación de que se trate, o de personas sordas o con discapacidad audi-
tiva, así como de otras personas con dificultades del lenguaje
6º. Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita,
procedimiento para hacerlo y
condiciones para obtenerla
F) OTRAS NOVEDADES: EL DEBER DE INFORMAR DEL PLAZO MÁXIMO Y DEL PROCEDIMIENTO DE HABEAS CORPUS
G) LA DETENCIÓN DE LOS MENORES DE EDAD
LA NUEVA REGULACIÓN DE LA INCOMUNICACIÓN DE LOS DETENIDOS
A) PRESUPUESTOS PARA LA ADOPCIÓN DE LA MEDIDA
B) PLAZO MÁXIMO
C) CONSECUENCIAS Y EFECTOS DE LA MEDIDA
D) GARANTÍAS EN SU EJECUCIÓN
LA NUEVA REGULACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA: LA REFORMA DEL ARTÍCULO
Contenido y alcance del derecho de defensa
Análisis de los derechos que integran el derecho de defensa
a) Derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan, así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados. Esta información será facilitada con el grado de detalle suficiente para permitir el ejercicio efectivo del derecho de defensa
b) Derecho a examinar las actuaciones con la debida antelación para salvaguardar el derecho de defensa y en todo caso, con anterioridad a que se le tome declaración
c) Derecho a actuar en el proceso penal para ejercer su derecho de defensa de acuerdo con lo dispuesto en la ley
d) Derecho a designar libremente abogado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 a) del artículo 527
e) Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y condiciones para obtenerla
f) Derecho a la traducción e interpretación gratuitas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 127
g) Derecho a guardar silencio y a no prestar declaración si no desea hacerlo, y a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se le formulen
h) Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable
Forma en que se ejerce este derecho
LA MODIFICACIÓN DEL SECRETO DE LAS DILIGENCIAS DE INSTRUCCIÓN
LA REFORMA DE LA DURACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN Y SUS CONSECUENCIAS
A) A QUÉ PROCEDIMIENTOS SE APLICA EL NUEVO PLAZO DE INSTRUCCIÓN
B) PLAZO GENERAL PARA LA INSTRUCCIÓN: 6 MESES
C) PLAZO AMPLIADO PARA LAS CAUSAS COMPLEJAS: HASTA 3 AÑOS
D) CAUSAS DE SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS DE INSTRUCCIÓN
E) EL PLAZO EXTRAORDINARIO DE DURACIÓN INDETERMINADA
F) CONSECUENCIAS PROCESALES DEL TRANSCURSO DEL PLAZO LA MODIFICACIÓN DE LAS REGLAS DE CONEXIDAD DELICTIVA
A) JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA
B) AMPLIACIÓN DE LOS SUPUESTOS DE CONEXIDAD
C) LA MODIFICACIÓN DE LA CONEXIDAD SUBJETIVA
LA ANSIADA REGULACIÓN DE LAS LLAMADAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA
1. ANTECEDENTES Y ORIGEN DE LA REFORMA
2. PRINCIPIOS GENERALES APLICABLES A TODAS LAS MEDIDAS
3. LA MODIFICACIÓN DE LA REGULACIÓN DE LAS INTERVENCIONES TELEFÓNICAS Y TELEMÁTICAS
4. CAPTACIÓN Y GRABACIÓN DE COMUNICACIONES ORALES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS
5. UTILIZACIÓN DE DISPOSITIVOS TÉCNICOS DE CAPTACIÓN DE LA IMAGEN, DE SEGUIMIENTO Y DE LOCALIZACIÓN
6. REGISTRO DE DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO MASIVO DE INFORMACIÓN
7. REGISTROS REMOTOS SOBRE EQUIPOS INFORMÁTICOS
8. ORDEN DE CONSERVACIÓN DE DATOS
EL NUEVO ESTATUTO DE LA VÍCTIMA DEL DELITO
Disposiciones generales
Derechos básicos
Participación de la víctima en el proceso penal
Protección de las víctimas
Disposiciones comunes