FABRICANTES, IMPORTADORES Y SUMINISTRADORES DE EQUIPOS Y ÚTILES DE TRABAJO. Obligaciones y responsabilidades en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

Autor:
BALLESTER PASTOR, I./ VICENTE PALACIO, A.
Editorial:
Comares
Páginas:
195
Edición:
1
Fecha de publicación:
18/05/2010
ISBN:
9788498366693
17,10
Entrega en 48/72 horas

PRIMERA PARTE
OBLIGACIONES

I. INTRODUCCIÓN. LOS DOS PLANOS DE PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DEL USUARIO PROFESIONAL DE PRODUCTOS O MAQUINARIAS: AB INITIO Y DURANTE LA VIDA ÚTIL DEL UTENSILIO O MAQUINARIA.

II. LAS OBLIGACIONES BÁSICAS DE LOS FABRICANTES, IMPORTADORES Y SUMINISTRADORES RESPECTO A CUALQUIER PRODUCTO DE USO PROFESIONAL.
    1. La obligación de que la maquinaria, equipos, productos y útiles no constitu-

        yan fuente de peligro.
    2. La transmisión de información como condición imprescindible para que los

        equipos, productos, materias primas y útiles de trabajo no supongan una

        fuente de peligro.

III. EL PAPEL DEL EMPLEADOR O DETENTADOR DE LA MÁQUINA O PRODUCTO PARA ASEGURAR Y GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DEL USUARIO PROFESIONAL EN EL ART. 41 LPRL.

IV. LAS OBLIGACIONES BÁSICAS DE LOS FABRICANTES, IMPORTADORES Y SUMINISTRADORES RESPECTO A DOS TIPOS DE ÚTILES PROFESIONALES: DE PRODUCTOS Y SUSTANCIAS QUÍMICAS Y DE ELEMENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES.

V. LAS OBLIGACIONES DE LOS FABRICANTES, IMPORTADORES Y SUMINISTRADORES CONTEMPLADAS FUERA DEL ART. 41 LPRL: NORMATIVA APLICABLE Y EL OBJETO DE NUESTRO ESTUDIO.

VI. LAS NORMAS PARA LA COMERCIALIZACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE PRODUCTOS INDUSTRIALES COMO RESULTADO DE LA TRASPOSICIÓN DE DIRECTIVAS COMUNITARIAS CREADAS SEGÚN LA TÉCNICA LEGISLATIVA DEL «NUEVO ENFOQUE»: CONSECUENCIAS.
    1. La consecución de un mercado unificado interior de productos en el ámbito

        comunitario: impedimentos iniciales y el nacimiento de la técnica legislativa

        comunitaria. Las Directivas del «Nuevo enfoque» y del «Enfoque global».

        Implicaciones en las obligaciones debidas para los fabricantes, importado-

        res y suministradores mencionados en el art. 41 LPRL.
    2. El producto objeto de regulación por parte de las Directivas del nuevo

        enfoque.
    3. La diferenciación entre el momento de la comercialización y el momento de

        la puesta en servicio del producto y el alcance de la regulación de las

        Directivas.

    4. Los sujetos mentados por las Directivas: delimitación y obligaciones

        encomendadas.
    5. Cobertura de un mismo riesgo en un mismo producto por varias Directivas:

        consecuencias.
    6. Las Directivas de Nuevo enfoque y las Directivas de protección de los consu-

        midores y por productos defectuosos: normativa traspuesta en nuestro país

        y coordinación entre todas ellas.

VII. EL CUMPLIMIENTO REGLAMENTARIO, LOS ÓRGANOS Y AGENTES PARA EL CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL Y LAS INFRACCIONES Y SANCIONES APLICABLES: LA REGULACIÓN DERIVADA DE LA LEY 21/1992, DE INDUSTRIA.

VIII. OBLIGACIONES DE LOS FABRICANTES RESPECTO DE UN PRODUCTO ESPECÍFICO: LAS MÁQUINAS. LA DIRECTIVA 42/2006 DE MÁQUINAS Y EL RD 1644/2008, DE 10 DE OCTUBRE.
    1. Obligaciones objetivas del fabricante
    2. Presunción de conformidad de las máquinas a través del marcado CE y del

        cumplimiento de normas armonizadas.
    3. Actividades y sujetos afectados por el RD 1644/2008
    4. Corrección de las obligaciones de los fabricantes: impugnación de normas

        armonizadas y la entrada en juego de la cláusula de salvaguardia
    5. La vigilancia del mercado o el control posterior del cumplimiento por parte

        del fabricante de los requisitos del RD.

IX. OBLIGACIONES DE LOS FABRICANTES RESPECTO DE UN PRODUCTO ESPECÍFICO: LOS EPIs. LA DIRECTIVA 89/656/CE Y EL RD 1407/1992, DE 20 DE NOVIEMBRE.
    1. EPIs comprendidos en el ámbito de aplicación del RD 1407/1992
    2. Obligaciones de los fabricantes y/o su mandatario en la Comunidad

        europea.
        2.1. Obligaciones objetivas
        2.2. Procedimientos de evaluación de la calidad
        2.3. Organismos de control

X. OBLIGACIONES DE LOS FABRICANTES PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS QUÍMICOS, EN PARTICULAR LAS CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO (CE) 1907/2006, DE 18 DE DICIEMBRE Y EL REGLAMENTO (CE) 1272/2008, DE 16 DE DICIEMBRE.
    1. El Reglamento (CE) 1907/2006, de 18 de diciembre, regulador del registro,

        evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados quími-

        cos (REACH)
    2. El Reglamento (CE) 1272/2008, de 16 de diciembre, sobre clasificación, eti-

        quetado y envasado de sustancias y mezclas.
 

SEGUNDA PARTE
RESPONSABILIDADES

I. TIPOS DE RESPONSABILIDADES

II. LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
    1. El problema de identificación de las fuentes reguladoras y sus

        consecuencias.
    2. Infracciones y sanciones administrativas previstas en la normativa indus-

        trial. La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y normas concordantes.

        La normativa sobre seguridad en las máquinas.
    3. Infracciones y sanciones en materia de productos y sustancias químicas.

        El art. 41.1 párrafo segundo y la normativa específica relativa al envasado

        y etiquetado de preparados peligrosos. Las infracciones sanitarias.
    4. Responsabilidades de fabricantes, importadores y suministradores de equi-

        pos de protección individual. Normativa específica en materia de EPIs.

III. EL RECARGO DE PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. INCIDENCIA EN LA PRODUCCIÓN DEL ACCIDENTE DE LOS DEFECTOS DE FABRICACIÓN. SOBRE LA POSIBILIDAD DE IMPONER EL RECARGO DE PRESTACIONES AL FABRICANTE, IMPORTADOR Y SUMINISTRADOR.

IV. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE FABRICANTES, IMPORTADORES Y SUMINISTRADORES
    1. Cuestiones preliminares: el trabajador como sujeto central de la protec-

        ción en materia de prevención de riesgos laborales. El empresario como

        comprador de la maquinaria. Relaciones entre el trabajador-empresario-

        fabricante y sus consecuencias en materia de responsabilidad civil. La in-

        tervención de trabajadores de otras empresas: consecuencias.
    2. Cuestiones procesales: el problema de la determinación de la jurisdicción

        competente para la exigencia de responsabilidad civil en el ámbito de la

        relación laboral.
    3. El régimen de responsabilidad civil extracontractual del art. 1902 Código

        Civil. Algunos ejemplos sobre la materia en lo que se refiere a los acciden-

        tes con intervención de maquinarias, útiles y equipos de trabajo.
    4. El régimen de responsabilidad civil del Real Decreto Legislativo 1/2007, de

        16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Ge-

        neral para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes com-

        plementarias. Algunas cuestiones.
 

BIBLIOGRAFÍA
 

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