AYUDAS PÚBLICAS Y LIBRE COMPETENCIA EN EL SECTOR AUDIOVISUAL.

Autor:
MEDINA GONZÁLEZ, S.
Editorial:
Marcial Pons
Páginas:
311
Edición:
1
Fecha de publicación:
25/10/2006
ISBN:
9788497683623
31,35
Entrega en 48/72 horas

    Uno de los mayores problemas al que se enfrentan las radios y las televisiones públicas en la actualidad, y que ha sido objeto de un amplio debate tanto político como social, es el de la compatibilidad de la financiación pública que reciben con el Derecho Europeo de la Competencia.

    En el presente libro se analiza esta cuestión, partiendo, en primer lugar, de las especiales características de los medios audiovisuales, ya que a través de ellos se ejercen los derechos fundamentales reconocidos en el art. 20.1 de la Constitución Española, libertad de expresión y derecho a comunicar o recibir libremente información veraz, imprescindibles para la formación de una opinión pública libre, fundamento necesario para la existencia de una sociedad y un sistema político democrático. Y, en segundo lugar, de la intensa intervención administrativa que existe en este sector. Así mismo, se ofrece una visión general sobre cómo han abordado este problema tanto las Instituciones Comunitarias (Comisión, Tribunal de Justicia y Tribunal de Primera Instancia) como las autoridades españolas, que han realizado varios intentos para adecuar la normativa interna española a las directrices marcadas en el seno de la Unión Europea. En esta línea se analiza la situación actual tras la reciente entrada en vigor de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la Radio y Televisión de Titularidad Estatal.
 
 


 

CAPÍTULO PRIMERO. EL SECTOR AUDIOVISUAL EN LA UNIÓN EUROPEA: INTERVENCIÓN PÚBLICA Y LIBRE COMPETENCIA

I. LA APLICACIÓN DEL DERECHO COMUNITARIO AL SECTOR AUDIOVISUAL

II. LA RADIODIFUSIÓN COMO LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. LA RADIO Y TELEVISIÓN Y LAS LIBERTADES COMUNITARIAS

III. LA INTERVENCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA EN EL SECTOR AUDIOVISUAL
    1. La regulación de los servicios de interés general en la Unión Europea
    2. La configuración de la radiodifusión como actividad de interés general
    3. La tendencia hacia liberalización y la apertura del sector audiovisual

        a la libre competencia.

IV. COMPATIBILIDAD DEL CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO CON LAS NORMAS SOBRE LA LIBRE COMPETENCIA EN EL TRATADO. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LA LIBRE COMPETENCIA AL SECTOR AUDIOVISUAL
    1. La excepción del art. 86.2: servicios de interés general y monopolios

        fiscales.
 

 

CAPÍTULO SEGUNDO. EL SERVICIO PÚBLICO DE RADIO Y TELEVISION EN NUESTRO PAIS Y LIBRE COMPETENCIA

I. LA CONFIGURACIÓN DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN COMO SERVICIO PÚBLICO EN ESPAÑA
    1. Definición del sector audiovisual
    2. Fuentes normativas reguladoras del sector audiovisual
    3. La posición de la doctrina ante la declaración de la radio y televisión

        como servicio público.
        A. Doctrina a favor de la declaración como servicio público de toda

            la actividad audiovisual.
        B. Doctrina que critica la declaración como servicio público de toda

            la actividad audiovisual.
    4. Jurisprudencia sobre la configuración de la radio y televisión como

        servicio público.
        A. Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
        B. Jurisprudencia del Tribunal Supremo

II. LA RADIO Y LA TELEVISIÓN COMO SERVICIOS PÚBLICOS
    1. El servicio público en el sector audiovisual: la televisión
        A. El servicio público de televisión en la actualidad en España.
            a) Debilitamiento de las razones que en su momento justificaron

                la declaración unitaria de la televisión como servicio público

                esencial de titularidad estatal.
            b) La aparente crisis del concepto tradicional de servicio público:

                tendencias hacia la liberalización.
        B. Principales problemas que plantea la regulación de la actividad

            televisiva en nuestro país en el momento actual.
            a) Ausencia de definición del contenido del servicio público en nuestro

                ordenamiento jurídico.
            b) Contradicciones derivadas de la configuración unitaria de la actividad

                televisiva en su conjunto como servicio público esencial de titularidad

                estatal.
                b.1) Problemática derivada de la diferente financiación

                       de las televisiones públicas y privadas, y la ausencia de distinción

                       entre la actividad de ambas en razón al servicio público

                       que prestan.
                b.2) Ruptura de la configuración unitaria: la televisión por satélite

                       y por cable.
                b.3) Competencias asumidas por algunas CCAA en sus Estatutos

                       de Autonomía. para crear, regular y mantener su propia

                       televisión.

            c) La problemática que plantea la televisión local
        C. Televisión privada, televisión pública y libre competencia
            a) Necesidad de una televisión pública
                a.1) Doctrina

                a.2) Textos de la Unión Europea
            b) Ausencia de rasgos distintivos de la televisión pública que justifiquen

                su existencia y su financiación privilegiada.
            c) La actividad de las televisiones públicas y privadas
                c.1) Consecuencia de la calificación de la actividad como servicio

                       público: igualdad de obligaciones de servicio público entre

                       las televisiones públicas y privadas.
                c.2) Competencia entre la televisión pública y privada
    2. El servicio público en el sector audiovisual: la radiodifusión sonora

III. EL CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO DE RADIO Y TELEVISIÓN EN NUESTRO ORDENAMIENTO Y RESTRICCIONES A LA LIBRE COMPETENCIA
    1. ¿En qué consiste el servicio público de radio y televisión?
        A. Servicio público: características y consecuencias derivadas

            de la calificación de una actividad como tal.
        B. La radio y la televisión como servicio público
    2. Contenido del servicio público de radio y televisión
        A. Definición del servicio público de radio y televisión
            a) Ausencia de definición hasta la Disposición Adicional Decimosexta

                de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Sociales,

                Administrativas y de Orden Social.
            b) La definición de la función de servicio público de RTVE que introduce

                la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 24/2001.
            c) El Informe elaborado por el Consejo para la reforma de los medios

                de comunicación de titularidad del Estado.
            d) La Ley 17/2006, de 5 de junio, de la Radio y Televisión

                de Titularidad Estatal.
        B. Objetivo del servicio público de la radio y la televisión
        C. La programación
    3. Criticas al servicio público de radio y televisión. Necesidad de redefinir

        el modelo.
        A. Doctrina que defiende que toda la actividad audiovisual sea de servicio

            público, atribuyendo funciones de servicio público específicas a la radio

            y televisión pública.
        B. Doctrina que defiende que sólo los medios públicos de radiodifusión

            realicen funciones de servicio público.
        C. Conclusión
 

 

CAPÍTULO TERCERO. FINANCIACIÓN PÚBLICA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE RADIO Y TELEVISIÓN Y LIBRE COMPETENCIA

I. LAS AYUDAS PÚBLICAS QUE RECIBEN LAS TELEVISIONES PÚBLICAS: EL CONTROL DE LOS POSIBLES ABUSOS DE LAS TELEVISIONES PÚBLICAS
    1. La financiación de las televisiones públicas y privadas en España
    2. La financiación pública de las televisiones públicas y el Derecho Europeo

        de la competencia.
        A. Elart.87.1TCE
        B. El art. 86.2 TCE
        C. El problema de la compatibilidad de la financiación pública que reciben

            las televisiones y el Derecho Europeo de la competencia.
    3. La Comunicación de la Comisión sobre la aplicación de las normas

        en materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión

        de 11 de noviembre de 2001.
        A. La incidencia de la Comunicación de la Comisión en España
            a) La modificación de la Ley 4/80 por la Disposición Adicional

                Decimosexta de la Ley 24/2001.
                a.1) Contenido de la Disposición Adicional Decimosexta

                       de la Ley 24/2001
                    — Modificación de la Ley 4/80
                    • Modificación del art. 2.3 del ERTVE
                    • Modificación del art. 5.1 del ERTVE
                    • Modificación del art. 26 del ERTVE
                    — Cumplimiento de las exigencias de la Comisión
                    • Establecimiento de una definición oficial de la misión

                      de servicio público
                    • Atribución de la misión de servicio pública a una o varias

                      empresas en base a un instrumento oficial.

                    • Existencia de autoridad competente u organismo designado

                      al efecto que controle que la misión de servicio público se presta

                      efectivamente.
                    • Cumplimiento del criterio de proporcionalidad
                a.2) Repercusiones en el status de la radiodifusión en España
                    — Consecuencias derivadas de que, salvo RTVE, ninguna otra radio

                       o televisión tenga atribuida la función de servicio público.
                    — Incidencia de la Disposición Adicional Decimosexta

                       en la Ley 46/83 del Tercer Canal y en las leyes autonómicas

                       sobre televisión.
                a.3) Conclusión
            b) El sistema de financiación de las radiotelevisiones públicas propuesto

                en el Informe del Consejo para la reforma de los medios

                de titularidad.

                del Estado creado por el Real Decreto 744/2004, de 23 de abril.
            c) La Disposición Adicional Trigésimo quinta de la Ley de la Ley 30/2005,

                de 29 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para

                el 2006.
            d) El modelo de financiación establecido en la Ley 17/2006, de 5

                de junio, de la Radio y Televisión de Titularidad Estatal.

II. LAS AYUDAS PÚBLICAS A LA RADIO

III. LA NECESARIA REFORMA DE LA NORMATIVA REGULADORA DEL SECTOR AUDIOVISUAL
 

 

BIBLIOGRAFÍA

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