OBRA ARQUITECTÓNICA Y EL DERECHO DE AUTOR, LA.
La arquitectura será arte si al construir el espacio se transmite una emoción: la del arquitecto/autor que interpreta subjetivamente el programa de necesidades y crea una obra original y poética.
Sin embargo, la actual Ley de Propiedad Intelectual (art. 10) crea un problema conceptual al reducir el valor de la obra arquitectónica a planos y maquetas, los cuales, sin perjuicio de que puedan merecer ser consideradas como obras originales y artísticas, y por lo tanto amparadas por el derecho de autor, no dejan de ser meros instrumentos de trabajo para concebir la obra arquitectónica que finalmente será construida.
¿Desconocimiento cultural? ¿ausencia de interés social? A lo largo de
estas páginas Ramón Rey prende la luz sobre las zonas oscuras de un conflicto
cuya solución pasa por una profunda revisión de la actual legislación.