DERECHOS DIGITALES.
La entrada en vigor en 2018 del
Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (679/2016) ha
supuesto una amplia revisión de la normativa sobre la materia, y un avance muy
sustantivo de la misma. Como lógica consecuencia de su entrada en vigor, ha sido
necesario actualizar nuestra LOPD de 1999, tarea que se plasma en la vigente Ley
Orgánica 3/2018. Esta norma recoge y eleva la protección de un conjunto de
derechos a los que se bautiza con el nombre de digitales (artículos 79 a 97) y
que su Preámbulo entiende que en “una deseable futura reforma de la Constitución
debería incluir entre sus prioridades la actualización de la Constitución a la
era digital y, específicamente, elevar a rango constitucional una nueva
generación de derechos digitales…”. Con ser loable la pretensión del legislador,
la propia ley la degrada, al no otorgar carácter orgánico a la mayoría de los
artículos referidos. De esta forma se constata una necesidad social, pero
también se aprecian las dificultades de su materialización jurídica, que impiden
otorgarles a todos los derechos digitales el mayor rango de reconocimiento y el
máximo de garantía jurídica. En todo caso, se hace necesario un acercamiento
teórico a este novedoso conjunto de derechos fundamentales desde una perspectiva
jurídica. Ese es el objetivo inequívoco de esta obra.