REGISTRO DE ASOCIACIONES EN LA ESPAÑA CONSTITUCIONAL, EL.

Autor:
ROJAS JUAREZ, JOSÉ RAFAEL
Editorial:
Dykinson
Páginas:
538
Edición:
1
Fecha de publicación:
29/10/2021
ISBN:
9788413776729
43,70
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    Desde el mismo momento del reconocimiento de la libertad de asociación en 1868, el derecho de asociación y el registro de asociaciones constituyeron una realidad conexa, un binomio inescindible que ha informado todas y cada una de las leyes generales de asociaciones de nuestra historia constitucional. Hasta tal punto es así que la actual Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (LODA), contempla la inscripción registral dentro de su parte orgánica y, por tanto, integrando el contenido esencial del derecho fundamental de asociación. A pesar de esto, la doctrina ha mostrado una escasa inclinación por el registro de asociaciones, que aparece siempre tangencialmente tratado, cuando no directamente ignorado.

    La presente obra, por tanto, se centra en la institución del registro general de asociaciones, en su configuración jurídica y en su efectivo funcionamiento para ofrecer una serie de elementos de debate que le permitan progresar hacia un servicio público más completo y confiable. En efecto, el derecho de las asociaciones a su inscripción en un registro público permite distintas concepciones, habiéndose decantando la LODA por un modelo declarativo e informativo cuando la Constitución de 1978 (CE) no impide adoptar otro distinto de carácter constitutivo y oponible, el que el autor considera el más idóneo en favor del emprendimiento asociativo y de la seguridad jurídica (art. 9.2 y 3 CE). Al mismo tiempo, las asociaciones comunes, en tanto que entidades de derecho privado, vienen demostrando en los últimos años una creciente intervención en la vida social y económica, cuyas necesidades de todo tipo, en particular para ordenar jurídicamente sus muchas vicisitudes de constitución, organización, actividad y extinción, no están debidamente cubiertas por la LODA, una norma breve y de mínimos que se muestra hoy insuficiente y desbordada por la complejidad del movimiento asociativo de ámbito estatal.

    En mayo de 2022 se cumplirán veinte años de vigencia de la LODA, y sería el momento óptimo para realizar un balance de su aplicación y una reflexión sobre lo que en el futuro deba ser el desarrollo normativo del art. 22 CE. Las ideas que aquí se plantean sobre el modelo registral general y sobre el despliegue orgánico y funcional de las asociaciones comunes podrían ser un buen punto de partida para acometer dicha tarea.

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