RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL: MARCO Y RÉGIMEN LEGAL.
- Sinopsis
- Índice
Existen relaciones laborales que no están sujetas al régimen jurídico general establecido en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. En algunos casos, se les aplica de manera subsidiaria la legislación laboral común, mientras que en otros solo determinados aspectos de esta. Estas relaciones se conocen como «relaciones laborales especiales» y los trabajadores que se integran en ellas (alta dirección, deportistas de élite, trabajadores del hogar, estibadores portuarios, artistas en espectáculos públicos y abogados en despachos profesionales, etc.) suelen operar bajo un régimen de contratación específico, y su relación laboral, junto con sus derechos y deberes, presenta características distintivas. Además, las indemnizaciones a la finalización de la relación laboral, el lugar de trabajo, el horario laboral y el régimen disciplinario también pueden variar.
La contratación de estos trabajadores requiere una atención minuciosa y el estricto cumplimiento de la normativa específica propia de cada relación laboral especial. Esto garantiza el respeto de los derechos, la exigencia del cumplimiento de los deberes y la provisión de condiciones laborales adecuadas para estos trabajadores.