ARTICULACIÓN Y CONCURRENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS, LA.
La Ley 3/2012, de 6 de julio,
ha confirmado la importante modificación en la configuración de la estructura
legal y convencional de la negociación colectiva que se había iniciado en las
reformas de 2011 y febrero de 2012 y ha modificado sustancialmente las reglas en
materia de relaciones entre convenios colectivos contenidas en los artículos 83
y 84 ET, reconociendo y favoreciendo la descentralización, la concurrencia y la
alteración de cualquier convenio colectivo por otro posterior y de nivel
inferior, especialmente por el convenio colectivo de ámbito empresarial, que se
erige en piedra angular del sistema de negociación colectiva y en el instrumento
privilegiado de determinación de las condiciones de trabajo.