PROTECCIÓN FRENTE A LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS EN PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, LA.
Un informe del Banco Central Europeo revelaba hace poco que España es uno de los países europeos con intereses y comisiones más caros. En un contexto generalizado de crisis económica, el presente trabajo trata de colocar la atención del lector en la necesidad de que Jueces, Notarios y Registradores actúen, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, los mecanismos legalmente previstos en nuestro Ordenamiento para poner freno a las cláusulas abusivas presentes en préstamos y créditos.
Las ideas que se proponen en este sentido apuntan, tras realizar un análisis de las distintas normas de protección del consumidor y de la clientela bancaria (entre ellas la reciente Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios), hacia la necesidad de una mayor homogeneización de la regulación de préstamos y créditos, a ser posible en un solo texto legal; la denuncia de comisiones que cobran las entidades financieras por servicios que en realidad no prestan; la conveniencia de la apreciación de oficio por parte de Jueces y Tribunales del carácter abusivo de cláusulas, como las que prevén intereses moratorios excesivos y su consiguiente moderación; y una mayor aplicación de la Ley de Usura, ponderando no sólo los intereses usuales del mercado español, sino también los del resto de los países de la zona euro, entre otras cosas.
Para ello se realiza un análisis
jurisprudencial de éstos y otros aspectos que tienen que ver con las cláusulas
abusivas en contratos celebrados con consumidores como: las cláusulas de
redondeo al alza de los intereses en los préstamos hipotecarios, las cláusulas
suelo, el pacto de anatocismo, las cláusulas que imponen garantías
desproporcionadas y las de vencimiento anticipado.