RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, EL.
Precedida por una reforma de gran calado del Estatuto de Autonomía, el 22 de marzo de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana la Ley 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano (LREMV), que entró en vigor el 1 de julio de 2008, y fue objeto de reforma por la Ley 8/2009, de 4 de noviembre, que derogó algunos de sus preceptos y modificó otros.
Este comentario responde, en su estructura, a un análisis sistemático del contenido de la LREMV. Tras unos capítulos preliminares dedicados, respectivamente, al ámbito de aplicación de la Ley, fuentes del régimen económico matrimonial valenciano y principios inspiradores, siguen otros referidos a las siguientes cuestiones: el levantamiento de las cargas del matrimonio; el régimen jurídico de la vivienda habitual; las capitulaciones matrimoniales; las donaciones propter nuptias. la germanía; la separación de bienes, como régimen legal supletorio; y por último, el régimen transitorio de la Ley; sin olvidar, en ellos, el tratamiento de las cuestiones registrales y de Derecho concursal. Cierra un apéndice sobre la competencia de la Comunidad Valenciana en materia de régimen económico matrimonial.
Se atiende, en el análisis, a
la redacción vigente de la LREMV, derivada de la reforma introducida por la Ley
8/2009, de 4 de noviembre, pero sin abandonar el contraste de los preceptos
vigentes con los modificados o derogados.