COMENTARIOS A LA LEY 59/2003 DE FIRMA ELECTRÓNICA.

Autor:
MARTÍNEZ NADAL, A.
Editorial:
Civitas
Páginas:
540
Edición:
2
Fecha de publicación:
18/03/2009
ISBN:
9788447031795
58,91
Entrega en 48/72 horas

Introducción

I. Firma electrónica, certificados y entidades de certificación. Iniciativas legislativas.
    1. INICIATIVAS LEGISLATIVAS EN GENERAL. ESPECIAL REFERENCIA A LA APLICA-

        CIÓN DE LA DIRECTIVA 1999/93/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CON-

        SEJO POR LA QUE SE ESTABLECE UN MARCO COMUNITARIO PARA LA FIRMA

        ELECTRÓNICA.
    2. REGULACIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA EN EL DERECHO ESPAÑOL.

II. Origen y objeto de la nueva Ley 59/2003 de firma electrónica

III. Contenido general de la Ley 59/2003

IV. Reformas de la Ley 59/2003 de firma electrónica

V. Objeto de la monografía
 

 

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
 

Artículo 1. Objeto

I. Objeto de la Ley
    1. REGULACIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

        DE CERTIFICACIÓN.
        1.1. Regulación general de la firma electrónica y la prestación de servicios

              de certificación.
        1.2. Referencia a algunas normas especiales sobre firma electrónica
            A) Firma electrónica y fedatarios públicos. Referencia a la Disposición

                Adicional primera de la Ley 59/2003. En especial, función notarial y

                registral.
            B) La factura electrónica. Las normas tributarias sobre la materia.
            C) Firma electrónica en la administración
    2. INALTERACIÓN DE LAS NORMAS SOBRE CELEBRACIÓN, FORMALIZACIÓN, VA-

        LIDEZ Y EFICACIA DE LOS CONTRATOS.

 

Artículo 2. Prestadores de servicios de certificación sujetos a la Ley

I. Prestadores de servicios de certificación sujetos: establecidos y con establecimiento permanente.

II. Prestador de servicios de certificación

III. Prestador establecido en España y con establecimiento permanente en España.

IV. Presunción de establecimiento; medios tecnológicos y establecimiento jurídico.
 

Artículo 3. Firma electrónica y documentos firmados electrónicamente.

I. Introducción

II. Firma electrónica. Concepto y clases: firma electrónica en general y firma electrónica avanzada. Especial referencia a la criptografía asimétrica.
    1. FIRMA ELECTRÓNICA EN GENERAL
    2. FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA
        2.1. Definición legal
        2.2. La firma digital como firma electrónica avanzada
    3. FIRMA ELECTRÓNICA RECONOCIDA

III. Documentos electrónicos. Noción, clases y eficacia jurídica.

IV. Efectos legales de la firma electrónica
    1. REGLA DEL EQUIVALENTE FUNCIONAL. REQUISITOS: FIRMA ELECTRÓNICA

        RECONOCIDA. EL PROBLEMA DE LA PRUEBA DE LA EXISTENCIA DE LOS RE-

        QUISITOS DE EQUIPARACIÓN.
    2. PRESUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS. SUPRESIÓN EN LA

        LEY 59/2003 DE FIRMA ELECTRÓNICA.
    3. EL PROBLEMA DE LA FIRMA ELECTRÓNICA QUE NO REÚNA LOS REQUISITOS

        DE EQUIPARACIÓN.
    4. EL RECONOCIMIENTO DE LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD.
    5. ASPECTOS PROCESALES: ADMISIBILIDAD COMO PRUEBA DOCUMENTAL.

        IMPUGNACIÓN DE LA AUTENTICIDAD DE LA FIRMA ELECTRÓNICA.
        5.1. Impugnación de la autenticidad de la firma electrónica reconocida.
        5.2. Impugnación de la autenticidad de la firma electrónica avanzada.
 

Artículo 4. Empleo de la firma electrónica en el ámbito de las Adininistraciones públicas.

I. Exigencia de condiciones adicionales. En especial, servicio de consignación de fecha y hora.

II. Requisitos de las condiciones adicionales

III. Regímenes específicos en determinados sectores

IV. Especial referencia a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
    1. IDENTIFICACIÓN DE LOS CIUDADANOS
    2. IDENTIFICACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
 

Articulo 5. Régimen de prestación de los servicios de certificación

I. Introducción a la prestación de servicios de certificación. Función de los certificados y prestadores de servicios de certificación como complemento de seguridad de la firma electrónica.

II. Régimen de prestación de los servicios de certificación: art. 5 LFE
    1. PRINCIPIOS GENERALES: RÉGIMEN DE LIBRE COMPETENCIA E INNECESARIE-

        DAD DE AUTORIZACIÓN PREVIA.
        1.1. Acceso al mercado de los proveedores de servicios de certificación en

              la directiva de firma electrónica.
        1.2. Derecho español
            A) Régimen de libre competencia y libre acceso
            B) Sistemas de acreditación de prestadores de servicios de certificación:

                de la acreditación pública a la certificación también privada.
            C) Del Registro de Prestadores de Servicios de Certificación al simple

                servicio de difusión de información.
    2. LA PRESTACIÓN AL PÚBLICO DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN POR LAS AD-

        MINISTRACIONES PÚBLICAS.
 

 

 

TÍTULO II
CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS
 

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
 

Artículo 6. Certificados electrónicos

I. Certificado electrónico en general

II. El titular del certificado. En especial, su naturaleza.
    1. APROXIMACIÓN A LOS ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL SISTEMA DE FIRMA Y

        CERTIFICADOS.
    2. EN PARTICULAR, EL TITULAR DEL CERTIFICADO. CONCEPTO Y NATURALEZA.

        EL RECONOCIMIENTO LEGAL GENERALIZADO DE LOS CERTIFICADOS DE PER-

        SONA JURÍDICA.
 

Artículo 7. Certificados electrónicos de personas jurídicas

I. Régimen jurídico de los certificados electrónicos de persona jurídica.
    1. CUESTIÓN PREVIA: ADMISIÓN GENERALIZADA DE CERTIFICADOS DE PERSO-

        NA JURÍDICA SIN PERJUICIO DE SU COEXISTENCIA CON CERTIFICADOS DE

        PERSONA FÍSICA CON ATRIBUTO QUE PERMITE VINCULAR A PERSONAS

        JURÍDICAS.
    2. SOLICITANTES DE LOS CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS DE PERSONA

        JURÍDICA.
    3. RESPONSABLES DE LA CUSTODIA; PERSONAS LEGITIMADAS PARA EL USO DE

        LOS ELEMENTOS DE FIRMA.
    4. ÁMBITO DE UTILIZACIÓN DE LOS DATOS DE CREACIÓN DE FIRMA. EL GIRO

        O TRÁFICO ORDINARIO DE LA PERSONA JURÍDICA COMO REFERENTE. LÍMI-

        TES ADICIONALES.
    5. EXCEPCIONES: CERTIFICADOS DE VERIFICACIÓN DE FIRMA DE LOS PRESTA-

        DORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN Y CERTIFICADOS EXPEDIDOS A

        FAVOR DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
        5.1. Certficados de verificación de firma de los prestadores de servidos de

               certificación.
        5.2. Certificados expedidos a favor de las Administraciones públicas.

II. La excepción de la expedición de certificados a entidades sin personalidad
 

Artículo 8. Extinción de la vigencia de los certificados electrónicos

I. Introducción: vigencia y extinción del certificado

II. Extinción de la vigencia de los certificados electrónicos
    1. CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA VIGENCIA DE UN CERTIFICADO ELECTRÓNICO.
        1.1. Extinción ordinaria del certificado por causas previstas: expiración del

               período de validez.
        1.2. Invalidez anticipada
            A) «Revocación formulada por el firmante, la persona física o jurídica re-

                presentada por éste, un tercero autorizado o la persona física solici-

                tante de un certificado electrónico de persona jurídica» [art. 8.1.b)]
            B) «Violación o puesta en peligro del secreto de los datos de creación de

                firma del firmante o del prestador de servicios de certificación o utili-

                zación indebida de dichos datos por un tercero» [art. 8.1.c)]
            C) «Resolución judicial o administrativa que lo ordene» [art. 8.1.d)]
            D) «Fallecimiento o extinción de la personalidad jurídica del firmante; fa-

                llecimiento, o extinción de la personalidad jurídica del representado;

                incapacidad sobrevenida, total o parcial, del firmante o de su repre-

                sentado; terminación de la representación; disolución de la persona

                jurídica representada o alteración de las condiciones de custodia o uso

                de los datos de creación de firma que estén reflejadas en los certifica-

                dos expedidos a una persona jurídica» [art. 8.1.e)]
            E) «Cese en la actividad del prestador de servicios de certificación, salvo

                que, previo consentimiento expreso del firmante, la gestión de los

                certificados electrónicos expedidos por aquél sean transferidos a otro

                prestador de servicios de certificación» [art. 8.1.])]
            F) «Alteración de los datos aportados para la obtención del certificado o

                modficación de las circunstancias verificadas para la expedición del

                certificado, como las relativas al cargo o a las facultades de represen-

                tación, de manera que éste ya no fuera conforme a la realidad»

                [art. 8.1.g)]
            G) «Cualquier otra causa lícita prevista en la declaración de prácticas de

                certificación» [art. 8.1.h)]
    2. EFICACIA DE LA EXTINCIÓN DE LA VIGENCIA DE UN CERTIFICADO ELECTRÓ-

        NICO. ESPECIAL REFERENCIA A LA PUBLICACIÓN: INCLUSIÓN EN EL SERVI-

        CIO DE CONSULTA SOBRE LA VIGENCIA DE CERTIFICADOS DEL PRESTADOR

        DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN.
        2.1. Causas de eficacia inmediata
        2.2. Causas de eficacia diferida a la inclusión de su indicación en el servicio

               de consulta del prestador de servicios de certificación.
 

Artículo 9. Suspensión de la vigencia de los certificados electrónicos

I. Suspensión de la vigencia de los certificados electrónicos. Noción. Legitimación, causas y duración.

II. Efectos de la suspensión
 

Artículo 10. Disposiciones comunes a la extinción y suspensión de la vigencia de certificados electrónicos.

I. Obligación de constancia inmediata de la extinción o suspensión en el servicio de consulta sobre la vigencia de certificados.

II. Información al firmante de manera previa o simultánea

III. Eficacia no retroactiva

IV. Duración de la publicación
 

 

CAPÍTULO II
CERTIFICADOS RECONOCIDOS
 

Artículo 11. Concepto y contenido de los certificados reconocidos

I. Concepto de certificado reconocido

II. Requitos de los certificados reconocidos. En particular, los requisitos de contenido.
    1. CONTENIDO MÍNIMO DE LOS CERTIFICADOS RECONOCIDOS
    2. OTROS CONTENIDOS POSIBLES DEL CERTIFICADO RECONOCIDO. LOS CER-

        TIFICADOS DE ATRIBUTOS.
        2.1. Otras circunstancias o atributos especificos del firmante. El problema

              de los certificados de atributos dinámicos.
        2.2. En particular, atributo dinámico consistente en un poder de representa-

              ción del firmante.
            A) Comprobación de la vigencia inicial
            B) Comprobación de la vigencia posterior

 

Artículo 12. Obligaciones previas a la expedición de certificados reconocidos

I. La obligación de comprobación de identidad y otras circunstancias personales como elemento esencial para la seguridad de los certificados y las firmas electrónicas. Remisión al art. 13 LFE.
    1. OBLIGACIÓN DE COMPROBACIÓN. JUSTIFICACIÓN. EXTENSIÓN.
        1.1. Identidad; métodos de comprobación
            A) Presencia personal
            B) Documentos acreditativos
            C) Confirmación de datos personales por una tercera parte.
                a) La comprobación de identidad durante la vigencia del Real

                    Decreto-ley 14/1999.
                b) La comprobación de identidad con la Ley 59/2003
        1.2. Otros datos personales; el problema de los atributos dinámicos
    2. AMBITO DE APLICACIÓN DE LA OBLIGACIÓN

II. Verificación de la exactitud de la información incluida en el certificado y de la inclusión de la información prescrita para un certificado reconocido.

III. Comprobación de que el firmante está en posesión de los datos de creación de firma correspondientes a los datos de verificación que constan en el certificado.

IV. Garantizar la complementariedad de los datos de creación y verificación de firma (caso de ser generados por el prestador de servicios de certificación) [art. 12.d)]
 

Artículo 13. Comprobación de la identidad y otras circunstancias personales de los solicitantes de un certificado reconocido.

I. Introducción

II. Comprobación de identidad en caso de solicitante persona física

III. Comprobación en caso de certificados reconocidos de persona jurídica

IV. Comprobación de otros elementos personales incluidos; en especial, poder de representación.
    1. RELACIÓN DE REPRESENTACIÓN; VOLUNTARIA Y OTROS SUPUESTOS DE

        REPRESENTACIÓN.
        1.1. Representación voluntaria
        1.2. Otros supuestos de representación
    2. OTRAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES O ATRIBUTOS DEL SOLICITANTE

V. Excepciones al sistema general
    1. COMPROBACIÓN DE IDENTIDAD U OTRAS CIRCUNSTANCIAS PERMANENTES

        POR RELACIÓN PREEXISTENTE INFERIOR A CINCO AÑOS [art. 13.4 a)]
    2. SOLICITUD BASADA EN UN CERTIFICADO PREVIO EXPEDIDO POR EL SISTE-

        MA DE IDENTIFICACIÓN GENERAL EN FECHA INFERIOR A CINCO AÑOS

        [art. 13.4.b)]

VI. Entidad que realiza las actuaciones de comprobación. Intervención de entidades de registro locales.
 

Artículo 14. Equivalencia internacional de certificados reconocidos
 

 

CAPÍTULO III
EL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD ELECTRÓNICO
 

Artículo 15. Documento nacional de identidad electrónico

 

Artículo 16. Requisitos y características del documento nacional de identidad electrónico.

I. Introducción

II. Noción y funciones

III. Eficacia

IV. Requisitos y características del Documento Nacional de Identidad

V. Desarrollos nonnativos de la regulación del DNI electrónico
    1. INTRODUCCIÓN
    2. NATURALEZA Y FUNCIONES DEL DNI ELECTRÓNICO: INSTRUMENTO TRADI-

        CIONAL CON NUEVAS FUNCIONES.
    3. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA EXPEDICIÓN Y GESTIÓN
    4. PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS DE EXPEDICIÓN
    5. VALIDEZ DEL DNI Y RENOVACIÓN. VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS.
    6. ENTREGA DEL DNI; INFORMACIÓN DEL ART. 18 LEY 59/2003; ACTIVACIÓN

        DE LA UTILIDAD INFORMÁTICA.
        6.1. Información del art. 18 de la Ley 59/2003 en el momento de la entre-

               ga del DNI (art. 9.1)
        6.2. Activación voluntaria de la utilidad informática (art 9.2 RD 1553/2005)
    7. CARACTERÍSTICAS DE LA TARJETA SOPORTE; CONTENIDO.
    8. VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS ELECTRÓNICOS; CAUSAS DE EXTINCIÓN;

        PROCEDIMIENTO DE REVOCACIÓN EN CASO DE PÉRDIDA O EXTRAVÍO.
    9. OBLIGACIONES DE LAS PARTES. EN ESPECIAL, EN EL SUPUESTO DE REVOCA-

        CIÓN DE CERTIFICADOS.
        9.1. Obligaciones de la Autoridad de Certficación
        9.2. Obligaciones de la Autoridad de Registro
        9.3. Obligaciones de los ciudadanos titulares de los certificados
        9.4. Obligaciones de los terceros aceptantes
    10. RESPONSABILIDADES
        10.1. Responsabilidades de la Autoridad de Certificación
        10.2. Responsabilidades de la Autoridad de Registro
        10.3. Responsabilidades del ciudadano
        10.4. Alcance de la cobertura
    11. CONCLUSIONES
 

 

 

TÍTULO III
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN
 

CAPÍTULO I
OBLIGACIONES EXIGIBLES A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN
 

Artículo 17. Protección de los datos personales

I. Sujetos a los que se aplica

II. Datos recabables en caso de expedición de certificados electrónicos al público.

III. Consignación de un seudónimo en el certificado

IV. Prohibición de consignación de los datos del art. 7 LOPDP

 

Artículo 18. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación que expidan certificados electrónicos.

I. Prohibición de copia o alniacenanliento de datos de creación de firma.
    1. SISTEMA O ENTRNO DEL TITULAR DEL PAR DE CLAVES
    2. SISTEMA CENTRAL

II. Información previa a la emisión del certificado
    1. CONTENIDO DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN
    2. FORMA DE PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN

III. Mantenimiento de un Directorio actualizado de certificados [art. 18.c)] y garantizar la disponibilidad de un servicio de consulta sobre la vigencia de los certificados [art. 18 d)]
 

Artículo 19. Declaración de prácticas de certificación

I. Contenido

II. Acceso

III. Condición de documento de seguridad
 

Artículo 20. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación que expidan certificados reconocidos.

I. Obligaciones generales
    1. FIABILIDAD DE LOS SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN
    2. DETERMINABILIDAD DE LA FECHA Y HORA DE EXPEDICIÓN Y REVOCACIÓN

        DE UN CERTIFICADO.
        2.1. Situaciones en las que es necesaria la determinación del tiempo
            A) En caso de verificación de una firma digital
            B) En caso de revocación de un certificado
            C) Otros supuestos
        2.2. El sello temporal digital como solución
            A) Sistema de envío y simple sellado por la tercera parte de confianza.
            B) Sistema de envío de un hash del mensaje que, tras añadir hora y fe-

                cha, es firmado por la tercera parte de confianza.
            C) Sistema de vinculación de documentos para evitar posibles manipula-

                ciones del sello temporal.
        2.3. Soluciones legislativas. Especial referencia al derecho español y

              comunitario.
    3. PERSONAL CUALIFICADO
    4. SEGURIDAD TÉCNICA
    5. FALSIFICACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD
    6. REGISTRO DE INFORMACIÓN
    7. SISTEMAS FIABLES DE ALMACENAMIENTO DE CERTIFICADOS

II. Deber de garantía económica
 

Artículo 21. Cese de la actividad de un prestador de servicios de certificación.

I. Comunicación a los firmantes usuarios de certificados expedidos por el prestador y solicitantes de certificados de persona jurídicas.

II. Comunicación al Ministerio de Ciencia y Tecnología
 

 

CAPÍTULO II
RESPONSABILIDAD
 

Artículo 22. Responsabilidad de los prestadores de servicios de certificación

I. Responsabilidad de los prestadores de servicios de certificación. Consideraciones generales.

II. Supuestos de responsabilidad: supuesto general; supuestos específicos.
    1. SUPUESTO GENERAL: RESPONSABILIDAD DE TODO PRESTADOR DE SERVI-

        CIOS DE CERTIFICACIÓN POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A

        CUALQUIER PERSONA EN EL EJERCICIO DE SU ACTIVIDAD.
        1.1. Prestadores afectados por la regulación de la responsabilidad
        1.2. Hechos generadores de responsabilidad

        1.3. Naturaleza de la responsabilidad. Objetiva o subjetiva. Carga de la

               prueba.
        1.4. Sujetos frente a los que responde el prestador de servicios de certifi-

               cación. Responsabilidad contractual o extracontractual.
            A) El titular del certificado
            B) El usuario del certificado
            C) Tercero ajeno al sistema de certificados
    2. RESPONSABILIDAD POR GARANTÍA DE CERTIFICADOS DE TERCEROS
    3. RESPONSABILIDAD POR LA REVOCACIÓN DE UN CERTIFICADO
        3.1. Primer período: la puesta en peligro de la clave privada se ha produ-

               cido pero no se ha notificado a la entidad certificadora (incluso puede

               que no sea conocida por el titular del certificado)
        3.2. Período segundo y tercero: el compromiso se ha notflcado pero toda-

               vía no se ha adoptado la decisión de revocación (período segundo), o,

               adoptada la decisión, todavía no se ha publicado (período tercero)
        3.3. Período cuarto: la decisión de revocación ha sido tomada y formalmen-

               te anunciada pero el usuario del certficado puede que no tenga medio

               de conocerlo todavía.
        3.4. Último período posterior a la publicación y efectiva difusión de la

               revocación.
    4. RESPONSABILIDAD POR LA INTERVENCIÓN DE TERCERAS PERSONAS CON

        FUNCIONES DELEGADAS.
 

Artículo 23. Limitaciones de responsabilidad de los prestadores de servicios de certificación.

I. Límites intrínsecos: limitaciones cualitativas y cuantitativas

II. Límites extrínsecos
    1. LÍMITES EXTRÍNSECOS DERIVADOS DE LA ACTUACIÓN DEL FIRMANTE
        1.1. Supuestos de exoneración de responsabilidad
            A) Inexactitud inicial del certificado
            B) Inexactitud devenida del certificado
            C) Negligencia en la custodia de los datos de creación de firma.
            D) Incumplimiento de la obligación de solicitar la revocación o suspen-

                sión del certificado.
            E) Utilización extemporánea de un certficado extinguido
            F) Utilización ultra límites del certificado
        1.2. Previsiones complementarias: certificados de persona jurídica y certi-

               ficados que recojan un poder de representación.
            A) Certificados que recojan un poder de representación
            B) Certificados de persona jurídica
    2. LÍMITES EXTRÍNSECOS DERIVADOS DE LA ACTUACIÓN DEL TERCERO

        USUARIO.
        2.1. Aceptación y uso extralimitado de un certificado
        2.2. No verificación de la firma electrónica; en particular, no verificación del

              status del certificado.
    3. LÍMITES EXTRÍNSECOS DERIVADOS DE LA ACTUACIÓN DEL PRESTADOR DE

        SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN.
        3.1. Inexactitud de datos acreditados mediante documento público.
        3.2. Exigencia de diligencia en la actuación del prestador de servicios de

              certificación.

III. Consideraciones finales sobre la limitación de responsabilidad

 

 

 

TÍTULO IV
DISPOSITIVOS DE FIRMA ELECTRÓNICA Y SISTEMAS DE CERTIFICACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN Y DE DISPOSITIVOS DE FIRMA ELECTRÓNICA.
 

CAPÍTULO I
DISPOSITIVOS DE FIRMA ELECTRÓNICA
 

Artículo 24. Dispositivos de creación de firma electrónica

I. Elementos para la creación de la firma: datos, dispositivos y dispositivos seguros de creación de firma electrónica.
    1. DATOS DE FIRMA
        1.1. Concepto de datos
        1.2. La calidad en la generación de los datos de firma
    2. DISPOSITIVOS DE CREACIÓN DE FIRMA
        2.1. Noción de dispositivos de creación de firma
        2.2. Dispositivo seguro de creación de firma
            A) Requisitos que penniten calificar como seguro a un dispositivo de

                creación de firma.
            B) Procedimiento de certficación de dispositivos seguros de creación de

                firma. Remisión al art. 27 LFE.
 

Artículo 25. Dispositivos de verificación de firma electrónica

I. Datos de verificación

II. Dispositivos de verificación de firma
    1. NOCIÓN DE DISPOSITIVOS DE VERIFICACIÓN DE FIRMA
    2. REQUISITOS QUE DEBEN GARANTIZAR LOS DISPOSITIVOS DE VERIFICACIÓN

        DE FIRMA.

III. Almacenamiento de datos relativos a la verificación de firma
 

 

CAPÍTULO II
CERTIFICACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN Y DE DISPOSITIVOS DE CREACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA.
 

Artículo 26. Certificación de prestadores de servicios de certificación.

I. Sistemas de acreditación de prestadores de servicios de certificación: de la acreditación pública a la certificación también privada.
    1. PRINCIPIOS GENERALES: RÉGIMEN DE LIBRE COMPETENCIA E INNECESARIE-

        DAD DE AUTORIZACIÓN PREVIA.
    2. DERECHO ESPAÑOL ANTERIOR: EL SISTEMA DE ACREDITACIÓN DEL REAL

        DECRETO-LEY 14/1999 REFERENCIAS AL DERECHO COMUNITARIO.

II. Derecho actual: la Ley de firma electrónica; de la acreditación a la certificación.
 

Artículo 27. Certificación de dispositivos seguros de creación de firma electrónica.

I. Concepto de certificación

II. Sujetos intervinientes: solicitante legitimado, entidades de certificación y entidades de acreditación.

III. Normas

IV. Resultado: obtención del certificado de conformidad, modificación y revocación del mismo.
 

Artículo 28. Reconocimiento de la conformidad con la normativa aplicable a los productos de firma electrónica.

I. Presunción de cumplimiento de los requisitos legales de los productos de firma electrónica
    1. PRESUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DEL ART. 20, APARTA-

        DO PRIMERO. PARRAFO D) LFE.
    2. PRESUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DEL ART. 24, APARTA-

        DO TERCERO LFE

II. Reconocimiento de eficacia de los certificados sobre dispositivos seguros de creación de firma expedidos en otros Estados miembros.
 

 

 

TÍTULO V
SUPERVISIÓN Y CONTROL
 

Artículo 29. Supervisión y control

I. Función de control: legitimación activa y pasiva; objeto de control. Ampliación de la supervisión a otras entidades.

II. Ejercicio de la función de control: inspecciones.

III. Adopción de medidas de cumplimiento por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

IV. Recurso a entidades independientes

 

Artículo 30. Deber de información y colaboración

I. Deber de colaboración: sujetos obligados; ampliación

II. Deber de información y comunicación al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

III. Traslado a otros organismos competentes del conocimiento de hechos constitutivos de infracciones tipificadas en otras leyes.
 

 

 

TÍTULO VI
INFRACCIONES Y SANCIONES
 

Artículo 31. Infracciones

I. Infracciones muy graves

II. Infracciones graves

III. Infracciones leves
 

Artículo 32. Sanciones
 

Artículo 33. Graduación de la cuantía de las sanciones

I. Sanciones por la comisión de infracciones muy graves

II. Sanciones por la comisión de infracciones graves

III. Sanciones por la comisión de infracciones leves

IV. Graduacion de la cuantia de las sanciones
 

Artículo 34. Medidas provisionales
 

Artículo 35. Multa coercitiva

I. Medidas provisionales en caso de procedimientos sancionadores por infracciones graves o muy graves.

II. Supuesto o perdida de vigencia de los certificados en caso de daños de excepcional gravedad en la seguridad de los sistemas

III. Proporcionalidad de la medida

IV. Medidas previas a la iniciación del expediente sancionador en casos de urgencia.

V. Multa coercitiva
 

Artículo 36. Competencia y procedimiento sancionador

I. Órgano competente para el ejercicio de la potestad sancionadora

II. Procedimiento
 

 

Bibliografía

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