PROPIEDAD Y DERECHOS REALES. Una introducción al sistema jurídico de los Estados Unidos de América.
La propiedad es una institución que ocupa un lugar central del derecho, la política, la economía, la filosofía y la vida cotidiana. Los profesores Thomas W. Merrill (Columbia) y Henry E. Smith (Harvard) nos proporcionan un análisis razonado y coherente tanto de cómo funciona el derecho de propiedad como de cuáles son sus efectos en la autonomía privada, la teoría de la personalidad y la organización económica de un país. Se trata de una obra breve pero fundamental para comprender los principios jurídicos y económicos del derecho de propiedad, y ha sido escrita por dos de los especialistas de derecho inmobiliario que gozan de mayor reputación académica en los Estados Unidos.
El libro es un excelente trabajo de síntesis, riguroso y preciso, redactado con una belleza expresiva inusual, y que ilustra como ningún otro los fundamentos jurídicos y económicos de la regulación de la propiedad. La obra se divide en nueve capítulos en los que se trata desde las formas de adquisición del dominio hasta los límites del derecho de propiedad en el derecho público y privado. El extenso índice situado al final de la obra facilita la localización de los conceptos, las reglas, los casos judiciales y las leyes aplicables.
Los profesores Josep Santdiumenge y Marian Gili, de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, han realizado una cuidadosa traducción del original en inglés y han puesto un especial interés en la adaptación de la peculiar terminología jurídica del common law a los términos empleados habitualmente en el derecho inmobiliario y urbanístico español para facilitar su comprensión. El derecho de propiedad anglosajón no es un derecho codificado como sucede por lo general en el derecho europeo continental o el latinoamericano.
El derecho de propiedad en los Estados Unidos de América es heredero del derecho inglés y éste, a su vez, lo fue del sistema de propiedad feudal, cuyo aparato conceptual está a caballo entre los derechos reales y el derecho de sucesiones. Sólo así se explica la existencia de los fideicomisos (trusts) y las obligaciones contractuales impuestas a la propiedad (covenants) que, en nuestra cultura jurídica actual, son difíciles de ubicar en el ámbito de los derechos reales. Otro elemento característico del derecho de propiedad anglosajón es el recurso a la equidad, que ha permitido a los tribunales resolver controversias jurídicas que la rígida aplicación formal de la ley no permitía.
En el capítulo dedicado a la seguridad jurídica, los autores afirman que definitivamente la calificación registral de los derechos es la más adecuada para dar respuesta a los problemas derivados de las titularidades de los bienes -superando al modelo de registro de títulos (deeds)- y reconocen que los países que recientemente han decidido optar por un sistema de seguridad jurídica registral lo han hecho estableciendo un modelo de registro de derechos en lugar de uno de títulos.