PRERROGATIVAS DE LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE SU PATRIMONIO.

Autor:
MONGAY LANCINA, R.
Editorial:
Abella
Páginas:
808
Edición:
1
Fecha de publicación:
14/06/2010
ISBN:
9788470524998
88,92
Entrega en 24/48h

    Tradicionalmente, el patrimonio de las Entidades Locales ha sido una cuestión, cuando menos, conflictiva, dado que, con frecuencia, ha sido objeto de usurpación o despojo por parte de los particulares. Además, la propia Administración, en más ocasiones de las deseadas, no ha llevado a cabo su correcto Inventario.

    El mismo Tribunal Supremo se ha hecho eco de la dificultad que supone para las Administraciones, por razón de su propia naturaleza, el llevar un control preciso sobre sus bienes y derechos, con la exactitud y precisión de un particular, circunstancia que, indudablemente, incrementa el peligro de su despojo.

    Esta obra pretende analizar y estudiar las potestades patrimoniales de que disponen las Entidades Locales, con la finalidad de que puedan cumplir con la obligación legal de proteger y defender de una forma eficaz y adecuada su patrimonio, evitando su usurpación. En la misma se procede a la exposición y examen, tanto de la normativa del Estado como de la que han ido aprobando las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de los correspondientes preceptos constitucionales y de los diferentes Estatutos de Autonomía.

 


I. PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DEL PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES LOCALES

1. A MODO DE INTRODUCCIÓN

2. PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DEL PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES LOCALES
    2.1. Obligación y deber de las Entidades Locales
    2.2. Ejercicio de acciones precisas
        A) Examen de la normativa estatal
        B) Examen de la normativa de las Comunidades Autónomas
        C) Necesidad del previo dictamen del Secretario o, en su caso, de la aseso-

            ría jurídica o de letrado externo
    2.3. Prohibición de allanamiento a las demandas judiciales, que afectaren al

        dominio y demás derechos reales integrantes de su patrimonio, y posibili-

        dad de transaccionar sobre bienes y derechos patrimoniales.
        A) Examen de la normativa estatal
        B) Examen de la normativa de las Comunidades Autónomas

 

II. POTESTADES DE LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE SU PATRIMONIO.

1. CONSIDERACIONES GENERALES

2. ENUMERACIÓN DE LAS POTESTADES DE QUE DISPONEN LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE SU PATRIMONIO
    2.1. Examen de la normativa estatal
    2.2. Examen de la normativa de las Comunidades Autónomas

3. ENTES TITULARES DE ESTAS POTESTADES O PRERROGATIVAS
    3.1. Examen de la normativa estatal
    3.2. Examen de la normativa de las Comunidades Autónomas

4. ORDEN DE PRELACIÓN O PREFERENCIA EN LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA PATRIMONIAL.

5. EXAMEN DE LOS TÉRMINOS: POTESTAD, PRERROGATIVA, FACULTAD Y ACCIÓN.

 

III. INVESTIGACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES LOCALES

1. CONSIDERACIONES PREVIAS Y NORMATIVA GENÉRICA APLICABLE

2. IMPOSIBILIDAD DE QUE POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES SE PUEDA DECLARAR LA PROPIEDAD DE BIENES Y DERECHOS A SU FAVOR

3. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD INVESTIGADORA
    3.1. Administración
    3.2. Denunciante
    3.3. Afectados

4. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD INVESTIGADORA
    4.1. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales
    4.2. Bienes sitos fuera de la jurisdicción del Ente Local.

5. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD INVESTIGADORA
    5.1. Iniciación del procedimiento
    5.2. Instrucción del procedimiento
        A) Trámite de alegaciones
        B) Período de prueba
        C) Audiencia a los interesados
        D) Informe del Secretario
    5.3. Finalización del procedimiento
        A) Resolución
        B) Ejecutividad
        C) Plazo máximo para la resolución del expediente
        D) Impugnación

6. EFECTOS
6.1. Tasación
6.2. Inclusión en el Inventario de Bienes y Derechos
6.3. Inscripción en el Registro de la Propiedad
6.4. Incorporación al Catastro
6.5. Abono de premio e indemnización

7. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
    7.1.Andalucía
    7.2.Aragón
    7.3.Baleares
    7 4.Cataluña
    7.5. Extremadura
    7.6. Galicia
    7.7. La Rioja
    7.8. Navarra

 

IV. DESLINDE DE LOS BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES

1. NORMATIVA GENÉRICA APLICABLE

2. DESLINDE ADMINISTRATIVO Y DESLINDE CIVIL

3. SUPUESTOS QUE VIABILIZAN EL DESLINDE, EN QUÉ CONSISTE Y CUÁL ES SU OBJETO

4. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD DE DESLINDE
    4.1. Administración
    4.2. Afectados
    4.3. ¿Cabe el deslinde administrativo entre bienes de dos Administraciones

        públicas?

5. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD DE DESLINDE
    5.1. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales
    5.2. Bienes sitos fuera de la jurisdicción del Ente Local
    5.3. Previa posesión del inmueble a deslindar o, cuando menos, que no haya

        perdido la misma por un plazo superior al año

6. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD DE DESLINDE
    6.1. Redacción de la Memoria
    6.2. Elaboración del presupuesto de gastos
    6.3. Iniciación del procedimiento
    6.4. Instrucción del procedimiento
        A) Trámite de audiencia y vista
        B) Trámite de información pública
        C) Trámite de prueba
        D) Apeo
    6.5. Finalización del procedimiento
        A) Ejecutividad del deslinde
        B) Plazo máximo para la resolución del expediente
        C) Impugnación del deslinde
        D) Declaración provisional de la posesión de hecho de la finca deslindada
        E) El deslinde administrativo, el Registro Propiedad y otras cuestiones civiles

7. EFECTOS
    7.1. Prohibición de procedimientos judiciales con idéntica pretensión, así como

        de interdictos
    7.2. Comunicación al Registro de la Propiedad
    7.3. Amojonamiento
    7.4. Inscripción en el Registro de la Propiedad
    7.5. Comunicación al Catastro

8. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
    8.1. Andalucía
    8.2. Aragón
    8.3. Baleares
    8.4. Cataluña
    8.5. Extremadura
    8.6. Galicia
    8.7. La Rioja
    8.8. Navarra

 

V. RECUPERACIÓN DE OFICIO DE LOS BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES

1. A MODO DE INTRODUCCIÓN

2. REGULACIÓN DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN POSESORIA: ORIGEN Y EVOLUCIÓN.

3. RECUPERACIÓN DE LA POSESIÓN QUE HA SIDO OBJETO DE DESPOJO, SIN AFECTAR A SU TITULARIDAD O PROPIEDAD

4. EXCEPCIONES AL REQUISITO DE LA ACREDITACIÓN DE LA PREVIA POSESIÓN DEL BIEN USURPADO
    4.1. En relación con los bienes de dominio público, no hay que acreditar tanto

        su posesión, como, simplemente, dejar constancia adecuada y suficiente

        de su condición de bienes demaniales
    4.2. No es necesario acreditar la previa posesión en las usurpaciones recientes

5. EJERCICIO DE LA POTESTAD RECUPERATORIA POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES CUANDO, AUN SIN HABER PERDIDO LA POSESIÓN DEL BIEN, HAN SUFRIDO ALGÚN TIPO DE PERTURBACIÓN QUE IMPIDE SU LIBRE DISFRUTE

6. POTESTAD DE CARÁCTER REGLADO, NO DISCRECIONAL

7. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN DE OFICIO
    7.1. Administración. Especial consideración del órgano competente
        A) Jurisprudencia que considera competente al Alcalde
        B) Jurisprudencia que considera competente al Pleno Municipal
        C) Conclusión. Especial consideración de la sentencia del Tribunal Supremo,

            Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 2 de abril de 2008
    7.2. Sujeto pasivo
        A) ¿Contra quién ha de ejercitarse la prerrogativa recuperatoria?

        B) La «toma de posesión del bien» debe haber sido realizado sin consenti-

            miento ni autorización de la Entidad Local
        C) ¿Puede una Entidad Local recuperar la posesión de un bien, cuyo uso o

            posesión ha cedido o desplazado a otra persona o entidad, para un fin

            o motivo de interés público, que luego es objeto de incumplimiento?
    7.3. Denunciante

8. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN DE OFICIO
    8.1. Bienes de dominio público
    8.2. Especial consideración de los caminos de las Entidades Locales
    8.3. Bienes patrimoniales
    8.4. Identificación del bien a recuperar
    8.5. ¿Los bienes objeto de recuperación posesoria deben pertenecer al Ente

        Local?
    8.6. Bienes sitos fuera del territorio o jurisdicción del Ente Local

9. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN DE OFICIO
    9.1. Iniciación del procedimiento
    9.2. Instrucción del procedimiento
        A) Período de prueba
            A.1. Cuándo procede el período de prueba..
            A.2. Requisitos que debe reunir la prueba
            A.3. Examen de diversos medios de prueba
            A.3.1. Prueba documental
                a) Certificaciones expedidas por los Registradores de la Propiedad

                    respecto a los asientos registrales
                b) Títulos públicos de dominio, auto rizados por Notario, con arreglo a
                    derecho
                c) Documentos de carácter administrativo, expedidos por funcionarios
                    públicos legalmente facultados: Documentación catastral, Inventa-
                    rio Municipal de Bienes y Derechos, documentación urbanística, ca-

                    tálogos de caminos
                    c.1. Documentación catastral
                    c.2. Inventario Municipal de Bienes y Derechos
                    c.3. Instrumentos de planeamiento urbanístico
                    c.4. Catálogos de caminos públicos.
            A.3.2. Prueba pericial: informes de los técnicos municipales y dictámenes

                periciales
            A.3.3. Prueba testifical
            A.3.4. Interrogatorio de las partes
            A.3.5. Cualquier otro medio, que aunque no previsto en la enunciación

                anterior, el instructor lo admitiera, con la finalidad de obtener certeza

                respecto a los hechos relevantes cuestionados
            A.4. Conclusión
        B) Trámite de audiencia y vista
        C) Informe del Secretario de la Corporación
    9.3. Finalización del procedimiento
        A) Ejecutividad y ejecución forzosa
        B) Plazo máximo para la resolución del expediente
        C) Impugnación

10. EFECTOS: CESE DE LA USURPACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LA POSESIÓN

11. LICENCIAS URBANÍSTICAS Y PRERROGATIVA RECUPERATORIA DE OFICIO

12. RECUPERACIÓN POSESORIA DE LOS MONTES DE LAS ENTIDADES LOCALES

13. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

 

VI. DESAHUCIO ADMINISTRATIVO

1. A MODO DE INTRODUCCIÓN

2. DESAHUCIO ADMINISTRATIVO Y DESAHUCIO CIVIL

3. NORMATIVA REGULADORA DEL DESAHUCIO

4. NATURALEZA DEL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO

5. DIFERENCIAS ENTRE EL DESAHUCIO ADMINISTRATIVO Y LA RECUPERACIÓN DE OFICIO DE LA POSESIÓN DE BIENES

6. DIVERSOS SUPUESTOS EN LOS QUE SE APLICA EL DESAHUCIO
    6.1. Extinción de los derechos constituidos sobre bienes de dominio público o

        comunales de las Entidades Locales, en virtud de autorización, concesión o

        cualquier otro título
    6.2. Desahucio de los titulares de derechos de ocupación, ya extinguidos, y

        que se hubieren constituido, en su momento, sobre bienes expropiados
    6.3. Extinción, mediante expropiación, de arrendamientos y cualesquiera otros

        derechos personales, relativos a la ocupación de bienes patrimoniales, pro-

        piedad del Ente Local, siempre que esté previsto el destino de estos para

        fines relacionados con obras o establecimiento de servicios públicos
    6.4. Extinción de los derechos de arrendamiento y cualesquiera otros derechos

        personales constituidos en fincas de las Corporaciones Locales, a favor de

        su personal por la relación de los servicios que presten
    6.5. Extinción de los derechos de arrendamiento de viviendas de protección

        pública, propiedad de las Entidades Locales, en los casos y formas previstos

        en la legislación especial aplicable

7. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD DE DE-SAHUCIO ADMINISTRATIVO
    7.1. Administración
        A) Competencia de las Entidades Locales, al tener el desahucio carácter ad-

            ministrativo
        B) Consideración del órgano competente
    7.2. Interesados

8. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
    8.1. Sobre qué clase de bienes puede proyectarse la potestad de desahucio

        administrativo
    8.2. Consideración del tema de la indemnización.
        A) Indemnización, en su caso, por la extinción de los derechos constituidos

            sobre bienes de dominio público o comunales de las Entidades Locales,

            en virtud de autorización, concesión o cualquier otro título
        B) Indemnización en los supuestos de desahucio de los titulares de dere-

            chos de ocupación, ya extinguidos, y en el de expropiación de arrenda-

            mientos y cualesquiera otros derechos personales, relativos a la ocupa-

            ción de bienes patrimoniales, propiedad del Ente Local
        C) Imposibilidad de indemnizar por la extinción de los derechos de arren-

            damiento y cualesquiera otros derechos personales, constituidos en vi-

            viendas de las Entidades Locales, a favor de su personal por la relación

            de los servicios que presten

9. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
    9.1. Inicio del procedimiento
    9.2. Tramitación del procedimiento
        A) Trámite de audiencia y vista a los interesados
        B) Formulación de requerimientos previos y plazos de desalojo
        C) Ejecución del desahucio: lanzamiento
        D) Reintegro de gastos
        E) Garantías y ejercicio de acciones

10. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
    10.1. Andalucía
    10.2. Aragón
    10.3. Baleares
    10.4. Cataluña
    10.5. Galicia
    10.6. La Rioja
    10.7. Navarra

 

VII. POTESTAD SANCIONADORA

1. A MODO DE INTRODUCCIÓN

2. POTESTAD SANCIONADORA DE LOS ENTES LOCALES VERSUS POTESTAD SANCIONADORA DE LAS ADMINISTRACIONES DEL ESTADO Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: SINGULARIDADES Y PRINCIPIOS COMUNES.

3. POTESTAD SANCIONADORA DE LOS ENTES LOCALES: PANORAMA ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 57/2003, DE 16 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL GOBIERNO LOCAL

4. POTESTAD SANCIONADORA DE LOS ENTES LOCALES: PANORAMA ACTUAL, DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL Y JURISPRUDENCIAL.

5. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
    5.1. Andalucía
    5.2. Aragón
    5.3. Baleares
    5.4. Cataluña
    5.5. Extremadura
    5.6. Galicia
    5.7. La Rioja
    5.8. Navarra

 

VIII. INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES LOCALES

1. A MODO DE INTRODUCCIÓN

2. POSICIONES DOCTRINALES RESPECTO DE DICHA POTESTAD

3. SITUACIÓN ACTUAL Y EVOLUCIÓN «HISTÓRICA» DE LA REGULA’CIÓN LEGAL DE LA PRERROGATIVA DE LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS

4. FUNDAMENTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO JURÍDICO DEL ESTADO, DE 12 DE DICIEMBRE DE 1991

5. EXAMEN DE DIVERSAS CORRIENTES JURISPRUDENCIALES, RELATIVAS A LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES LOCALES
    A) A favor de la ¡nembargabilidad de los bienes y derechos de las Entidades

        Locales
    B) A favor de la embargabilidad de los bienes y derechos de las Entidades Lo-

        cales, siempre que éstos tengan carácter patrimonial
    C) Sentencia del Tribunal Constitucional 166/1998, de 15 de julio

6. ¿PUEDE UN AYUNTAMIENTO CONSTITUIR UNA HIPOTECA SOBRE UN BIEN PATRIMONIAL DE SU PROPIEDAD, NO AFECTO, MATERIALMENTE, A UN USO O SERVICIO PÚBLICO?

7. ¿ES CORRECTA LA EXIGENCIA QUE FRECUENTEMENTE SE IMPONE A LOS ENTES LOCALES EN EL SENTIDO DE CONSTITUIR AVALES?

8. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

 

IX. INADMISIÓN DE INTERDICTOS CONTRA LA ACTUACIÓNDE LAS ENTIDADES LOCALES

1. CONSIDERACIONES GENERALES

2. INADMISIÓN DE INTERDICTOS CONTRA LA ACTUACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES

3. LÍMITES A LA NO ADMISIÓN DE INTERDICTOS

4. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
    4.1. Andalucía
    4.2. Aragón
    4.3. Baleares
    4.4. Cataluña
    4.5. Galícia
    4.6. Navarra

 

X. EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES Y ACTAS ADMINISTRATIVAS PARA SU ACCESO DIRECTO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

1. A MODO DE INTRODUCCIÓN

2. NATURALEZA JURÍDICA DEL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS

3. REQUISITOS EXIGIBLES PARA LA INSCRIPCIÓN DE UN BIEN INMUEBLE EN EL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS, CUANDO SE CARECE DE SU TÍTULO DE DOMINIO

4. NORMATIVA JURÍDICA APLICABLE
    4.1. Normativa patrimonial del Estado
    4.2. Normativa de régimen local
    4.3. Normativa hipotecaria
    4.4. Conclusiones

5. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
    5.1. Andalucía
    5.2. Aragón
    5.3. Baleares
    5.4. Cataluña
    5.5. Galicia
    5.6. La Rioja
    5.7. Navarra

 

ÍNDICE ANALÍTICO

 




 

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