DICCIONARIO BILINGÜE DE TERMINOLOGÍA LEGAL. (Inglés-Español / Español-Inglés)
Los términos jurídicos han de traducirse de un lenguaje jurídico a otro lenguaje jurídico. No será buena la traducción si se hace al «idioma corriente» del país destinatario. Cuando un determinado texto legal haya de pasarse a otro idioma, será preciso no sólo saber el término correspondiente, sino también analizar el significado de los conceptos a traducir, dentro de un sistema jurídico determinado del idioma original, y buscar luego un concepto equivalente en el idioma de destino. Por ello, la traducción de contenido jurídico es, en realidad, Derecho comparado. El profesional de la traducción jurídica debe encontrar, mediante un análisis de tipo comparativo en el ordenamiento legal del idioma de destino, un concepto que equivalga al utilizado en el sistema jurídico del idioma original. Pero este es un tema difícil. Diríamos que es tarea de un jurista o cuando menos de un traductor con grandes conocimientos en el campo legal. Esta situación lleva a que ese profesional debería conocer bien ambos sistemas jurídicos. Pero, ¿cuándo podríamos estar seguros de que conceptos del sistema jurídico original se corresponden con otros del sistema jurídico del otro idioma? Lógicamente, una equivalencia completa sólo sería posible si uno y otro idiomas (el original y el de destino) hacen referencia al mismo sistema jurídico, como sucede en Suiza, Canadá o Bélgica.
Los autores han tratado de incorporar terminología jurídica no sólo anglo-norteamericana sino también de otros países de habla inglesa, como Canadá, Australia y Nueva Zelanda. En su conjunto, esta edición del diccionario, además de nutrirse de un vocabulario típico del foro, contiene también terminología relacionada con los negocios y las finanzas, así como resúmenes y compendios de las principales instituciones jurídicas de ambas culturas.
Como ningún idioma es estático, los términos legales muestran la misma propensión al crecimiento y al cambio, como sucede con otras áreas del lenguaje. Los autores han incluido términos que han sido acuñados recientemente, así como expresiones legales que corresponden a delitos e instituciones que serán discutidas en los próximos debates parlamentarios. Respetando algunas de ellas, la mayoría de las expresiones antiguas no se han incorporado, teniendo en cuenta su escasa utilidad y poco uso.
La creciente cooperación entre países en los últimos años, tanto a través de organizaciones internacionales en campos específicos como el comercio, las inversiones, los seguros o la prevención del crimen, así como en el cada vez mayor contacto entre distintos sistemas legales, ha contribuido a poner de manifiesto la necesidad de nuevos trabajos y publicaciones en el área de la terminología jurídica. Teniendo en cuenta las grandes diferencias entre los sistemas jurídicos del Common Law y del Derecho Romano, los autores han tratado de dar, cuando ha sido posible, una traducción literal del término. Cuando la traducción literal no conlleva todos los significados o matices que el vocablo tiene en el ámbito legal, hemos utilizado el equivalente más próximo en el otro idioma. En los casos en los que un término tiene muchos y variados significados, éstos se han relacionado en una lista que pone de manifiesto no sólo la importancia del vocablo sino también su frecuencia de uso.
Por todo ello, la presencia en el mercado de un nuevo y conciso diccionario legal bilingüe es, creemos, una noticia positiva. El que ahora se ofrece, con más de 30.000 entradas, trata de presentar al traductor y al profesional del Derecho un conjunto de términos y conceptos en ambos idiomas que, recogiendo básicamente el Derecho y el proceso que se viven en UK y en USA por un lado, y el que se practica en España y en los países de su idioma, por otro, creemos hace una interesante aportación en el campo de las instituciones jurídicas.
Aunque este diccionario es fundamentalmente legal, en muchas ocasiones también recoge conceptos económicos, financieros, del comercio, la medicina y la tecnología en general, especialmente en aquellos casos en los que los asuntos abordados tienen, directa o indirectamente, algo que ver con el Derecho.
Algunas
expresiones en español no tienen uso en el foro peninsular, pero sí en países
americanos; por lo tanto, se incluyen muchas de ellas, haciendo constar el país
en donde el término o concepto se aplica.