ATRIBUCIÓN DEL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR EN SITUACIONES DE CRISIS MATRIMONIAL, LA.
La protección jurídica del hogar familiar se manifiesta no sólo durante el matrimonio, sino también en las situaciones de crisis matrimonial. Con ser importante ya de por sí el problema relacionado con la atribución de la vivienda en estos casos, lo que constituye verdaderamente el objeto del presente trabajo es la determinación de la naturaleza jurídica del derecho que posee el cónyuge al que se le atribuye la vivienda en sentencia matrimonial y, más en concreto, si tal derecho trasciende del marco propio del proceso familiar que lo recoge para producir efectos erga omnes.
El derecho de uso de la vivienda familiar constituye un derecho especial distinto del que tenía el cónyuge vigente el matrimonio. La existencia de intereses dignos de protección determina que el uso de la vivienda familiar tenga un régimen legal especial, distinto del tradicional derecho real de uso.
Esta monografía abarca tanto una parte inicial relativa a las cuestiones referidas a la atribución del uso desde una perspectiva propia del Derecho de Familia, como el campo del Derecho Civil Patrimonial, tratando el derecho de uso sobre la vivienda familiar, su especial naturaleza y sus implicaciones en el tráfico jurídico inmobiliario, contempladas desde la perspectiva de la institución registral.