AUTORIDAD DE LOS DERECHOS, LA. Los derechos entre instituciones y normas.
Contemplados desde la perspectiva de la tradición del constitucionalismo liberal, los derechos han aparecido como defensa del individuo contra los abusos del poder. Hoy en día, una vez inaugurado «el tiempo de los derechos», éstos se convierten realmente en fundamentales sólo en la medida en que son concebidos como una nueva especificación de los fines colectivos, los contenidos de las instituciones y los criterios de convalidación ético-jurídica del resto de normas que integran un determinado ordenamiento.
Se modula así en su conjunto la cultura de «la autoridad de los derechos», verdadera cultura democrática y constitucional, analizada y proyectada en esta obra como la adecuada orientación jurídico-política y el más firme desenvolvimiento del modelo liberal-democrático de nuestras modernas instituciones constitucionales. Esta cultura reviste especial relieve cuando se trata de la emergencia de los derechos de segunda y tercera generación. En derredor, y como su precisa demarcación, se inscribe una línea crítica con la promoción jurisdiccionalizada y neoconstitucionalista de los derechos. Frente a esta última el autor postula una coherente rehabilitación de los circuitos de la vida democrática, de la raigambre social del propio poder político y del significado público de la ley (conforme a los principios de la soberanía popular).
(Traducción de José Calvo y Cristina Monereo)