AUTOTUTELA.
- Sinopsis
- Índice
I. Planteamiento. La incapacitación y la tutela en la Ley de Protección patrimonial de las personas con discapacidad. Incidencia de la Convención de la ONU sobre derechos de las personas con discapacidad.
A) «Ejercicio de la capacidad jurídica»
B) Adopción de previsiones por un capaz para el supuesto de pérdida de la capacidad
C) La tutela, institución de derecho de gentes encomendada en España a la autoridad judicial
D) Dificultad de conjugar la salvaguarda judicial con la autonomía de la persona
E) La autotutela es una propuesta al juez que es quien decide si la aprueba o la rechaza
F) La Convención de la ONU sobre derechos de las personas con discapacidad va informando las resoluciones judiciales. STS 29 abril 2009
1) Estudio para la reforma de los preceptos del Código civil relativos a la tutela (octubre, 1977) y reforma del C.c. de 1983
2) Menciones de la autotutela en España anteriores a la LPPD
3) Soluciones varias en previsión de una incapacitación
II. Normas que establecen la posibilidad de designar tutor para sí mismo
4) El artículo 223 del Código civil
5) Código de familia catalán, de 1998
6) Ley de Derecho civil de Galicia, de 2006
7) Ley de Derecho de la Persona de Aragón de 2006
8) El Código civil suizo de 1907
9) Código civil italiano
10) El Code civil
11) Conclusiones a las diversas legislaciones
12) Caracteres de la designación
III. Los sujetos
11) Capacidad. ¿Quién puede hacer la designación preventiva?
12) Autotutela por menor incapacitado. ¿Tutela o patria potestad prorrogada? Menor emancipado por matrimonio con dispensa de edad
13) Designación de una persona jurídica
IV. La forma
14) Forma de la designación
15) Combinación de autoincapacitación y autotutela
16) Incapacitación judicial y apoderamiento previo. Sentencia del TS de 14 de julio de 2004
V. El contenido
17) Autotutela que sólo contiene nombramiento de tutor
18) Posibilidad de establecer previsiones varias
19) Designación plural
20) «Cualquier disposición relativa a su propia persona y bienes»
21) Previsiones personales frente a decisiones judiciales. La disponibilidad del contenido de la tutela por la autoridad judicial
22) Comparación entre autotutela y tutela testamentaria
23) Comparación con el cargo de administrador del patrimonio protegido
24) Dispensa de inventario
25) No dispensa de rendición de cuentas
26) Comparación entre autotutela y tutela testamentaria
27) Autotutela y artículo 271 C.c.
28) Ingreso en un «establecimiento de salud mental»
29) Enajenación o gravamen de bienes inmuebles
29.1) Constitución de un patrimonio protegido
29.2) La escritura de autotutela ¿Puede contener autorización para celebrar un contrato de alimentos?
29.3) Dispensa de subasta
30) Renunciar derechos, transigir
31) Aceptación y partición de herencia
32) Gastos extraordinarios
33) Ceder bienes en arrendamiento por tiempo superior a seis años
34) Dar y tomar dinero a préstamo
VI. Incapacitación del cónyuge y sociedad legal de gananciales
35) Gestión y disposiciones de bienes gananciales
36) Extinción de la autotutela
VII. Consideración final
ADDENDA