AYUDAS PÚBLICAS Y LIBRE COMPETENCIA EN EL SECTOR AUDIOVISUAL.
- Sinopsis
- Índice
Uno de los mayores problemas al que se enfrentan las radios y las televisiones públicas en la actualidad, y que ha sido objeto de un amplio debate tanto político como social, es el de la compatibilidad de la financiación pública que reciben con el Derecho Europeo de la Competencia.
En el presente libro se analiza
esta cuestión, partiendo, en primer lugar, de las especiales características de
los medios audiovisuales, ya que a través de ellos se ejercen los derechos
fundamentales reconocidos en el art. 20.1 de la Constitución Española, libertad
de expresión y derecho a comunicar o recibir libremente información veraz,
imprescindibles para la formación de una opinión pública libre, fundamento
necesario para la existencia de una sociedad y un sistema político democrático.
Y, en segundo lugar, de la intensa intervención administrativa que existe en
este sector. Así mismo, se ofrece una visión general sobre cómo han abordado
este problema tanto las Instituciones Comunitarias (Comisión, Tribunal de
Justicia y Tribunal de Primera Instancia) como las autoridades españolas, que
han realizado varios intentos para adecuar la normativa interna española a las
directrices marcadas en el seno de la Unión Europea. En esta línea se analiza la
situación actual tras la reciente entrada en vigor de la Ley 17/2006, de 5 de
junio, de la Radio y Televisión de Titularidad Estatal.
CAPÍTULO PRIMERO. EL SECTOR AUDIOVISUAL EN LA UNIÓN EUROPEA: INTERVENCIÓN PÚBLICA Y LIBRE COMPETENCIA
I. LA APLICACIÓN DEL DERECHO COMUNITARIO AL SECTOR AUDIOVISUAL
II. LA RADIODIFUSIÓN COMO LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. LA RADIO Y TELEVISIÓN Y LAS LIBERTADES COMUNITARIAS
III. LA INTERVENCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA EN EL
SECTOR AUDIOVISUAL
1. La regulación de los servicios de interés general en
la Unión Europea
2. La configuración de la radiodifusión como actividad de
interés general
3. La tendencia hacia liberalización y la apertura del sector
audiovisual
a la libre competencia.
IV. COMPATIBILIDAD DEL CONCEPTO DE SERVICIO
PÚBLICO CON LAS NORMAS SOBRE LA LIBRE COMPETENCIA EN EL TRATADO. APLICACIÓN DE
LOS PRINCIPIOS DE LA LIBRE COMPETENCIA AL SECTOR AUDIOVISUAL
1. La excepción del art. 86.2: servicios de interés
general y monopolios
fiscales.
CAPÍTULO SEGUNDO. EL SERVICIO PÚBLICO DE RADIO Y TELEVISION EN NUESTRO PAIS Y LIBRE COMPETENCIA
I. LA CONFIGURACIÓN DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN
COMO SERVICIO PÚBLICO EN ESPAÑA
1. Definición del sector audiovisual
2. Fuentes normativas reguladoras del sector audiovisual
3. La posición de la doctrina ante la declaración de la radio
y televisión
como
servicio público.
A. Doctrina a favor de la declaración
como servicio público de toda
la actividad audiovisual.
B. Doctrina que critica la
declaración como servicio público de toda
la actividad audiovisual.
4. Jurisprudencia sobre la configuración de la radio y
televisión como
servicio público.
A. Jurisprudencia del Tribunal
Constitucional
B. Jurisprudencia del Tribunal
Supremo
II. LA RADIO Y LA TELEVISIÓN COMO SERVICIOS
PÚBLICOS
1. El servicio público en el sector audiovisual: la
televisión
A. El servicio público de televisión
en la actualidad en España.
a)
Debilitamiento de las razones que en su momento justificaron
la declaración unitaria de la televisión como servicio público
esencial de titularidad estatal.
b) La
aparente crisis del concepto tradicional de servicio público:
tendencias hacia la liberalización.
B. Principales problemas que plantea
la regulación de la actividad
televisiva en nuestro país en el momento actual.
a) Ausencia
de definición del contenido del servicio público en nuestro
ordenamiento jurídico.
b)
Contradicciones derivadas de la configuración unitaria de la actividad
televisiva en su conjunto como servicio público esencial de titularidad
estatal.
b.1) Problemática derivada de la diferente financiación
de las televisiones públicas y privadas, y la ausencia de distinción
entre la actividad de ambas en razón al servicio público
que prestan.
b.2) Ruptura de la configuración unitaria: la televisión por satélite
y por cable.
b.3) Competencias asumidas por algunas CCAA en sus Estatutos
de Autonomía. para crear, regular y mantener su propia
televisión.
c) La problemática que plantea la televisión local
C. Televisión privada, televisión
pública y libre competencia
a) Necesidad
de una televisión pública
a.1) Doctrina
a.2) Textos de la Unión Europea
b) Ausencia
de rasgos distintivos de la televisión pública que justifiquen
su existencia y su financiación privilegiada.
c) La
actividad de las televisiones públicas y privadas
c.1) Consecuencia de la calificación de la actividad como servicio
público: igualdad de obligaciones de servicio público entre
las televisiones públicas y privadas.
c.2) Competencia entre la televisión pública y privada
2. El servicio público en el sector audiovisual: la
radiodifusión sonora
III. EL CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO DE RADIO Y
TELEVISIÓN EN NUESTRO ORDENAMIENTO Y RESTRICCIONES A LA LIBRE COMPETENCIA
1. ¿En qué consiste el servicio público de radio y
televisión?
A. Servicio público: características
y consecuencias derivadas
de la calificación de una actividad como tal.
B. La radio y la televisión como
servicio público
2. Contenido del servicio público de radio y televisión
A. Definición del servicio público de
radio y televisión
a) Ausencia
de definición hasta la Disposición Adicional Decimosexta
de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Sociales,
Administrativas y de Orden Social.
b) La
definición de la función de servicio público de RTVE que introduce
la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 24/2001.
c) El Informe
elaborado por el Consejo para la reforma de los medios
de comunicación de titularidad del Estado.
d) La Ley
17/2006, de 5 de junio, de la Radio y Televisión
de Titularidad Estatal.
B. Objetivo del servicio público de
la radio y la televisión
C. La programación
3. Criticas al servicio público de radio y televisión.
Necesidad de redefinir
el
modelo.
A. Doctrina que defiende que toda la
actividad audiovisual sea de servicio
público, atribuyendo funciones de servicio público específicas a la radio
y televisión pública.
B. Doctrina que defiende que sólo los
medios públicos de radiodifusión
realicen funciones de servicio público.
C. Conclusión
CAPÍTULO TERCERO. FINANCIACIÓN PÚBLICA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE RADIO Y TELEVISIÓN Y LIBRE COMPETENCIA
I. LAS AYUDAS PÚBLICAS QUE RECIBEN LAS
TELEVISIONES PÚBLICAS: EL CONTROL DE LOS POSIBLES ABUSOS DE LAS TELEVISIONES
PÚBLICAS
1. La financiación de las televisiones públicas y
privadas en España
2. La financiación pública de las televisiones públicas y el
Derecho Europeo
de la
competencia.
A. Elart.87.1TCE
B. El art. 86.2 TCE
C. El problema de la compatibilidad
de la financiación pública que reciben
las televisiones y el Derecho Europeo de la competencia.
3. La Comunicación de la Comisión sobre la aplicación de las
normas
en materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión
de 11
de noviembre de 2001.
A. La incidencia de la Comunicación
de la Comisión en España
a) La
modificación de la Ley 4/80 por la Disposición Adicional
Decimosexta de la Ley 24/2001.
a.1) Contenido de la Disposición Adicional Decimosexta
de la Ley 24/2001
— Modificación de la Ley 4/80
• Modificación del art. 2.3 del ERTVE
• Modificación del art. 5.1 del ERTVE
• Modificación del art. 26 del ERTVE
— Cumplimiento de las exigencias de la Comisión
• Establecimiento de una definición oficial de la misión
de servicio público
• Atribución de la misión de servicio pública a una o varias
empresas en base a un instrumento oficial.
• Existencia de autoridad competente u organismo designado
al efecto que controle que la misión de servicio público se presta
efectivamente.
• Cumplimiento del criterio de proporcionalidad
a.2) Repercusiones en el status de la radiodifusión en España
— Consecuencias derivadas de que, salvo RTVE, ninguna otra radio
o televisión tenga atribuida la función de servicio público.
— Incidencia de la Disposición Adicional Decimosexta
en la Ley 46/83 del Tercer Canal y en las leyes autonómicas
sobre televisión.
a.3) Conclusión
b) El sistema
de financiación de las radiotelevisiones públicas propuesto
en el Informe del Consejo para la reforma de los medios
de titularidad.
del Estado creado por el Real Decreto 744/2004, de 23 de abril.
c) La
Disposición Adicional Trigésimo quinta de la Ley de la Ley 30/2005,
de 29 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para
el 2006.
d) El modelo
de financiación establecido en la Ley 17/2006, de 5
de junio, de la Radio y Televisión de Titularidad Estatal.
II. LAS AYUDAS PÚBLICAS A LA RADIO
III. LA NECESARIA REFORMA DE LA NORMATIVA
REGULADORA DEL SECTOR AUDIOVISUAL
BIBLIOGRAFÍA