CONSEJOS DE GARANTÍA ESTATUTARIA, LOS.
- Sinopsis
- Índice
I. - Los consejos de garantía estatutario en la
experiencia italiana.
(Roberto Romboli)
1. Introducción
2. La necesidad de garantizar la rigidez de los «nuevos» estatutos regionales co-
mo razón de la creación de los consejos de garantía estatutaria. Las hipótesis
alternativas.
3. Algunos problemas previos
a) La ubicación del estatuto en el sistema de las fuentes
b) La relación entre estatuto y ley regional (jerarquía o competencia)
c) Las disposiciones programáticas o sobre derechos
fundamentales como ob-
jeto de los estatutos (la jurisprudencia constitucional)
4. La regulación de los consejos de garantía estatutaria incluida en los estatutos
y en la leyes regionales de aplicación: denominación, ubicación, composición,
criterios de elección y requisitos necesarios, permanencia en el cargo, causas
de caducidad y de incompatibilidad, modalidad de renovación de los
miembros.
5. Las funciones sobre la interpretación del Estatuto. La «estatutariedad» de los
proyectos de ley y de reglamento (carácter previo o posterior), la regularidad
y admisibilidad de las solicitudes de referéndum, los conflictos entre órganos
regionales.
6. Los sujetos legitimados para solicitar la intervención del consejo de garantía
estatutaria y la eficacia para reconocer los «dictámenes» pronunciados (la ju-
risprudencia constitucional)
7. La naturaleza y el papel de los consejos de garantía estatutaria en Italia: no
«pequeños tribunales constitucionales», sino «autoridades administrativas in-
dependientes regionales»
8. Alguna observación conclusiva sobre la eficacia de las decisiones de los órga-
nos estatutarios y sobre la teoría del carácter vinculante de las mismas. La
sentencia del 13 de junio de 2008 nº 200 del Tribunal Constitucional sobre la
ley regional de Calabria.
Nota bibliográfica
II. - Constitución y estatuto: la garantía de los derechos en el ámbito autonómico por órganos consultivos.
(Marc Carrillo)
1. La función consultiva en el marco del Estado autonómico en España y la garan-
tía de los derechos fundamentales.
2. La relación entre Constitución y Estatuto: el Estatuto de autonomía, no es sólo
una ley orgánica.
3. Una declaración de derechos
es un contenido constitucional
del Estatuto.
3.1. El derecho comparado ofrece ejemplos similares
3.2. El reconocimiento de una
declaración de derechos
es un límite y, a la vez,
un impulso a la acción de los poderes públicos.
3.3. El reconocimiento de una declaración de derechos está vinculada a las
competencias.
3.4. La declaración de derechos es una manifestación de los
límites constitu-
cionales del Estatuto.
4. La función específica de garantía de los derechos estatutarios en el Consejo de
Garantías Estatutarias de Catalunya.
4.1. Las previsiones estatutarias
4.2. La novedad del dictamen vinculante sobre los proyectos y proposiciones
de ley que desarrollen o afecten a los derechos estatutarios.
Nota bibliográfica