CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA, LA. Efectos derivados de su especialidad normativa.


    El marco normativo del que nos hemos dotado concede una prevalencia absoluta a lo que la LCSP regula respecto a lo previsto en las leyes administrativas generales, pero no es menos cierto que la parquedad con que aquélla se pronuncia sobre la utilización de los medios electrónicos en la contratación pública deja un amplio campo abierto que hay que completar.

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