CRISIS FINANCIERA Y EL ARBITRAJE FISCAL INTERNACIONAL, LA. Los productos híbridos y las entidades híbridas.
- Sinopsis
- Índice
El final de década nos deja un escenario de mercado desnudo de atenuantes. No fue solo la lógica del beneficio ni el beneficio inmediato; fue, además, la pretensión global de convertir en beneficio el propio impuesto, local o extranjero o ambos. El arbitraje en general supuso la ocasión de aprovecharse de las diferencias de precios y el arbitraje fiscal convirtió en precio la ventaja fiscal. No era obtener la minimización del impuesto solamente, sino, añadir beneficio financiero al beneficio fiscal, convertido, en su inadvertencia, en fuente de renta.
El principio general antielusión postula la restricción de las prácticas abusivas de arbitraje fiscal. No existe el dogma de la doble imposición sin el correlativo de la imposición única, al menos, en algún sitio. Uno de los medios principales para conseguirlo fueron los híbridos financieros y sintéticos y las formas híbridas. El giro del Banco de Pagos Internacionales, Basilea I, y el creciente protagonismo de las agencias de calificación de crédito contribuyeron al desarrollo masivo del arbitraje financiero y fiscal, local e internacional.
De la crisis sistémica de los mercados financieros ya sabemos casi todo; sorprendentemente, ni el derecho mercantil ni el tributario aún han reaccionado. Hay bases suficientes de doctrina, ley y jurisprudencia para hacerlo. En primer lugar, eliminar las oportunidades de arbitraje calificando los híbridos financieros y sintéticos en modo homogéneo en la ley mercantil, fiscal, contable. En segundo término, calificar la deuda conforme a la ley mercantil y civil sometiendo cualquier instrumento jurídico a su territorio, inclusive desde la perspectiva tributaria, evitando su manipulación con el capital. En tercer lugar, limitar fiscalmente la deducción de gastos por intereses de los híbridos financieros y sintéticos.
PRIMERA PARTE
CAPÍTULO I
EL ARBITRAJE FISCAL
1. Introducción
2. El arbitraje financiero y
fiscal
2.1. El arbitraje legal
3. La lex mercatoria y el
arbitraje fiscal internacional
3.1. Casos de arbitraje fiscal internacional
3.2. El arrendamiento financiero
3.3. La doble residencia
4. El arbitraje fiscal internacional. Concepto
5. La elusión fiscal mediante
arbitraje
5.1. Gran Bretaña
5 2 Estados Unidos
5.2.1. La nueva orientación contra el
AFI
5.2.2. El SPV (entidad o vehículo de
propósito especial)
5.2.3. Los requisitos del acuerdo
estructurado de inversión pasiva.
5.2.4. El motivo es el arbitraje
fiscal
Conclusiones
CAPÍTULO II
LOS HÍBRIDOS FINANCIEROS
La banca a la sombra
6. Los híbridos
6.1. Las operaciones financieras estructuradas
6.2. Los híbridos financieros
6.2.1. La patente de los híbridos
financieros
6.3. Los híbridos sintéticos
6.3.1. El Banco de Pagos
Internacionales. Basilea I, II y III
6.3.2. Las agencias de calificación
de crédito
6.3.3. Obligación de deuda
colateralizada.
6.3.3.1. El
fraude de Goldman Sachs
6.3.4. El swap
6.3.4.1. El
credit default swap
6.3.4.2. El
swap como fuente de pérdidas artificiales
6.3.5. El repo
6.4. Deuda y capital.
7. Las discordancias entre contabilidad e impuesto
Conclusiones
CAPÍTULO III
LAS ENTIDADES HÍBRIDAS
8. La distinción entre sociedad y
asociación. La semejanza en EEUU.
8.1. Check-the-box rules, 1997
8.1.1. La elusión local
8.1.2. La L.L.C. como modelo de
evasión
9. La partnerización de las
sociedades o la desocietización
9.1. Fondo privado de capital (private equity)
9.2. Fondos de inversión libre (hedge funds)
Conclusiones
CAPÍTULO III (sigue)
LA ELUSIÓN FISCAL MEDIANTE ENTIDADES HÍBRIDAS
10. La elusión internacional
mediante entidades hibridas..
10.1. Sujeto de derecho-Persona jurídica. Sucursal híbrida.
10.2. Persona jurídica-Sujeto de derecho. Híbrida ala inversa
10.3. El abuso de créditos fiscales en el extranjero
desvinculado de la renta.
10.4. La entidad de propósito especial (SPV) y los acuerdos
estructurados de
inversión pasiva.
11. Algunos ejemplos de entidades
híbridas en Derecho Comparado y Jurisprudencia
11.1. Gran Bretaña
11.1.1. Swift y. HMRC. La L.L.C. de
Delaware. Opacidad o transparencia
11.1.2. BAYFINE UK y. HMRC y las
entidades híbridas
11.2. Holanda
11.3. EEUU y Canadá. TD SECURITIES LLC
11.4. Unión Europea. RBS DEUSTSCHLAND HOLDINGS.
Conclusiones
CAPÍTULO IV
EL PRINCIPIO DE DOBLE IMPOSICIÓN Y DOBLE NO IMPOSICIÓN
12. El principio de doble
imposición y doble no imposición.
12.1. El G-20 y el principio general internacional de
sujeción.
13. Los conflictos de calificación
14. Los conflictos y el convenio
para evitar la doble imposición
14.1. El objeto y la finalidad en el CDI
14.2. Las reglas de interpretación. La fuente y el contexto
14.3. El significado de los términos
Conclusiones
CAPÍTULO V
LAS AGRUPACIONES DE PERSONAS
15. La aplicación del Modelo OCDE
a las agrupaciones de personas (partnerships)
15.1. La lista. Anexo III
16. El MCOCDE de 2008
17. Los beneficios fiscales derivados de CDI en EEUU. Las retenciones por rendimientos obtenidos por entidad transparente y en una jurisdicción extranjera.
18. El MCEEUU de 2006
18.1. El CDI entre EEUU y el Reino Unido. Un caso de
arbitraje fiscal
Conclusiones
CAPÍTULO VI
ATRIBUCIÓN Y TRANSPARENCIA DE RENTAS
19. Atribución e imputación de
rentas
19.1. La atribución
19.2. La imputación por transparencia
20. La agrupación de personas y la OCDE
21. La sociedad de personas y la sociedad corporativa.
22. La capacidad económica
22.1. La personalidad jurídica.
23. La personalidad fiscal
23.1. Las uniones consortiales
24. La atribución como forma de
organización autónoma. El Convenio para evitar la doble imposición con Alemania
24.1. La agrupación de personas en el Convenio para evitar la
doble impo-
sición con EEUU
Conclusiones
CAPÍTULO VII
LA SOCIEDAD INTERNA Y LA SOCIEDAD EXTERNA
25. La sociedad interna y la
sociedad externa
25.1. La sociedad interna con organización externa
25.2. La sociedad civil
25.2.1. La sociedad civil con
personalidad jurídica.
25.2.2. La sociedad agraria de
transformación
25.3. La cuenta en participación
25.4. La comunidad societaria. La sociedad irregular.
26. La organización interna con
sociedad externa. La subjetivización de patrimonios separados.
26.1. El fondo de inversión
26.2. El tondo de inversión transparente
26.3. La sociedad de inversión de capital variable (SICAV).
26.4. Los tondos de inversión colectiva y los beneficios
fiscales de los conve-
nios. Propuesta en el Modelo COCDE 2010
Conclusiones
CAPÍTULO VIII
El RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS EN ESPAÑA
27. Entidades en atribución de
rentas. Los criterios de clasificación de las entidades
27.1. Los criterios fiscales. Anexo III
27.2. La doctrina administrativa.
27.3. Naturaleza jurídica. Identidad o analogía
28. Una aproximación teórica al
régimen de atribución.
28.1. Los pagos garantizados. El socio como tercero.
29. Regímenes especiales
29.1. Rentas en atribución con actividad económica (art. 35
TRLIRNR)
29.2. Rentas en atribución con presencia. (art. 38 TRLIRNR)
29.2.1. Algunas particularidades de
la entidad con presencia
29.3. Rentas en atribución (art. 36 TRLIRNR)...
29.4. Rentas en atribución (art. 39 TRLIRNRJ
30. Cálculo de las rentas.
30.1. Las pérdidas Conclusiones
BIBLIOGRAFÍA
GLOSARIO
sin actividad económica.
sin presencia
Libros Artículos y Documentos