DERECHO DE LA MUJER A LA PREVENCIÓN SANITARIA PROTOCOLIZADA EN GESTANTES SOMETIDAS A VIOLENCIA.
La OMS considera el papel importante y relevante que tienen los profesionales de la salud en la detección y atención a las víctimas de la violencia de género. Así en el año 2004, el director de la oficina de la OMS en Bruselas, John Martin, pidió a España y otros países de la Unión Europea que adopten "medidas concretas" para combatir la violencia como un problema sanitario, en especial la de género. "los países que aún no lo han hecho, como Portugal, Finlandia, España, Grecia..., deberían organizar presentaciones para debatir lo que se puede hacer para combatir la violencia desde el punto de vista de la salud", aseguró el representante de la OMS, en una audición pública celebrada en el Parlamento Europeo.
España reconoció de manera explícita la Violencia de Género como un problema de Estado, a traves de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
En el año 2007 los servicios sanitarios de Castilla y León decidieron incorporar el Plan contra la Violencia de Género a la cartera de servicios de atención Primaria.
Partiendo de que el Derecho es el
orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad, inspirado en
postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que
determinan su contenido y
carácter,
es obvio argumentar que para que constituya un derecho deberá
tener un objeto de bien común
y ello se justifica teniendo en cuenta que el tema que nos ocupa podemos afirmar
que la prevalencia de la violencia contra las mujeres embarazadas por su pareja
es desconocida aunque diferentes estudios a nivel internacional, nacional y
también
en nuestra comunidad aportan cifras alarmantes.