DETERMINACIÓN JUDICIAL DE LA FILIACIÓN, LA. Funciones de la posesión de estado cuando se determina, se acredita y se prueba la filiación.
- Sinopsis
- Índice
La determinación de la filiación de una persona es presupuesto necesario para que la filiación produzca efectos en el ámbito jurídico. El Código civil maneja con poco tecnicismo las palabras "determinar", "acreditar" y sus derivadas, estableciendo los medios para determinar la filiación en los arts. 115 (para la matrimonial) y 120 CC (para la no matrimonial) y los medios para acreditarla el art. 113 CC. Tanto unos como otros son objeto de un detallado análisis en esta obra, además de distinguir los medios de determinación y de acreditación de la filiación de los simples medios de prueba de la filiación.
La determinación judicial de
la filiación ofrece, en definitiva, un marco de referencia para el ejercicio
de la acción de reclamación de la paternidad o de la maternidad, combinado con
un exhaustivo análisis de jurisprudencia, un apartado práctico de preguntas y
respuestas y una completa selección de formularios que facilitarán al operador
jurídico el correcto ejercicio de la acción.
CAPÍTULO I. Principios que informan la determinación judicial de la filiación
1. Principio de la libre investigación de la paternidad
1.1. Antecedentes históricos próximos de la investigación de
la paternidad
1.1.1. Sistemas de determinación
legal de la filiación
1.1.2. La investigación de la
paternidad en el Code civil francés de 1804
1.1.3. La investigación de la
paternidad en el Código civil español de 1889
1.1.4. La investigación de la
paternidad en la Constitución española de
1978.
1.2. Noción de investigación de la paternidad en la
Constitución
1.3. Ámbito de la investigación de la paternidad según la
Constitución
2. Principios de la dignidad de la persona y del libre
desarrollo de la personalidad
2.1. Consideración de la personalidad en la Constitución
2.2. La dignidad de la persona
2.3. El libre desarrollo de la personalidad
2.4. El derecho a conocer la (verdadera) filiación
2.4.1. Desarrollo doctrinal del
derecho a conocer el propio origen en
Alemania.
2.4.2. El reconocimiento del derecho a conocer el verdadero origen bioló-
gico por el “Bundesvefassungsgericht”
2.4.3. Regulación legal del derecho a
conocer el propio origen en Suiza
2.4.4. El reconocimiento del derecho
a conocer el propio origen por el
Tribunal Federal Suizo.
2.4.5. El caso Jäggi c. Suiza
2.4.6. El reconocimiento del derecho
a conocer el propio origen en conve-
nios internacionales.
2.4.7. Contenido del derecho a
conocer el propio origen
2.4.8. El conocimiento de la
maternidad como presupuesto del ejercicio
del derecho a conocer el propio origen respecto del padre.
2.4.8.1. Pronunciamientos del “Bundesvefassungsgericht” alemán
2.4.8.2.
Postura de la doctrina alemana
2.4.8.3. Toma
de posición en el Derecho civil común yen el Derecho
civil catalán.
2.4.9. El anonimato del donante de
gametos
3. Principio del favor filii
CAPÍTULO II. Determinación, acreditación y prueba de la filiación
1. Los medios de determinación de la filiación
1.1. Determinación extrajudicial de la filiación matrimonial
1.2. Determinación extrajudicial de la filiación no
matrimonial
1.3. Determinación de la filiación por resolución recaída en
expediente
registral.
1.4. Determinación de la filiación por sentencia firme
1.4.1. En proceso civil
1.4.2. En proceso penal
2. Los medios de acreditación de la filiación
2.1. La acreditación de la filiación por el documento o
sentencia que la
determina.
2.2. La acreditación de la filiación por la presunción de
paternidad
matrimonial.
2.3. La acreditación de la filiación por la inscripción en el
Registro civil
2.4. La acreditación de la filiación por la posesión de
estado
3. Los medios de prueba de la filiación
3.1. La prueba del análisis de ADN
3.2. Probabilidad de exclusión a priori de la paternidad
3.3. Probabilidad de la paternidad
3.4. La negativa a someterse al análisis de ADN
3.4.1. Negativa del demandante a
someterse al análisis de ADN
3.4.2. Negativa del demandado a
someterse al análisis de ADN
3.4.3. Negativa de un tercero a
someterse al análisis de ADN
3.5. Medidas para hacer efectiva la práctica del análisis de
ADN
3.6. Valoración de la imposición forzosa del análisis de ADN
tras la entrada
en vigor de la Ley Orgánica 10/2007
3.7. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña de 27 de oc-
tubre de 2003.
3.8. Presentación de un principio de prueba de los hechos en
que se funde
la demanda de reclamación de la filiación.
3.8.1. La interpretación por el Tribunal Supremo del derogado art.
127.2 CC.
3.8.2. Efectos
3.8.2.1. Efectos de la admisión de la demanda
3.8.2.2. Efectos de la inadmisión de la demanda
3.8.3. Funciones que puede cumplir el principio de prueba
3.8.3.1. Exigir un principio de prueba impide la interposición de deman-
das
infundadas y temerarias.
3.8.3.2. Exigir un principio de prueba facilita la adopción de medidas
cautelares.
3.8.3.3. Exigir un principio de prueba amplía las posibilidades de investi-
gar y
determinar la filiación.
3.8.4. Argumentos a favor de que se exija legalmente en Derecho catalán
un principio de prueba como presupuesto de admisión de las deman-
das de filiación.
3.8.5. Práctica extrajudicial de la prueba de ADN
CAPÍTULO III. Caracteres de la acción de reclamación de la filiación
1. La actuación del juez tiene como fin averiguar la filiación real
2. Es una acción personalísima
3. Es una acción indisponible
4. El hijo puede ejercitarla durante toda su vida
5. Debe intervenir siempre el Ministerio Fiscal
6. La sentencia sobre la filiación reclamada tiene eficacia erga omnes
7. Es una acción declarativa de la filiación que se determina, pero constitutiva respecto de otros efectos
8. Se regula la acción de reclamación de la filiación, no esta y otra acción
declarativa de la filiación manifestada por la posesión de estado.
CAPÍTULO IV. Legitimación
1. Legitimación activa
1.1. Legitimación activa del hijo
1.1.1. Legitimación activa del ho si es mayor de edad y capaz
1.1.2. Legitimación activa del hjo si es menor de edad o incapacitado
1.1.2.1. Delimitación del ámbito de aplicación del art.
765.1 LEC
1.1.2.2. Ejercicio de la acción de reclamación por el representante legal
1.1.2.3. Ejercicio de la acción de reclamación por el Ministerio Fiscal
1.2. Legitimación activa, cuando existe posesión de estado, de las
personas
«con interés legítimo»
1.2.1. Momento en que se debe apreciar la existencia de la posesión
de
estado y del interés legítimo.
1.2.2. Alcance e interpretación de la expresión «cualquier persona con in-
terés
legítimo»
1.2.3. Límite impuesto a tan amplia legitimación
1.2.4. Ámbito de aplicación del art. 131 CC
1.3. Continuación y ejercicio de la acción de reclamación por los herederos
1.3.1. Herederos legitimados
1.3.2. Tipo de transmisión de la acción de reclamación a los herederos
1.3.3. Continuación de la acción de reclamación por los herederos
1.3.4. Ejercicio de la acción de reclamación por los herederos del hijo
1.4. Legitimación activa del progenitor
1.5. Ejercicio de la acción de reclamación cuando concurren especiales
circunstancias.
1.5.1. En caso de ser los progenitores hermanos o consanguíneos en línea
recta.
1.5.1.1. Alcance del art. 125 CC
1.5.1.2. Ámbito de aplicación del art. 125 CC
1.5.1.3. Supuestos que deben distinguirse en el art. 125
CC
1.5.1.4. La invalidación de la filiación incestuosa ya determinada
1.5.2. En caso de adopción
1.5.3. En caso de fecundación asistida
1.5.3.1. Determinación de la paternidad matrimonial
A) Fecundación asistida con gametos del cónyuge
a) Vigente la presunción de paternidad matrimonial
b) No vigente o debilitada la presunción de paternidad matrimonial
B) Fecundación asistida con gametos de donante.
a) Sin consentimiento del marido
b) Sin consentimiento de la esposa
c) Con consentimiento del marido
d) Con consentimiento de la esposa
1.5.3.2.
Determinación de la paternidad no matrimonial
A)
Fecundación asistida con gametos del varón de la
pareja
B) Fecundación asistida con gametos de donante.
1.5.3.3. Determinación de la paternidad en el supuesto
de la fecunda-
ción asistida
post mortem.
A) Paternidad matrimonial
B) Paternidad no matrimonial
1.5.3.4. Determinación de la maternidad en el supuesto
de la gestación
por sustitución.
A) Aportación de óvulos y gestación del niño por la
misma mujer
B) Gestación del embrión obtenido in vitro con el
material genético de
la pareja comitente.
2. Legitimación pasiva
3. Nombramiento de un defensor judicial
CAPÍTULO V. Hechos que ha de probar el demandante y actitudes posibles del demandado
1. Hechos que ha de probar el demandante
1.1. Finalidad del art. 767.3 LEC
1.2. Significado de la expresión «aunque no haya prueba
directa»
1.3. El reconocimiento expreso o tácito
1.3.1. Tipos de reconocimiento a los que se refiere el art. 767.3 LEC
1.3.2. Actitudes posibles del demandado en este supuesto de reclamación
de la
filiación.
1.4. La posesión de estado
1.4.1. Elementos de la posesión de estado
1.4.2. Caracteres de la posesión de estado
1.5. La convivencia con la madre en la época de la concepción
1.5.1. Diferencias entre la presunción de paternidad derivada de la
«con-
vivencia» del art. 767.3 LEC y la presunción
pater is est.
1.5.2. Tipo de convivencia al que se refiere el art. 767.3 LEC
1.5.3. Duración de la convivencia
1.6. La cláusula general de cierre «o de otros hechos de los que se
infiera la
filiación, de modo análogo»
1.6.1. Fundamento
1.6.2. Alcance e inteligencia de la analogía
1.6.3. ¿Una cohabitación sexual aislada es hecho análogo?
2. Actitudes posibles del demandado
2.1. Negar la existencia de relaciones sexuales con la madre
2.2. Negar la paternidad sin negar la cohabitación sexual
2.3. La exceptio plurium concubentium
2.3.1. Llamada de todos los posibles padres ab initio del proceso
2.3.2. Llamada de los terceros durante el proceso
CAPÍTULO VI. Plazos de ejercicio de la acción de reclamación
1. Cuando no existe posesión de estado
1.1. Ejercicio de la acción de reclamación por el hijo o por el progenitor no
matrimonial.
1.2. Continuación de la acción de reclamación por los
herederos
1.3. Ejercicio de la acción de reclamación por los herederos del hijo
2. Cuando existe posesión de estado
Formularios
1. Demanda de reclamación de paternidad ejercitada por la madre en representación del hijo
2. Demanda de reclamación de paternidad ejercitada por el presunto padre biológico sin posesión de estado
3. Demanda de reclamación y de impugnación de paternidad interpuesta por el hijo
4. Escrito de contestación a demanda de reclamación de la paternidad (negativa a someterse a la prueba biológica)
5. Escrito de contestación a demanda de reclamación de la paternidad (aceptando someterse a la prueba biológica)
6. Escrito que promueve expediente registral para determinar extrajudicialmente
la filiación paterna no matrimonial con fundamento en la posesión de estado.
Preguntas y respuestas de interés