DIGNIDAD DEL HOMBRE Y EL ACOSO PSÍQUICO EN EL TRABAJO QUE SE PRESTA EN UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, LA.

Autor:
GONZÁLEZ NAVARRO, F.
Editorial:
Civitas
Páginas:
224
Edición:
1
Fecha de publicación:
26/11/2009
ISBN:
9788447033263
28,51
Entrega en 24/48h

    El autor de este libro, que había publicado, en 2002, en la Serie Cuadernos de Editorial Civitas, el que tituló así: «El acoso psíquico en el trabajo (El alma, bien jurídico a proteger)», vuelve ahora sobre el tema con este otro que es distinto, no sólo porque el foco de su interés lo centra ahora en la Administración Pública, sino porque en él se dedica un amplio espacio a desarrollar el problema de la dignidad del hombre como bien jurídico lesionado por el acoso. A ello le ha movido la lectura del discurso de ingreso del importante jurista catalán Gay Montalvo en la Academia de jurisprudencia y Legislación de Cataluña, en 22 de mayo de 2008, discurso publicado, no por dicha Academia, sino por el Colegio de Abogados de Lucena en junio del mismo año.

    Aparte de ello, en este nuevo libro se incorporan, por lo menos, estas otras novedades: a) Análisis de la olvidada STS, Sala de lo Civil, de 6 de noviembre de 1912, en la que, por primera vez, se declara indemnizable el «daño moral»; b) Empleo científico de la metáfora, como método «in modo obliquo», para probar realidades cuya existencia no puede demostrarse experimentalmente; c) Recuperación de la idea de Foucault de que el objeto de la severidad penal se ha desplazado, y ya no lo es el cuerpo sino la alma, un «algo» que no es materia; d) Alertar a la gente del foro sobre la utilidad del concepto tomista de analogía, y sobre el catálogo, también tomista, de los sentidos del hombre, los cuales no son cinco, ni doce, sino quince; e) Ofrecer a esa misma clase de destinatarios el concepto de sentido común que propuso Reid, portaestandarte de la escuela inglesa del «common sense»; f) Incorporar al catálogo de tipos de acoso, el ejercido por el sicofante, significante empleado con el significado que se le daba en las comedias de Terencio en la traducción anotada de las mismas hecha por Voltes Bou.
 


I. Introducción

1. De la razón de ser de un nuevo libro sobre el acoso psíquico en el trabajo
    A. Mi encuentro con el tema en la STS, Sala 3ª, Sección 6ª, de 23 de julio de

        2001, primera dictada por dicha Sala sobre acoso psíquico en la Administra-

        ción local, y de la que fui ponente.
    B. De cómo lo que empezó siendo una hipótesis —el bien jurídico dañado es

        el alma del acosado— se convirtió en una tesis.

2. La Universidad está, en primer lugar y sobre todo, para hacer ciencia, esto es: para teorizar.
    A. Hay que presumir que cuando una Universidad con voca para debatir sobre

        un problema que ocupa y preocupa a la Sociedad a la que sirve, lo hace

        para cumplir ese fin primordial suyo.
    B. De cómo el teórico no vive la realidad: se limita a pensarla

3. Una metodología y un modelo conceptual de validez general para el estudio de cualquier forma de acoso tópico.
 

II. De esa forma de saber que llamamos ciencia, y del alma como metáfora y como postulado

1. Ciencia (saber del cómo, cuándo, dónde y porqué) y Epistéme (saber del qué y del quién)
    A. Dos modos de ser una misma realidad: su «ser fenoménico» y su «ser

        nouménico». Aproximación elemental al problema del ser.
    B. Dos caminos para llegar a la verdad: el análisis y la dialéctica. Y dos clases

        de dialéctica: la formal y la real.
    C. De la verdad como unidad orgánica fluyente: los sucesivos momentos de la

        verdad.

2. Del alma como metáfora o, si se prefiere, como postulado
    A. Referencia breve —y en modo alguno impertinente— a la distinción entre el

        cuerpo y el alma según Kant, Ortega y Foucault.
        a) De cómo en la filosofía kantiana la ley moral es un «destilado conceptual

            preciso capaz de ser asumido por cualquier cultura y por cualquier

            individuo»
        b) De cómo, y contrariamente a lo que algunos piensan sobre la obra de

            Ortega, «buena parte de sus ideas, hallazgos y juicios están vivos y son

            valederos para la realidad contemporánea»
        c) De cómo según Foucault, la atención de la severidad penal durante los

            últimos siglos ha producido un desplazamiento del objeto de la opera-

            ción punitiva que ya no es el cuerpo sino el alma.
    B. Del alma como metáfora
        a) De la metáfora como pensamiento in modo obliquo utilizado por la poesía

            y por la ciencia.
        b) De la metáfora biológica y de su incidencia en la comprensión de ese

            producto cultural que llamamos «Derecho»
    C. Del alma como postulado
        a) Digresión previa acerca de la distinción entre axioma, dogma y postulado
        b) De cómo Kant hace entrar «por la puerta de las exigencias morales a las

            realidades suprasensibles de la voluntad libre, el alma inmortal, Dios y

            el más allá que habían sido declarados imposibles de conocer»

3. El problema más difícil que plantean las situaciones de acoso laboral es el de la prueba de su existencia. Importa detenerse, por ello, en el análisis, siquiera sea elemental, de algunos conceptos jurídicos y metajurídicos.
    A. Los tres planos del saber: discernir, definir y entender
        a) Saber elemental o puramente diferenciador
        b) Saber delimitador o definidor
        c) Saber de comprensión
            a’) Saber de dónde viene la realidad investigada
            b’) Saber dónde está la realidad investigada
            c’) Saber adónde va la realidad investigada
    B. El saber sobre una cosa —en definitiva: lo que de ella pensamos— ha de

        transformarse primero en un concepto, para poder ser acotado luego en

        una definición.
    C. Del lenguaje, de la sensación, de la percepción, de la percatación y de la

        apercepción.
        a) De los signos y sonidos significativos: el acto comunicativo
        b) De la sensación y de la percepción
        c) De la percatación
        d) De la apercepción
    D. Del Ser y de los seres
        a) De la pluralidad y variedad de los seres y de su jerarquización
        b) De la esencia y de la existencia, y de una propuesta orteguiana de susti-

            tución terminológica para aliviar al profano del rigor del hermetismo del

            lenguaje filosófico.
        c) Validez actual del paradigma tomista sobre la analogía
        d) De los sentidos del hombre, y en particular del sentido común

4. De cómo —creamos o no en las postrimerías— la forma de acoso tópico aquí estudiada trata de domeñar ese «algo» que llamamos alma.
    A. Relaciones de contradicción o de identidad con otras clases de acoso
        a) Un primer catálogo de formas de Acoso psíquico obtenido en anteriores

            investigaciones.
            a’) Acoso ejercido por una «masa de acoso»
            b’) Amenazas terroristas individualizadas
            c’) Maltrato psíquico en el ámbito familiar
            d’) Acoso sexual
        b) Otra forma de acoso psíquico que habría pasado inadvertido a quienes

            vinimos estudiándolo: el acoso ejercido por un sicofante.
    B. La quinta esencia del pensar está en el nombrar
        a) Un nombre inadecuado dice mal lo que debe decir
        b) Denominaciones que hay que erradicar
            a’) Por lo pronto, estas dos: «mobbing» y «bossing»
            b’) «Acoso moral»
            c’) «Acoso psicológico»

        c) El auténtico nombre: acoso psíquico en el trabajo
    C. Definición
 

III. La relación jurídica de acoso psíquico en el trabajo

1. Fundamentación y descripción del «modelo» que utilizo
    A. El significante «modelo» lo utilizo aquí con el significado que tiene en Teoría

        General de Sistemas.
    B. Digresión necesaria sobre las formas de manifestarse el Derecho
        a) Del Derecho, de sus elementos y de sus principios fundantes
            a’) De cómo «todavía hoy discuten los juristas sobre el concepto del

                 Derecho»
            b’) De la errónea división del Derecho en dos ramas: Derecho subjetivo y

                 Derecho objetivo.
            c’) Relaciones jurídicas institucionales y estipulatorias
            d’) Teoría de las situaciones jurídicas

            e’) Del más acá y el más allá del Derecho
        b) Principios primeros que son, además, principios generales: la paz social

            y la justicia.
            a’) Son «primeros principios» porque preceden a toda realidad jurídica

                 imaginable.
            b’) Son principios «generales» por que abarcan todo el Derecho
            c’) La arbitrariedad es carencia de principios fundantes
        c) Principios últimos: la juricidad material y la juricidad formal

            a’) Designios últimos de los hombres que utilizan el Derecho

            b’) Fines perseguidos por la norma en que se contiene el Derecho que

                 hay que aplicar.
        d) De la equidad
    C. De las relaciones y situaciones jurídicas que se dan o pueden darse en el

        acoso psíquico laboral.

2. Estructura estática
    A. Sujetos
        a) Acosador
        b) Acosado
        c) Otros posibles sujetos
    B. Objeto
        a) La «mismidad» del acosado

            a’) Un «alguien» que tiene pensamientos y tiene y siente sentimientos

            b’) El alma como realidad incorpórea que «dirige» ese «sistema abierto»

                 que es el cuerpo humano.
        b) El trabajo del acosado
        c) El entorno familiar del acosado
    C. Acaecimiento integrador
        a) Exacerbación de una situación de conflicto
        b) Los nuevos sentimientos

3. Estructura dinámica
    A. Ejercicio ilegítimo sobre el acosado de una forma de poder que es el poder

        «domesticador» (I) Una forma de poder, al parecer olvidada por nuestros

        cratólogos y politólogos, y cuya identificación se debe a un filósofo francés:

        Michel Foucault.
        a) Un poder no demasiado llamativo cuyo ejercicio permite «producir» indi-

            viduos dóciles y útiles.

            a’) Un poder sabio y sutil que doblega voluntades
            b’) Un poder que utiliza fundamentalmente dos tipos de técnicas: distri-

                 bución y saber.
            c’) Un poder que, como todo poder, ha de ejercerse legítimamente
        b) Estudio específico del núcleo del poder domesticador tal como está confi-

            gurado en la legislación penitenciaria española.

            a’) La potestad de tratamiento

            b’) Evolución del tratamiento

            c’) Medios que se pueden emplear
            d’) Contenido: un saber «total» acerca del interno que permite corregir la

                 evaluación hecha por el juez.
            e’) El pronóstico final
        c) Conclusión: en el acoso laboral el acosador ejerce ilegítimamente sobre

            el acosado un poder domesticador.
    B. Ejercicio ilegítimo sobre el acosado de una forma de poder que es el poder

        «domesticador» (II) De cómo la sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo

        Contencioso-Administrativo, sección 7ª) de 10 de febrero de 2005, maneja

        ya este concepto.
        a) Vía administrativa: Procedimiento administrativo sancionador contra

            Magistrado.
            a’) Acuerdo del Pleno del CGPJ sancionando con traslado forzoso a Presi-

                dente de una Sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

                la Audiencia Nacional.
            b’) Hechos que se declaran probados en el acto impugnado
        b) Vía contencioso-administrativa: recurso ante la Sala de lo Contencioso-

            Administrativo del Tribunal Supremo interpuesto por el Magistrado

            sancionado.
            a’) En el FJ 1° de su recurso el Magistrado sancionado alega que la fun-

                 damentación del Acuerdo del CGPJ evidencia la existencia de

                 «mobbing» [sic] ejercido contra él por parte de alguno de los funciona-

                 rios actuantes.
            b’) Análisis que hace la sentencia aquí estudiada del tipo de infracción

                 descrito en el artículo 4 17.9, LOPJ: «La desatención o el retraso in-

                 justificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de pro-

                 cesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias

                 judiciales»
        c) Descripción abreviada que hace la sentencia de la desatención injustifica-

            da y reiterada en el ejercicio de sus competencias procesales en que ha

            incurrido el Magistrado.
    C. Componentes de la conducta del acosador
        a) Ingredientes jurídicos

            a’) Ingrediente necesario: Conducta lesiva para el acosado que éste no

                 tiene el deber de soportar.

            b’) Ingrediente contingente: Desviación de poder
        b) Ingredientes psíquicos: los sentimientos que anidan en el alma del

            acosador.

            a’) El odio
            b’) El narcisismo, enfermedad que no pocas veces aqueja al político,

                puede darse también en los sujetos de cualquier organización, públi-

                ca o privada, y en cualquier nivel de la misma.
            c’) Administración sanitaria y pacientes con personalidad narcisista

                dependiente.
            d’) Referencia adicional a una sentencia que declara la jubilación forzosa

                de una magistrada con trastorno de personalidad asociado a depen-

                dencia alcohólica.
            e’) ¿Jefe autoritario y o personalidad neurótica?
    D) El daño causado
        a) Un daño a la salud psíquica del acosado
        b) Salud psíquica y bienes de la personalidad

            a’) Separación de la personalidad moral de la personalidad física, según

                 la escuela española del Derecho natural.
            b’) La sentencia de la Sala de lo civil del Tribunal Supremo, de 6 de dici-

                 embre de 1912, en la que por primera vez se declara indemnizable

                 el daño moral.
 

IV. La dignidad de la persona humana —otro de los bienes jurídicos lesionados en las situciones de acoso laboral— es de derecho natural, un concepto que, elaborado por Francisco De Vitoria y su escuela, ha renacido a partir de 1945.

1. La dignidad del hombre en un discurso de ingreso en la Acadèmia de Jurisprudència i Legislació de Catalunya, de 22 de mayo de 2008.

2. La dignidad del sintiente humano y la Escuela Española de Derecho Natural y de Gentes.
    A. Digresión previa sobre la existencia y consistencia del Derecho natural
        a) Dos errores de quienes niegan la existencia del Derecho natural
        b) El Derecho natural es ese conjunto de derechos naturalmente poseídos

            por el hombre, entre ellos su propia dignidad, que la comunidad política

            no tiene que conceder sino reconocer como universalmente válidos.
        c) Derechos del hombre, derechos de la persona cívica y derechos del

            obrero.
            a’) Derechos del hombre

            b’) Derechos de la persona cívica

            c’) Derechos del obrero
    B. Vida y obra de Francisco De Vitoria
    C. Los derechos humanos y la dignidad del hombre en Francisco De Vitoria.

 

V. Final

1. Los sistemas conceptuales elaborados por nuestros clásicos son la escuela en la que, quienes hemos venido después, podemos y debemos, con humildad y respeto, aprender a hacer ciencia.

2. Ese respeto al clásico no impide que la teoría general del derecho, tradicionalmente elaborada sobre el derecho privado, haya tenido que ser reelaborada sobre el derecho público en aspectos esenciales.
 

COMPLEMENTARIOS

I. Francisco De Vitoria y el Derecho Internacional
    1. La obra de Francisco De Vitoria, fundador del derecho internacional, cayó en

        el olvido hasta mediados del siglo XIX.
    2. De cómo el maestro Vitoria sostenía que era deseable y posible que las na-

        ciones autónomas, perfectas e independientes se agruparan bajo un poder

        universal libremente aceptado por ellas.
    3. Doctrina de Francisco De Vitoria en relación con la presencia de la Iglesia y

        de la Santa Sede en las cuestiones internacionales.
    4. Doctrina de Francisco De Vitoria sobre la guerra justa

II. Un problema inescindiblemente ligado al concepto vitoriano de derecho natural: ¿Puede entenderse Europa Occidental y, por consiguiente, España y la América Hispana sin el Cristianismo?
 

AL CIERRE
 

Relacionados

¿Quieres conocer las últimas novedades?