DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE SALUD ANTE LA CONTRATACIÓN LABORAL Y EL DESPIDO, LA. Estado de la cuestión tras la Ley 15/2022.
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La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, tiene como objetivo, según se deduce de su artículo 1 y de su exposición de motivos, garantizar y promover el derecho a la igualdad de trato, así como prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación y proteger a las víctimas de tales discriminaciones que se produzcan en cualquier ámbito público y privado.
Se trata, pues, de una ley transversal que pretende establecer un marco general de tutela frente a toda clase de discriminaciones, ya sea en las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos, ya sea en las relaciones entre particulares. Por lo que a la esfera del derecho del trabajo se refiere, el aspecto de la norma que sí parece tener una clara incidencia en el ámbito de las relaciones laborales es la incorporación, expresamente como causa de discriminación, de los siguientes motivos asociados a la salud: la enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos.
Al estudio de los efectos que estas nuevas causas de discriminación pueden tener en la extinción del contrato de trabajo y en el acceso al empleo, se dedica esta obra.