El arrendamiento urbano frente a terceros

La oponibilidad del arrendamiento: los arts. 13, 14 y 29 LAU
Si la Ley Hipotecaria había introducido la posibilidad de que los arrendamientos tuvieran acceso al Registro de la Propiedad, el panorama cambió radicalmente con la aprobación de legislaciones especiales que extendieron el ámbito de oponibilidad del arrendamiento, con la inmediata consecuencia de la desaparición de los libros del Registro de los arrendamientos protegidos. La vigente LAU de 1994, según su propia Exposición de Motivos, intenta potenciar la inscripción de los arrendamientos. Pero la regulación de su articulado pone de manifiesto diversas dificultades que se superponen a las derivadas del régimen de la Ley de 1964. F. de la Puente analiza pormenorizadamente esta problemática y aporta en esta obra sus bien fundamentadas opiniones, basadas en su profundo conocimiento de la materia y en su experiencia profesional como Registrador.
Los arrendamientos sujetos a la Ley de 1964; Los arrendamientos urbanos de vivienda sujetos a la Ley de 1994. Cuestión previa: la duración del contrato; Enajenación de la vivienda arrendada. El art. 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos; La resolución del derecho del arrendador en el contrato de arrendamiento de vivienda. El art. 13.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos; La resolución del derecho del arrendador en el contrato de arrendamiento de vivienda. El art. 13.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y las causas endógenas; El arrendador aparente de vivienda. El art. 13.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos; Breve referencia al derecho de retorno de vivienda; El arrendamiento para uso distinto del de vivienda; Apéndice de Jurisprudencia comentada.

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