ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL ESPAÑOL Y DE SUS HOMÓLOGOS EUROPEOS, LA.
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Puede afirmarse que el CGPJ es una pieza clave en el actual Estado Constitucional español, aunque también es cierto que frecuentemente se ha presentado como una institución afectada por toda clase de polémicas.
Este trabajo estudia la composición y forma de elección, por un lado, de los miembros del CGPJ español, partiendo de la Constitución Española de 1978, analizando también su desarrollo posterior en las diferentes leyes orgánicas que lo han regulado (L.O. 1/1980, de 10 de enero, del Consejo General del Poder Judicial; L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; L.O. 2/2001, de 28 de junio, sobre composición del Consejo General del Poder Judicial, que modificó la LOPJ), y, por otro, de los diferentes Consejos existentes en países próximos al nuestro, como Francia, Italia y Portugal, en los cuales se inspiró el CGPJ, aunque con importantes particularidades.
Siguiendo los esquemas
tradicionales, el examen se ha realizado analizando la legislación existente y
sus diferentes trámites parlamentarios, la Jurisprudencia (la constitucional, de
manera especial) y las opiniones doctrinales vertidas al efecto, incidiendo en
aquellos aspectos que nos han parecido más interesantes y aportando, en su caso,
las soluciones que hemos creído más adecuadas en cuanto a los diferentes
problemas planteados.
CAPÍTULO I
LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL ESPAÑOL Y DE OTROS
ÓRGANOS SIMILARES EN EUROPA
1. LA COMPOSICIÓN MIXTA DEL CGPJ ESPAÑOL
1.1. La composición del CGPJ en la Constitución Española de
1978
1.1.1. Regulación en la Constitución
y su trámite parlamentario
1.1.2. Desarrollo jurisprudencial y
doctrinal
1.2. Regulación de la composición mixta del CGPJ en la Ley
Orgánica 1/1980,
de 10 de enero.
1.2.1. Problemática sobre los
Secretarios judiciales, otros funcionarios y los
Fiscales como miembros del CGPJ
1.3. Los miembros del CGPJ en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Po-
der Judicial.
1.3.1. La reforma planteada por la
LOPJ
1.3.2. Especial referencia a los
Secretarios judiciales y demás personal al
servicio de la Administración de Justicia.
1.3.3. Estado actual de la cuestión
tras la Ley Orgánica 2/2001
1.4. La composición de los diferentes Consejos de la
Magistratura en los paí-
ses de la Unión Europea.
1.4.1. Francia. Regulación del «Conseil
Supérieur de la Magistrature»
1.4.2. Italia. La composición del «Consiglio
Superiore della Magistratura»
1.4.3. Portugal: su «Conselho
Superior da Magistratura»
CAPÍTULO II
LA FORMA DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER
JUDICIAL Y DE SUS HOMÓLOGOS EUROPEOS
1. LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CGPJ EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978
2. LA ELECCIÓN EN LA LEY ORGÁNICA 1/1980, DE
10 DE ENERO, DEL CGPJ
2.1. Especial referencia a la forma de elección de los
miembros de procedencia
judicial.
3. LA ELECCIÓN EN LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE
1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. ANÁLISIS CRÍTICO
3.1. Análisis de su iter parlamentario
3.2. Posición doctrinal sobre el cambio operado con la nueva
regulación conte-
nida en la LOPJ de 1985.
4. LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA
AL RESPECTO
4.1. Análisis de la STC 108/1986, de 28 de julio
4.2. Estudio doctrinal sobre la STC 108/1986, de 28 de julio
5. LA REFORMA OPERADA CON LA LEY ORGÁNICA 2/2001, DE 28 DE JUNIO, SOBRE COMPOSICIÓN DEL CGPJ
6. LA FORMA DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE
DIFERENTES CONSEJOS DE LA MAGISTRATURA EN PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA
6.1. Regulación del «Conseil Supérieur de la Magistrature» en
Francia
6.2. Italia. La elección de los miembros del «Consiglio
Superiore della
Magistratura»
6.3. El «Conselho Superior da Magistratura portugués»
BIBLIOGRAFÍA
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