EVOLUCIÓN DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL, LA.
Este libro recopila los artículos publicados por el autor en el ámbito de la justicia constitucional en los cuatro años que median entre el verano del 2008 y el otoño del 2012. Son todos ellos artículos elaborados y redactados ex novo, aunque en algunos casos, no en todos, desde luego, el autor haya tenido especialmente en cuenta o, en su caso, partido de trabajos precedentes. Hay algunas excepciones, pues el trabajo relativo a la sentencia Marbury v. Madison es completamente nuevo, aunque ya se haya publicado, mientras que el dedicado al caso Fletcher v. Peck ha sido elaborado específicamente para este libro y, por supuesto, se trata de un trabajo inédito.
La parte central de esta obra es la dedicada a los inicios de la judicial review, que se enmarca en una investigación en profundidad sobre la Marshall Court y sus extraordinarias aportaciones al Derecho constitucional norteamericano, lo que es tanto como decir, al Derecho constitucional universal. Esta investigación, que va más allá de lo estrictamente relacionado con la judicial review, se halla en curso y aún requerirá de unos años adicionales.
Hemos optado por referirnos en el título del libro a la evolución de la justicia constitucional, porque creemos que a ese rótulo pueden reconducirse, con mayores o menores matices, las diversas partes que en él abordamos. La judicial review, lejos de ser creada de resultas de la genialidad de un Juez, sin duda genial, valorada globalmente su trayectoria, es fruto inequívoco de un proceso evolutivo que se remonta al siglo XVII inglés y que tiene significados antecedentes en la época colonial. La propia jurisprudencia de la Marshall Court fue dando un desarrollo evolutivo a la Constitución norteamericana a través de los nuevos retos y problemas a los que se debió enfrentar. La contract clause es un ejemplo paradigmático de ello. A su vez, los modelos de la justicia constitucional se nos presentan como esencialmente dinámicos y evolutivos, y es por ello mismo por lo que las categorizaciones con que se les identificaban tradicionalmente han quedado obsoletas, haciéndose inexcusable la búsqueda de nuevas categorías explicativas.
No debe de extrañar de resultas de este proceso evolutivo, de esta actuación siempre de vanguardia por parte de los Tribunales Constitucionales, que hoy pueda decirse de ellos, y el caso del Tribunal español no es una excepción, que han pasado de ser un “legislador negativo”, en la visión que Kelsen tuvo de estos órganos, a actuar como un verdadero legislador positivo …