HABEAS CORPUS FRENTE A DETENCIONES ILEGALES.
La detención es una medida limitativa de derechos que puede resultar legítima según en qué casos y circunstancias. El control sobre los eventuales abusos en la utilización de esta medida o en su ejecución, exige instrumentos expeditivos a disposición de los particulares afectados. Se precisa una rápida reacción de los órganos judiciales para poner fin a privaciones de libertad ilegítimas. Esta es precisamente la finalidad del hábeas corpus, pues se trata de "una garantía procesal específica prevista por la Constitución para la protección del derecho fundamental a la libertad personal" (STC 154/1995). Su cognición limitada no permite, sin embargo, otro control judicial que el relativo a la regularidad o legalidad de la detención, sin más consecuencias que la terminación o modificación de la misma (SSTC 98/1896, 104/1990, 12/1994, 21/1996 y 86/1996).
En estos tiempos y en nuestro
país, el uso del hábeas corpus ha servido para reaccionar contra detenciones
innecesarias, temporalmente excesivas o violatorias de derechos (tales como la
asistencia letrada). Pero es en materia de extranjería (detenciones gubernativas
de extranjeros para su expulsión) donde en mayor medida se hace uso de este
proceso hoy en día.
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