HACIA LA ESTANDARIZACIÓN DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
- Sinopsis
- Índice
La estandarización de la protección de datos personales (Propuesta sobre una tercera vía o tertium genus internacional) es una obra de reflexión y análisis práctico sobre el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, teniendo como eje rector el estándar internacional propuesto y aprobado por 31 autoridades internacionales en noviembre de 2009, también conocido como la Resolución de Madrid.
Tras delimitar con claridad algunos conceptos básicos, tales como privacidad y protección de datos, a la vista de la normativa y jurisprudencia internacional, la obra efectúa un análisis de la normativa europea e internacional relevante en materia de protección de datos, mediante tablas y cuadros comparativos de diferentes instrumentos normativos —la Resolución de Madrid, Directiva 95/46/CE, LOPD, «Acuerdo de Puerto Seguro», Directrices OCDE, Marco de privacidad de APEC, Principios FIPP, entre otros—, intentando extraer en todo momento conceptos clave para un análisis comprehensivo, y llevando a cabo un análisis práctico de la normativa española, así como de su grado de acomodación al estándar internacional propuesto por la mencionada Resolución de Madrid.
En concreto, la obra se divide en tres Capítulos y cinco anexos. El Capítulo primero está dedicado a conceptos y cuestiones generales, que buscan aportar claridad al lector, experto o no, en materia de protección de datos personales, manteniendo en todo momento una orientación totalmente práctica. El Capítulo segundo profundiza en los aspectos que tiene que tener un estándar internacional en protección de datos personales, efectuando a tal fin el mencionado y exhaustivo análisis comparativo de la Resolución de Madrid con las diversas normas nacionales e internacionales. El Capítulo Tercero, finalmente, cierra con unas breves reflexiones y conclusiones.
El libro
está presentado por dos de los máximos representantes de las autoridades
internacionales en protección de datos, la española y la mexicana, como muestra
de la relevancia de la materia en estudio en dos ordenamientos jurídicos que
cuentan con múltiples lazos y que representan, por un lado, La madurez del
modelo europeo y, por el otro, el de un país que comienza su andadura con un
modelo entre dos caminos, el europeo y el estadounidense.
CAPÍTULO I
DE LAS CUESTIONES GENERALES
I. ALGUNAS PRECISIONES INICIALES
1. La denominación de «protección de datos personales» ya
conduce a
confusión.
2. En esta materia se interrelacionan y mezclan muchos
conceptos, como inti-
midad,
vida privada, privacidad y datos personales.
2.1. En cuanto a la intimidad
2.2. Con respecto a la vida privada
2.3. En relación con la privacidad
2.4. En cuanto a los datos personales
3. ¿Qué podemos entender entonces por protección de datos
personales?
4. ¿De qué tipo de derecho hablamos?
5. Algunos límites al derecho
5.1. Privacidad vs. seguridad
5.2. Privacidad vs. libertad
de expresión
5.3. Anonimato vs. oscuridad
5.4. Privacidad vs. acceso a
la información pública
II. UN POCO DE HISTORIA
III. EL CARÁCTER FUNDAMENTAL DEL DERECHO
1. ¿Qué son los derechos fundamentales?
2. El carácter fundamental del derecho a la protección de
datos en España
2.1. La Sentencia del Tribunal
Constitucional 292/2000
2.1.1. Sobre
la preeminencia del derecho a la protección de datos y la
equiparación de regímenes de tratamiento en los sectores público
y privado.
2.1.2. Sobre
el rotundo asentamiento del «derecho fundamental a la pro-
tección de datos»
2.2. La Sentencia del Tribunal
Constitucional 290/2000
2.2.1. Sobre
la naturaleza y funcionamiento de la Agencia Española de
Protección de Datos.
2.2.2. Sobre
el reconocimiento, a través de dos votos particulares, de un
nuevo derecho fundamental «el derecho a la libertad informática»
IV. LA POLÉMICA DE «LOS DOS MODELOS»
CAPÍTULO II
HACIA EL ESTÁNDAR
I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
1. Los códigos tipo, o deontológicos, o de buena conducta o
práctica
profesional.
2. Las cláusulas contractuales tipo
2.1. En concreto, las BCRs (Binding
Corporate Rules)
3. Los Sellos de Confianza
4. Entonces, ¿qué tiene que tener un estándar para ser
denominado como tal?
II. ÁMBITO DE APLICACIÓN
1. El ámbito de aplicación
2. Acuerdo sobre los conceptos y definiciones
2.1. Datos personales
2.2. Tratamiento de datos personales
2.3. Responsable o controlador del
fichero o tratamiento
2.4. Titular de los datos
2.5. Encargado del tratamiento
2.6. Otras definiciones
2.6.1.
Fichero
2.6.2.
Procedimiento de disociación
2.6.3.
Consentimiento del titular
2.6.4.
Fuentes accesibles al público
2.6.5. Otras
III. PRINCIPIOS BÁSICOS DEL TRATAMIENTO
1. Lealtad y legalidad
2. Principio de finalidad
3. Principio de proporcionalidad
4. Calidad de los datos
5. Transparencia
6. Principio de responsabilidad
IV. LEGITIMACIÓN DEL TRATAMIENTO
1. Legitimación
2. Datos sensibles
3. La comunicación de datos
4. La prestación de servicios
4.1. El problema de la
subcontratación
4.2. Especial referencia a la
Instrucción 1/2000
4.3. El Reglamento de la LOPD
4.4. La transferencia internacional
de datos
4.5. El enfoque comunitario de la TID
4.5.1. ¿Cómo
se logra el nivel adecuado de protección?
4.5.2. El
Acuerdo de puerto seguro
4.5.3. En
especial, el Registro de Nombres de Pasajeros (PNR)
4.5.4. Las
cláusulas contractuales tipo
4.5.5. Las
cláusulas corporativas vinculantes (BCR)
4.6. El enfoque nacional de la TID
4.6.1. En la
LOPD
4.6.2. En el
Reglamento de la LOPD
V. LOS DERECHOS
1. El derecho de acceso .
2. Los derechos de rectificación y cancelación
2.1. El derecho de rectificación
2.2. El derecho de cancelación
3. El derecho de oposición
4. Los derechos a indemnización, impugnación de valoraciones
y consulta al
Registro General de Protección de Datos.
4.1. El derecho a indemnización
4.2. El derecho a la impugnación de
valoraciones
4.3. El derecho de consulta al
Registro General de Protección de Datos
VI. LA SEGURIDAD DE LOS DATOS
1. Seguridad
2. Deber de confidencialidad
VII. CUMPLIMIENTO Y SUPERVISIÓN
1. Consideraciones previas
2. Modelos tradicionales de autoridades de protección de
datos
2.1. Instituciones europeas
2.1.1. El
Supervisor Europeo de Protección de Datos
2.1.2. Otros
órganos comunitarios: El grupo del art. 29, la Comisión y
el Comité.
2.2. El modelo europeo (dentro y
fuera de Europa)
2.2.1. Dos
modelos en la práctica: España y Canadá
2.2.1.1. En España
2.2.1.1.1. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
2.2.1.1.2. El Registro General de Protección de Datos (RGPD)
2.2.1.1.3. Las Agencias de ámbito autonómico
2.2.1.1.3.1. El procedimiento en una APD tradicional como la
AEPD.
2.2.1.1.4. El procedimiento de tutela de derechos
2.2.1.1.4.1. El procedimiento sancionador
2.2.1.1.4.2. El recurso a la vía ordinaria
2.2.1.2. En Canadá
2.3. El modelo estadounidense
2.3.1. La Comisión Federal de
Comercio (Federal Trade Commission)
2.3.2. El Departamento de Transporte
2.3.3. Otros organismos sectoriales
3. Un posible modelo internacional basado en mecanismos
alternativos de
resolución de conflictos.
4. Los mecanismos de resolución de conflictos
5. Infracciones y sanciones
VIII. OTROS TEMAS A TENER EN CONSIDERACIÓN
CAPÍTULO III
CONCLUSIONES Y REFLEXIONES FINALES
I. «THIS IS NOT BANANAS WE ARE TALKING ABOUT»
II. MUCHOS CONCEPTOS BÁSICOS Y DIFERENTES APROXIMACIONES HISTÓRICAS, SOCIALES Y CULTURALES SE ENTRELAZAN Y CONFUNDEN.
III. SITUACIÓN INTERNACIONAL
IV. ¿NO HAY YA DEMASIADOS INSTRUMENTOS? ¿PARA QUE OTRO?
V. ELEMENTOS DEL ESTÁNDAR
VI. LA RESPONSABILIDAD EN EL TRATAMIENTO
VII. ¿DE QUÉ TIPO DE MECANISMO HABLAMOS?
VIII. EL CONTROL SOBRE LA APLICACIÓN DEL ESTÁNDAR
IX. ¿EL ESTÁNDAR «HERIRÁ SENSIBILIDADES»?
X. EN DEFINITIVA, ¿ES FACTIBLE EL ESTÁNDAR?
ANEXOS
ANEXO I
Estándares internacionales sobre protección de datos personales y privacidad. Resolución de Madrid.
Presentación
Propuesta conjunta para la redacción de estándares internacionales para la protección de la privacidad en relación con el tratamiento de datos de carácter personal.
Resolución sobre estándares internacionales de
privacidad
ANEXO II
Análisis comparativo internacional
ANEXO III
Legislaciones en privacidad en Canadá a nivel
federal y local
ANEXO IV
Análisis de las distintas legislaciones en
privacidad en Estados Unidos
ANEXO V
Análisis comparado de los puntos más
sustanciales de las leyes de arbitraje UNCITRAL y española
REFERENCIAS NORMATIVAS
I. INTERNACIONAL
II. ESPAÑA
REFERENCIAS JURISPRUDENCIALES
I. INTERNACIONAL
II. UNIÓN EUROPEA
II. ESPAÑA
BIBLIOGRAFÍA