IMPOSIBLE PROTECCIÓN DE LOS SENTIMIENTOS OFENDIDOS, LA. Marco constitucional para futuras decisiones legislativas sobre los sentimientos religiosos.
Autor:
NARANJO DE LA CRUZ, RAFAEL
Editorial:
Marcial Pons
Páginas:
173
Edición:
1
Fecha de publicación:
10/12/2021
ISBN:
9788413813004
18,05€
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La Constitución no protege ni los sentimientos religiosos ni los dogmas, creencias o símbolos de tal naturaleza. Por este motivo, el legislador no puede prohibir ni sancionar, en modo alguno, la mera ofensa a dichos elementos de la vida social. La única función del Estado en este terreno es garantizar la libertad de la persona de creer o no creer, y de actuar conforme a sus creencias. Salvo en los supuestos de incitación al odio, a la violencia o a la discriminación por razones religiosas, esta libertad se mantiene intacta a pesar de la ofensa, por lo que los poderes públicos no están legitimados para intervenir en el debate abierto en torno a estas cuestiones.
La aspiración a un tratamiento distinto, frente al ejercicio de la libertad de expresión, de los sentimientos y de las creencias religiosas respecto del que mereciera recibir cualquier otro tipo de sentimientos o creencias solo se explica como un residuo, no suficientemente identificado, de la confesionalidad del Estado o de una concepción de la vida construida en torno a la religión. Ambas posiciones son incompatibles con la previsión en nuestra Constitución de un Estado neutral ante el fenómeno religioso y respetuoso con la libertad de las personas.
Para sostener esta tesis, se estudia en esta monografía la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la materia y su valor en nuestro ordenamiento jurídico; se analiza el (escaso, hasta la fecha) tratamiento de la cuestión por nuestro Tribunal Constitucional y son abordados críticamente los diferentes argumentos utilizados, tanto por este como por la doctrina científica, para justificar la existencia de la norma sancionadora de dicha ofensa.