LIBERTAD IDEOLÓGICA ANTE LOS ORÍGENES DE LA VIDA Y LA CLONACIÓN EN EL MARCO DE LA U.E., LA.
- Sinopsis
- Índice
CAPÍTULO I
LOS ORÍGENES DE LA VIDA HUMANA Y LA CLONACIÓN
A. Tesis y consideraciones éticas, biológicas e
ideológicas sobre los orígenes de la vida. El estatuto moral del embrión.
1. Tesis filosóficas y biológicas sobre los orígenes de la
vida.
a) Teoría de la fecundación.
b) Teoría de la anidación.
c) Teoría de la aparición de la
cresta cerebral.
2. La posición de las confesiones religiosas con notorio
arraigo en Europa ante
los
orígenes de la vida.
a) Iglesia católica.
b) Iglesias evangélicas.
c) Judaísmo.
d) Tradiciones ideológicas islámicas.
B. La clonación.
1. Técnicas y finalidades de la clonación
2. Los hitos científicos más revelantes de la historia de la
clonación
a) Orígenes de la clonación.
b) El inicio de una nueva Era: la «Revolución
Biotecnológica».
c) Luces y
sombras de la historia de la clonación de células humanas.
3. La posición de las confesiones religiosas con notorio
arraigo en Europa ante
la
clonación.
a) Iglesia católica.
b) Iglesias evangélicas.
c) Judaísmo.
d) Tradiciones ideológicas islámicas.
CAPÍTULO II
LA LIBERTAD IDEOLÓGICA ANTE LOS ORÍGENES DE LA VIDA Y LA CLONACIÓN.
A. La libertad ideológica ante los orígenes de la
vida. El estatuto jurídico del embrión.
1. La libertad ideológica.
a) Ideología o conciencia.
b) La ideología o conciencia como
fundamento del derecho de la libertad
ideológica.
2. La dimensión nacional de la libertad ideológica. La
cuestión de la moral pú-
blica y su incidencia en la regulación jurídica de los orígenes de la vida.
B. La libertad ideológica ante la clonación.
1. Dignidad humana y libertad ideológica.
a) La interrelación entre la dignidad
humana y la libertad ideológica.
b) Repercusión de la clonación sobre
la dignidad humana desde la perspec-
tiva de la libertad ideológica.
2. La libertad ideológica ante clonación reproductiva de
seres humanos. El de-
recho a
la identidad personal.
a) La identidad genética como prius
biológico de la identidad personal y su
proyección sobre la libertad ideológica.
b) Incidencia de la clonación sobre
la identidad del clon humano desde la
perspectiva de la libertad ideológica.
3. La libertad ideológica ante la clonación terapéutica de
células humanas. El
derecho
a la protección de la salud.
a) El derecho a la protección de la
salud como una manifestación de la liber-
tad ideológica.
I. El derecho
a la salvaguarda de la integridad e intangibilidad de la salud
II. El
derecho a decidir sobre la propia salud.
III. El
derecho al establecimiento de un sistema público de tutela de la
salud.
b) Clonación terapéutica y otras
técnicas de experimentación científica con
células humanas.
c) Repercusión de la clonación
terapéutica sobre el derecho a la protección
de la salud de las personas.
C. La objeción de conciencia a la práctica de la clonación.
CAPÍTULO III
LA UNIÓN EUROPEA ANTE LOS ORÍGENES DE LA VIDA Y LA CLONACIÓN
A. La Unión Europea ante las nuevas biotecnologías.
B. Libertad ideológica y moral pública europea.
C. Influencia de la moral pública europea en la regulación jurídica de los orígenes de la vida y de la clonación.
D. Regulación jurídica de los orígenes de la vida
y de la clonación en la Unión Europea.
1. Los orígenes de la vida.
2. La clonación.
CAPÍTULO IV
LOS ESTADOS DE LA UNIÓN EUROPEA QUE PROHÍBEN LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
CON EMBRIONES
A. Los Estados de la Unión Europea ante los orígenes de la vida y la clonación
B. La Libertad ideológica ante los orígenes de la
vida y la clonación en los países que prohíben la investigación científica con
embriones.
1. La libertad ideológica ante los orígenes de la vida y la
clonación en Alema-
nia e
Italia.
a) Libertad ideológica y moral
pública.
I. En el
modelo alemán.
II. En el
modelo italiano.
b) Influencia de la moral pública en
la regulación jurídica de los orígenes de
la vida y de la clonación.
I. En el
modelo alemán.
II. En el
modelo italiano.
C. Regulación jurídica de los orígenes de la vida
y de la clonación en Alemania e Italia.
1. En el modelo alemán.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
2. En el modelo italiano.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
D. El estado de la cuestión en el resto de los
países de la Unión Europea que prohíben la investigación científica con
embriones.
1. Libertad ideológica y moral pública.
2. Regulación jurídica de los orígenes de la vida y de la
clonación.
a) Los orígenes de la vida.
b) Regulación jurídica de la
clonación.
CAPÍTULO V
LOS ESTADOS DE LA UNIÓN EUROPEA QUE AUTORIZAN LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
CON EMBRIONES
A. La libertad ideológica ante los orígenes de la
vida y la clonación en Francia e Inglaterra.
1. Libertad ideológica y moral pública.
a) En el modelo francés.
b) En el modelo inglés.
2. Influencia del contenido de la moral pública en la
regulación jurídica de los
orígenes de la vida y de la clonación.
a) En el modelo francés.
b) En el modelo inglés.
B. Regulación jurídica de los orígenes de la vida
y de la clonación en Francia e Inglaterra.
1. En el modelo francés.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
2. En el modelo inglés.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
C. El estado de la cuestión en el resto de los
países de la Unión Europea que autorizan la investigación científica con
embriones
1. Libertad ideológica y moral pública.
2. Regulación jurídica de los orígenes de la vida y de la
clonación.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
CAPÍTULO VI
LOS ESTADOS DE LA UNIÓN EUROPEA QUE HAN LEGALIZADO LA CLONACIÓN
TERAPÉUTICA DE CÉLULAS HUMANAS
A. La libertad ideológica ante los orígenes de la
vida y la clonación en Holanda y Suecia.
1. Libertad ideológica y moral pública.
a) En el modelo holandés.
b) En el modelo sueco.
2. Incidencia de la moral pública en la regulación de los
orígenes de la vida y
de la
clonación.
a) En el modelo holandés.
b) En el modelo sueco
B. Regulación jurídica de los orígenes de la vida
y de la clonación.
1. En el modelo holandés.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
2. En el modelo sueco.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
C. El estado de la cuestión en el resto de los
países de la Unión Europea que han legalizado la clonación terapéutica de
células humanas.
1. Libertad ideológica y moral pública.
2. Regulación jurídica de los orígenes de la vida y de la
clonación.
a) Los orígenes de la vida.
b) La clonación.
CONCLUSIONES.
BIBLIOGRAFÍA.
INFORMES Y DECLARACIONES