MANUAL DE VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL. Guía de aplicación del Sistema de Baremación para accidentes de circulación. (Incluye CD con programa de cálculo de indemnizaciones)

Autor:
LÓPEZ Y GARCÍA DE LA SERRANA, J. (DIR.)
Editorial:
Aranzadi
Páginas:
634
Edición:
2
Fecha de publicación:
27/03/2013
ISBN:
9788490145173
133,01
Entrega en 48/72 horas

    "Este libro es, al propio tiempo, un eficaz instrumento de trabajo y un poderoso estímulo para la reflexión. Que es un instrumento de trabajo eficaz se desprende ya del subtítulo que orienta sobre su contenido: Guía de aplicación del Sistema de Baremación para accidentes de circulación. Una guía, ciertamente, rigurosa y amplia. La colaboración en la obra de autores prestigiosos de distintas procedencias y cometidos profesionales, profesores de Universidad, abogados y médicos, permite, en efecto, un tratamiento completo y equilibrado de la materia.

    Destaca el estudio de los principios técnico-jurídicos que es necesario conocer para orientarse en la aplicación del sistema para la valoración del daño corporal derivado de accidentes de circulación, el cual, aunque es usualmente denominado baremo, según ha expresado acertadamente Mariano Medina, uno de los autores que colaboran en esta obra, más que un baremo, o un sistema de baremos, es un sistema con baremos. Se engaña quien crea que una aplicación automática —si se me permite: ciega, ajurídica— del sistema agota su virtualidad práctica: la aplicación de principios y técnicas generales del Derecho, a la luz, en ocasiones, de su toma en consideración en el Derecho comparado, nos sorprende cada vez más en materia de valoración del daño corporal por las ricas virtualidades que envuelve. El trabajo de López García de la Serrana sobre el lucro cesante es suficientemente expresivo de esta idea.

    Pero esta obra es también un poderoso instrumento de reflexión. Hoy nadie duda acerca de la trascendencia del sistema de valoración. Nadie discute la actualidad práctica de la cuestión para la ciudadanía, respecto de la cual el Derecho de daños constituye una de las manifestaciones más evidentes de la popularización del Derecho civil, pero tampoco la impensable profundidad técnica que ha adquirido, la cual ha dado lugar desde el primer momento a intensas, vacilantes y contradictorias intervenciones jurisprudenciales y ha obligado a pronunciarse sobre la materia al propio Tribunal Constitucional, que tampoco ha logrado una explicación acabada del sistema".

(Del PRÓLOGO a la 1ª edición, de Juan Antonio Xiol Ríos, Presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo)

 


    Con el programa de valoración del daño corporal (incluido en el CD que acompaña a la obra), el Baremo de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor se hace mucho más fácil y cómodo de aplicar.

    El programa prevé la posibilidad de realizar el cálculo conforme a las tablas del año del accidente o las del año actual, actualizándose éstas cada año automáticamente al introducir el IPC anual.

    Ya no es necesario saberse todos los factores correctores de baremo, puesto que el programa los va a recordar uno a uno. Igualmente ya no es necesario saber dónde se encuentra cada secuela, pues al introducir el nombre de la misma, o una parte de dicho nombre, el programa localiza todas las secuelas con ese nombre o similares.

    Por último, el programa genera un informe del cálculo efectuado, que puede ser impreso o exportable a cualquier procesador de textos. Es un programa hecho por letrados especialistas en la materia, con la experiencia acumulada durante los quince años de aplicación del baremo.

 


CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN AL DERECHO DE DAÑOS
JUAN MIGUEL OSSORIO SERRANO
Catedrático de Derecho Civil. Universidad de Granada

I. Introducción general. La función de la responsabilidad civil
    1. Idea preliminar: la responsabilidad civil extracontractual es fuente de

        obligaciones.
    2. Responsabilidad penal y responsabilidad civil. La responsabilidad civil en

        el proceso penal.
    3. Responsabilidad contractual y responsabilidad extracontractual o aquiliana

II. Fundamento y sistemas de la responsabilidad civil extracontractual
    1. Criterios de imputación de la responsabilidad
        1.1. Sistema de responsabilidad civil subjetiva o por culpa
        1.2. Sistema de responsabilidad civil objetiva o por riesgo
    2. Sistema del Código Civil español en relación a los daños causados por

        actos propios: la culpa del causante del daño ex art. 1902.
        2.1. La «culpa» del causante del daño
        2.2. El necesario juicio de previsibilidad, imprescindible para imputar la

               responsabilidad.
        2.3. La objetivación jurisprudencial de la responsabilidad por culpa
    3. Modernas tendencias legislativas: hacia un sistema de responsabilidad ob-

        jetiva o sin culpa.
    4. El seguro de responsabilidad civil

        4.1. Generalidades. Función que desempeña en el moderno Derecho de

               daños.
        4.2. Las partes del contrato
        4.3. La acción directa del perjudicado contra el asegurador. El controvertido

               art. 76 de la Ley de Contrato de Seguro.

III. Algunas cuestiones de interés en torno al sistema de responsabilidad subjetiva o por culpa del art. 1902 del Código Civil
    1. La conducta del agente causante del daño
        1.1. Una acción u omisión humana
        1.2. Algunas causas de posible exoneración de responsabilidad
        1.3. Acerca de la licitud de un posible pacto de exclusión de

               responsabilidad.
    2. La cuestión de la antjuridicidad en la conducta del agente causante del daño
        2.1. La injusticia del daño ocasionado. El principio genérico «alterum non

               laedere»
    3. La relación de causalidad
        3.1. En general
        3.2. El problema de los supuestos con pluralidad de causas. Referencia a

              algunas de las teorías más significativas en orden a determinar cuál de

              ellas ha sido la que ha tenido especial relevancia en la causación del

              daño.
        3.3. El criterio de nuestro Tribunal Supremo al respecto
        3.4. La interrupción del nexo causal: caso fortuito o fuerza mayor, acto de

               un tercero y culpa exclusiva de la víctima.
    4. Referencia a ciertos aspectos de interés en torno a los sujetos intervinientes
        4.1. La responsabilidad civil de las personas jurídicas
        4.2. Daños causados por una pluralidad de personas
        4.3. Daños ocasionados por miembro indeterminado de un grupo
 

CAPÍTULO II
IMPORTANCIA Y MANIFESTACIONES ACTUALES DEL DAÑO EN EL RÉGIMEN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ MARÍN
Profesora Titular de Derecho Civil. Universidad de Granada

I. El daño como presupuesto necesario de la responsabilidad civil extracontractual
    1. El concepto de daño y teorías sobre el mismo
    2. Características del daño
        2.1. Certeza del daño: ¿Absoluta o relativa?
        2.2. Pérdida de oportunidad
        2.3. Daño directo y personal
        2.4. La licitud del daño
    3. Clases de daños
        3.1. Daños Patrimoniales: El daño emergente y el lucro cesante
        3.2. Daños Extramatrimoniales: El Daño Moral
            3.2.1. Daño Moral al Honor, Intimidad y Propia Imagen
            3.2.2. Daño Moral por la utilización de productos defectuosos
            3.2.3. Daño Moral en la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros

                     Privados.
            3.2.4. Daño Moral a la Persona Jurídica
            3.2.5. La instrumentalización del Daño Moral
    4. Daños corporales
        4.1. El Daño corporal y el concepto de incapacidad temporal o permanente:

               Los Daños duraderos, sobrevenidos y continuados.
        4.2. Consecuencias del Daño corporal: pecuniarias y no pecuniarias
        4.3. Daños por «rebote»
    5. Otros daños no patrimoniales a la salud y seguridad de las personas.
        5.1. Daños en el ámbito de la medicina asistencial
        5.2. Las «Wrongful Actions» en materia de responsabilidad médica
        5.3. Daños en el ámbito de la medicina satisfactiva o no curativa
        5.4. Daños causados en la prestación de servicios asistenciales y trabajo

              social.

II. La reparación del daño Vías de reparación: por convenio o a través de una acción judicial

    1. Vías de reparación: por convenio o a través de una acción judicial
    2. Formas de reparación: reparación específica y reparación pecuniaria. La

        llamada deuda indemnizatoria.
        2.1. Principio de la reparación integral del daño
        2.2. Compensación de lucros y daños
        2.3. El «Quantum» Indemnizatorio: ¿Deudas de valor o de dinero
    3. Plazos para el ejercicio de la acción de reparación y otros momentos

        procesales.
 

CAPÍTULO III
LOS PRINCIPIOS INSTITUCIONALES DE LA VALORACIÓN DEL DAÑO Y SU DISCUTIDO ACOGIMIENTO EN EL SISTEMA DE LA LEY 30/1995
MARIANO MEDINA CRESPO
Abogado. Doctor en Derecho. Presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro. Miembro del Comité de Expertos para la propuesta de reforma del sistema valorativo de la Ley 30/1995.

I. Observaciones previas: Un estudio construido con diversas perspectivas

II. Planteamiento general
    1. El enunciado de los principios institucionales: Integridad, integración y favo-

        recimiento del perjudicado. Su caracterización normativa y su articulación

        funcional.
    2. Los principios estructurales de la integridad y de la integración
    3. El principio tendencial «pro damnato»
    4. Conexión de los principios estructurales con la Resolución 75/7 del Consejo

        de Europa y el valor normativo de ésta.
    5. La insuficiente previsión de los principios en la aportación doctrinal de los

        Principios de Derecho Europeo de la Responsabilidad Civil.
    6. Los mandatos principales de la Orden comunicada de los Ministerios de Eco-

        nomía y de Justicia de 12 de julio de 2011, sobre la constitución de una

        Comisión de Expertos para elaborar una propuesta de reforma del sistema

        valorativo de la Ley 30/1995.

III. El principio de la integridad reparatoria («integritas»)
    1. Su consistencia y su signficación finalista
    2. Su afirmación y la superación de las tesis refractarias
    3. Su ambigüedad como ideal (normativo) y como realidad (normativa)
    4. Su reconocimiento histórico
    5. Su dudosa constitucionalidad y su rango normativo
    6. Su indeterminación
    7. Su extensión
    8. Su vulneración
    9. La parcialidad resarcitoria como excepción necesitada de justificación
  10. La variable extensión de la responsabilidad civil, según que sea dolosa,

        culposa o fortuita.
  11. El acomodo del sistema legal valorativo a la integridad reparatoria o a la

        excepción de la parcialidad.

IV. El principio de la integración reparatoria («vertebratio»)
    1. Su consistencia y su signficación instrumental
    2. Su desconocimiento tradicional y el imperio de la globalidad
    3. El acomodo o no del sistema legal valorativo al principio integrador
    4. El genuino sentido de la globalidad indemnizatoria

V. El subprincipio valorista («hodiernitas»)
    1. Su consistencia y su falta de autonomía
    2. Su tardío reconocimiento doctrinal y jurisprudencial
    3. Las deficiencias del valorismo judicial
    4. Valorismo e intereses moratorios: La necesidad de su coordinación

        articulada.
    5. El neonominalismo de la sala 1ª del Tribunal Supremo
    6. La insuficiencia técnica de la ulterior justificación doctrinal del neonominalis-

        mo jurisprudencial y sus consecuencias prácticas.

VI. Reflexiones básicas sobre la legalidad valorativa y la doctrina constitucional que la revisa, con la vista puesta en el principio de integridad reparatoria.
    1. Nociones generales
    2. La doctrina constitucional relativa al sistema legal valorativo
    3. El valor jurisdiccional de la jurisprudencia constitucional

VII. El rango normativo de la básica dualidad perjudicial y sus tres niveles de concreción (teoría del doble trípode)
    1. La individualización perjudicial como presupuesto de la personalización

        indemnizatoria.
    2. El orden axiológico de los dos conceptos perjudiciales básicos
    3. La discriminación de los tres niveles de la individualización perjudicial
    4. El diseño de la doble tabla
    5. Las correspondencias intratabulares
    6. La recepción normativa de la teoría expresada

VIII. La integridad reparatoria en el sistema legal valorativo
    1. La discusión previa sobre la pertinencia de que el principio de integridad se

        consagre legalmente.
    2. La norma fundante del sistema: El art. 1.2 de la LRCSCVM
    3. El inciso primero de la regla general 7ª del apartado primero del Sistema
    4. El inciso segundo y la consagración explícita del principio
    5. La fórmula legal del «además» y su cabal sentido
    6. La Resolución actualizadora de 1997 y su guiño explícito sobre la pondera-

        bilidad de las circunstancias excepcionales de índole dañosa.
    7. La doctrina constitucional sobre la ponderación de la perjudicialidad

        excepcional.
    8. La doctrina jurisprudencial de la parcialidad resarcitoria mejorable
    9. El acomodo del sistema a la integridad reparatoria y su aplicación fuera

        del tránsito motorizado.
  10. El acomodo del sistema a la parcialidad resarcitoria y la impertinencia de

        aplicarlo fuera del tránsito motorizado.

IX. Manifestaciones concretas de la virtualidad normativa de los principios y su negación judicial
    1. Interpretación «pro vertebratione» de las reglas del sistema legal
    2. Interpretación «pro restitutione in integrum» de las reglas del sistema legal
    3. Manifestaciones concretas de que el sistema legal se sustrae «secundum

        iudices» al principio de la reparación total.
 

CAPÍTULO V
INTRODUCCIÓN AL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN, REGULADO EN EL ANEXO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR.
LAURA GÁZQUEZ SERRANO
Profesora Titular de Derecho Civil. Facultad de Derecho. Universidad de Granada

I. Introducción

II. Concepto de daño corporal

III. Sistemas de valoración del daño corporal

IV. El sistema vinculante en la valoración del daño corporal
    1. La Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los

        seguros privados.
    2. La respuesta de los órganos judiciales ante el sistema legal vinculante:

        la postura del Tribunal Constitucional.
    3. La doctrina del Tribunal Constitucional

V. Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, regulado en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor aprobado por RDLeg 8/2004.

VI. Críticas al sistema de baremos vinculante
 

CAPÍTULO V
ANÁLISIS DESGLOSADO DE LOS CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD Y LA INDEMNIZACIÓN, ASÍ COMO SOMERO ESBOZO EXPOSITIVO DE LA EXPLICACIÓN DEL SISTEMA.
ANTONIO OLIVARES ESPIGARES
Abogado

I. Criterios para la determinación de la responsabilidad y la indemnización
    1. Este sistema se aplicará a la valoración de todos los daños y perjuicios a

        las personas ocasionados en accidente de circulación, salvo que sean con-

        secuencia de delito doloso.
    2. Se equiparará a la culpa de la víctima el supuesto en que, siendo ésta

        inimputable, el accidente sea debido a su conducta o concurra con ella a la

        producción de éste.
    3. A los efectos de la aplicación de las tablas, la edad de la víctima y de los

        perjudicados y beneficiarios será la referida a la fecha del accidente.
    4. Tienen la condición de perjudicados, en caso de fallecimiento de la víctima,

        las personas enumeradas en la tabla I y, en los restantes supuestos, la

        víctima del accidente.
    5. Darán lugar a indemnización la muerte, las lesiones permanentes, invali-

        dantes o no, y las incapacidades temporales.
    6. Además de las indemnizaciones fijadas con arreglo a las tablas, se satis-

        farán en todo caso los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hos-

        pitalaria en la cuantía necesaria hasta la sanación o consolidación de se-

        cuelas, siempre que el gasto esté debidamente justificado atendiendo a la

        naturaleza de la asistencia prestada. En las indemnizaciones por falleci-

        miento se satisfarán los gastos de entierro y funeral según los usos y cos-

        tumbres del lugar donde se preste el servicio, en la cuantía que se

        justifique.
    7. La cuantía de la indemnización por daños morales es igual para todas las

        víctimas, y la indemnización por los daños psicofísicos se entiende en su

        acepción integral de respeto o restauración del derecho a la salud. Para

        asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios causados, se tie-

        nen en cuenta, además, las circunstancias económicas, incluidas las que

        afectan a la capacidad de trabajo y pérdida de ingresos de la víctima, las

        circunstancias familiares y personales y la posible existencia de circunstan-

        cias excepcionales que puedan servir para la exacta valoración del daño

        causado. Son elementos correctores de disminución en todas las indem-

        nizaciones, incluso en los gastos de asistencia médica y hospitalaria y de

        entierro y funeral, la concurrencia de la propia víctima en la producción del

        accidente o en la agravación de sus consecuencias y, además, en las in-

        demnizaciones por lesiones permanentes, la subsistencia de incapacidades

        preexistentes o ajenas al accidente que hayan influido en el resultado

        lesivo final; y son elementos correctores de agravación en las indemnizacio-

        nes por lesiones permanentes la producción de invalideces concurrentes y,

        en su caso, la subsistencia de incapacidades preexistentes.
    8. En cualquier momento podrá convenirse o acordarse judicialmente la susti-

        tución total o parcial de la indemnización fijada por la constitución de una

        renta vitalicia en favor del perjudicado.
    9. La indemnización o la renta vitalicia sólo podrán ser modificadas por altera-

        ciones sustanciales en las circunstancias que determinaron la fijación de

        aquéllas o por la aparición de daños sobrevenidos.

  10. Anualmente, con efectos de 1 de enero de cada año y a partir del año si-

        guiente a la entrada en vigor de este texto refundido, deberán actualizarse

        las cuantías indemnizatorias fijadas en este anexo y, en su defecto,

        quedarán automáticamente actualizadas en el porcentaje del índice general

        de precios de consumo correspondiente al año natural inmediatamente an-

        terior. En este último caso y para facilitar su conocimiento y aplicación, se

        harán públicas dichas actualizaciones por resolución de la Dirección General

        de Seguros y Fondos de Pensiones.
  11. En la determinación y concreción de las lesiones permanentes y las incapa-

        cidades temporales, así como en la sanidad del perjudicado, será preciso

        informe médico.

II. Explicación del sistema
    1. Indemnizaciones por muerte (tablas I y II)
    2. Indemnizaciones por lesiones permanentes (tablas III, IV y VI)
    3. Indemnizaciones por incapacidades temporales (tabla V)
 

CAPÍTULO VI
VALORACIÓN DEL DAÑO POR FALLECIMIENTO
JOSÉ MARÍA HERNÁNDEZ-CARRILLO FUENTES
Presidente del Grupo de Derecho de la Circulación y Seguro del Ilustre Colegio de Abogados de Granada

I. Introducción

II. Principios que se infieren de la tabla I

III. El daño por muerte, la imputación de la responsabilidad civil y su aseguramiento

IV. El seguro obligatorio de responsabilidad civil automovilística y la exclusión de cobertura de los daños corporales sufridos por el conductor

V. Tabla I. Análisis por grupos
    1. Perjuicio del cónyuge (grupo I)
        1.1. Uniones de derecho y de hecho
        1.2. Desuniones de hecho y de derecho
        1.3. La reconciliación conyugal
        1.4. Las uniones homosexuales
        1.5. La Unión de hecho y los padres de la víctima
        1.6. La concurrencia de cónyuges y asimilados
    2. El perjuicio de los hijos (Grupos I, II y III)
        2.1. El perjuicio principal de los hijos de edad menor y el secundario de los

              hijos de edad mayor (Grupo II)
        2.2. El perjuicio principal de los hijos de edad intermedia y el secundario de

              los de edad superior (Grupo III.1)
        2.3. El perjuicio principal de los hijos de edad superior (Grupo III.2)
        2.4. El perjuicio principal del hijo de víctima separada legalmente (Grupos

              II y III.1)
        2.5. El perjuicio secundario de los hijos de víctima que deja cónyuge

              (Grupo I)
    3. El perjuicio de los ascendientes Grupos 1, II, IIIy IV
        3.1. El perjuicio principal de los padres de víctimas sin cónyuge ni hijos

               (Grupo IV)
        3.2. El perjuicio principal de los abuelos
        3.3. El perjuicio secundario de los padres (Grupos I, II y III)
        3.4. El perjuicio secundario de los abuelos
    4. El perjuicio de los hermanos (Grupos I, II, III, IV y V)
        4.1. El perjuicio principal de los hermanos de edad menor e intermedia

              (Grupo V.1)
        4.2. El perjuicio principal de los hermanos de edad superior (Grupo V.2)
        4.3. El perjuicio secundario de los hermanos (Grupos I, II, III y IV)
            4.3.1. El perjuicio secundario del hermano menor huérfano y dependien-

                     te (Grupos I, II y III)
            4.3.2. El perjuicio secundario del hermano menor de la víctima sin cón-

                     yuge ni hijos pero con ascendientes (Grupo IV)
            4.3.3. El perjuicio secundario del hermano de víctima sin cónyuge ni hijos

                     ni ascendientes (Grupo V.1)
    5. Los parientes atípicos y los perjudicados sin parentesco
        5.1. El perjuicio de los hijastros
        5.2. El perjuicio de los nietos
        5.3. El perjuicio de los primos, tíos y sobrinos
        5.4. El perjuicio de la novia, novio o prometido
        5.5. El perjuicio de los hermanos mayores (innominados en alguno de los

               grupos previos al V)
        5.6. El perjuicio de una congregación religiosa
 

CAPÍTULO VII
FACTORES DE CORRECCIÓN PARA LAS INDEMNIZACIONES BÁSICAS POR MUERTE
JOSÉ MARÍA HERNÁNDEZ-CARRILLO FUENTES
Presidente del Grupo de Derecho de la Circulación y Seguro del Ilustre Colegio de Abogados de Granada

I. Tabla II. Factores de corrección
    1. Factor corrector por perjuicios económicos
    2. El factor corrector del perjudicado con acusada discapacidad
        2.1. Base sobre la que se aplica
        2.2. Concepto de acusada discapacidad y su preexistencia
    3. El factor corrector de la víctima hijo único
        3.1. Fallecimiento conjunto de los diversos hijos
    4. El factor corrector por el fallecimiento de ambos padres
        4.1. Conmoriencia y postmoriencia
    5. El factor corrector por víctima embarazada con pérdida de feto a consecuen-

        cia del accidente.
    6. Los factores de corrección disminuidora
        6.1. Consideración del estado patológico previo de la víctima
        6.2. Las circunstancias excepcionales
        6.3. El fallecimiento causado por quien además, es perjudicado
 

CAPÍTULO VIII
INDEMNIZACIONES POR LESIONES PERMANENTES
Mª CARMEN RUIZ-MATAS ROLDÁN
Abogada. Subdirectora de la Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en RC y Seguro. Secretaria del Grupo de Derecho de la Circulación y Seguro del Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

I. Introducción

II. Funcionamiento de la Tabla III

III. El daño indemnizado en la Tabla III

IV. Problemas suscitados en la práctica judicial a raíz de la aplicación de las Tablas III y IV
    1. La indemnización del daño moral con independencia al valor asignado a la

        secuela.
    2. La puntuación de las secuelas en el informe forense
    3. Valoración del informe médico particular
    4. La regla de la Ponderación de las secuelas concurrentes
    5. La integración por analogía de las secuelas no recogidas en el sistema legal

        de valoración.
 

CAPÍTULO IX
FACTORES DE CORRECCIÓN PARA LAS INDEMNIZACIONES BÁSICAS POR LESIONES PERMANENTES
Mª CARMEN RUIZ-MATAS ROLDÁN

Abogada. Subdirectora de la Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en RC y Seguro. Secretaria del Grupo de Derecho de la Circulación y Seguro del ilustre Colegio de Abogados de Granada.

I. Introducción

II. Descripción de los distintos factores de corrección
    1. El factor de corrección por Pí’-’duicios económicos
    2. El factor de corrección por daños morales complementarios
    3. El factor de corrección por incapacidad permanente
    4. El factor de corrección de grandes inválidos
        4.1. Ayuda de una tercera persona
        4.2. Adecuación de la vivienda
        4.3. Los perjuicios morales a familiares
    5. El factor de corrección por pérdida de feto a consecuencia de accidente
    6. Elementos correctores del apartado primero.7 del anexo
    7. La adecuación del vehículo propio
 

CAPÍTULO X
INDEMNIZACIONES POR LESIONES TEMPORALES Y FACTORES DE CORRECCIÓN
ANTONIO MIR RUIZ
Abogado

I. Introducción

II. Indemnización básica. Conceptos
    1. Durante la estancia hospitalaria (días de hospitalización)
    2. Sin estancia hospitalaria
        2.1. Impeditivo
        2.2. No Impeditivo

III. Factores de corrección

IV. Especial consideración a la Sentencia 180/2000, del Pleno de Tribunal Constitucional, de 29 de junio
 

CAPÍTULO XI
CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE SECUELAS
NORBERTO GALLARDO SAN SALVADOR
Médico especialista en Medicina del Trabajo. Master en Valoración del Daño Corporal e Incapacidades Laborales. Universidad de Granada.

I. Proceso evolutivo
    1. Mecanismo de producción de un accidente
    2. Lesión inicial
    3. Evolución documentada
    4. concepto de secuela

II. Valoración de las secuelas
    1. criterios generales objetivos para todas las secuelas
    2. Criterios específicos objetivos para cada secuela
        2.1. Síndrome postraumático cervical
        2.2. Algia postraumática vertebral
        2.3. Hernia discal
    2.4. Fracturas vertebrales
    2.5. Secuelas de los miembros superiores e inferiores
        2.5.1. Artrosis postraumática y/o algia (dolor)
        2.5.2. Secuelas de dolor (algia)
        2.5.3. Agravación de una artrosis previa
        2.5.4. Síndrome residual post-algodistrofia
        2.5.5. Material de osteosíntesis
        2.5.6. Amputación
    2.6. Sistema nervioso periférico: parálisis y paresias. Parestesias
        2.6.1. Parálisis y paresias
        2.6.2. Parestesias
        2.6.3. Paraparesia o monoparesia
    2.7. Perjuicio estético

III. Concurrencia de la propia víctima en las consecuencias finales
 

CAPÍTULO XII
EL LUCRO CESANTE EN RELACIÓN AL DAÑO CORPORAL

JAVIER LÓPEZ Y GARCÍA DE LA SERRANA
Abogado. Doctor en Derecho. Secretario General de la Asociación Española de Abogados Especializados en RC y Seguro

I. Una primera aproximación: Conceptos integrantes del daño

II. El lucro cesante: Concepto
    1. La pérdida de oportunidades
    2. El lucro cesante en las actividades ilícitas o inmorales

III. Tratamiento del lucro cesante en la jurisprudencia anterior al sistema legal valorativo introducido por la Ley 30/1995

IV. Tratamiento del lucro cesante en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados
    1. Distintos modelos de baremación
    2. Regulación española
    3. Tratamiento del lucro cesante en el nuevo sistema legal valorativo o sis-

        tema de baremos.
        3.1. La interpretación integradora
            3.1.1. El factor de corrección por perjuicios económicos
            3.1.2. El factor de corrección por incapacidad permanente parcial, total

                     o absoluta.
            3.1.3. El factor de corrección por gran invalidez
            3.1.4. El factor de daños morales familiares
        3.2. La interpretación correctora
    4. La posición del Tribunal Constitucional
    5. La nueva posición del Tribunal Supremo en materia de lucro cesante en

        supuestos de incapacidad permanente.
    6. La jurisprudencia menor en materia de lucro cesante en supuestos de

        fallecimiento de la víctima.
 

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA RECOMENDADA
 

ANEXO LEGISLATIVO

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