MERCADO INTERIOR DE SERVICIOS EN LA UNIÓN EUROPEA, EL. Estudios sobre la Directiva 123/2006/CE relativa a los servicios en el mercado interior.
- Sinopsis
- Índice
La Directiva relativa a los servicios en el mercado interior (Directiva 123/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre), también conocida como Directiva Bolkestein, está llamada a alterar profundamente la forma en que los Estados miembros intervienen sobre la actividades de servicios de sus ciudadanos.
En el marco de la Estrategia de Lisboa, y con el objetivo de hacer efectivo el mercado interior de servicios, se aprobó esta Directiva que presenta unas características absolutamente inéditas en el ámbito del Derecho comunitario europeo que pondrán a prueba la capacidad de adaptación de los ordenamientos internos de los Estados miembros en su transposición.
Con la intención de
facilitar este proceso y, en general, para permitir la comprensión en términos
jurídicos del significado de esta Directiva, se publican estos estudios que
pretenden captar toda su esencia y sentido desde su propia génesis. Se trata,
pues, de una obra que pretende trascender lo que podría ser un manual de
transposición o manejo de la Directiva y que ofrece los elementos necesarios
para una exégesis rigurosa y en profundidad que serán imprescindibles ante los
conflictos que, seguramente, provocará por razón de un contenido tan polémico
como complejo.
CAPÍTULO 1
EL BUCLE DE LA LIBERALIZACIÓN: BOLKESTEIN EN CONTEXTO
Pablo Zapatero Miguel
I. ESCENARIO GLOBAL DE UNA DIRECTIVA CONTROVERTIDA
II. AGCS: DISCIPLINAS LEGALES BÁSICAS
III. DINÁMICAS DE LA CONSIGNACIÓN DE COMPROMISOS
IV. BUCLES Y ANCLAJES
CAPÍTULO 2
LA GÉNESIS DE LA DIRECTIVA SOBRE LIBERALIZACIÓN DE SERVICIOS
Daniel Entrena Ruiz
I. INTRODUCCIÓN
II. LOS ORÍGENES DE LA DIRECTIVA BOLKESTEIN:
EL INSUFICIENTE DESARROLLO DE LA LIBERTAD COMUNITARIA DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS.
1. La estrategia de la Comisión para el mercado interior de
servicios
2. El informe sobre el estado del mercado interior de
servicios
3. Medidas adoptadas a partir del año 2002 dirigidas a
alcanzar un auténtico
mercado interior de servicios.
III. UN BREVE REPASO AL CONTENIDO DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS EN SU VERSIÓN ORIGINAL.
IV. LOS ASPECTOS MÁS CONFLICTIVOS DE LA
PROPUESTA DE DIRECTIVA Y SU EVOLUCIÓN FINAL.
1. El ámbito de aplicación de la Directiva sobre el mercado
interior de servicios.
2. El principio de país de origen
3. El estado final de las cuestiones más problemáticas
indicadas
CAPÍTULO 3
PRECISIONES SOBRE EL ÁMBITO DE APLICACIÓN
DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
Tomás de la Quadra-Salcedo Fernández del Castillo
I. INTRODUCCIÓN
II. LAS PRETENSIONES INICIALES DE LA PROPUESTA DE LA DIRECTIVA
III. OBJETO DE LA DIRECTIVA
1. Los distintos términos empleados para acotar el alcance de
la Directiva.
2. Examen de los campos no comprendidos —de que no trata— en
la Directiva.
3. Las «medidas» adoptadas en el ejercicio de competencias
diversas «no afec-
tadas» por la Directiva de servicios.
4. Las libertades de los estados no afectadas por la
Directiva.
5. Conclusiones sobre los aspectos no tratados y no afectados
por la Directiva.
IV. LA EXCLUSIÓN DEL DERECHO LABORAL DE LA DIRECTIVA EN SU ARTÍCULO 1
V. EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA
PROPIAMENTE DICHO EN EL ARTÍCULO 2
1. Grupo primero de servicios excluidos: servicios que tienen
y presentan una
dimensión de interés general.
A. Los servicios no económicos de
interés general
B. Los servicios de interés económico
general excluidos
2. Grupo segundo de servicios excluidos: los servicios
audiovisuales incluidos
cinematográficos, con independencia de su modo de producción, distribución
y
transmisión; y la radiodifusión.
3. Grupo tercero: actividades vinculadas al ejercicio de la
autoridad pública, la
seguridad privada y los servicios prestados por notarios y agentes judiciales.
4. Grupo cuarto: los servicios financieros, bancarios,
seguros y reaseguros de
pensiones de empleo o individuales, de valores de fondo de inversión de
pago y asesoría sobre inversión.
5. Grupo quinto: la exclusión de los servicios de carácter
temporal
6. Grupo sexto: actividades de juego que impliquen apuestas
de valor mone-
tario en juegos de azar, incluidas las loterías, juego de los casinos y
apuestas.
VI. LA ARTICULACIÓN DE LAS DISPOSICIONES Y LA DIRECTIVA DE SERVICIOS CON LAS DEMÁS DISPOSICIONES DEL DERECHO COMUNITARIO.
VII. DEFINICIONES
VIII. LIBERTAD DE EMPRESA, LIBERTAD DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO.
CAPÍTULO 4
LA LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR BAJO EL NUEVO RÉGIMEN DE LA DIRECTIVA 2006/123 DE 12 DE DICIEMBRE.
Antonio Fortes Martín
I. EN TORNO A LA LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO
Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
1. Aspectos introductorios
2. Libertad de establecimiento y libre prestación de
servicios: dos realidades
próximas pero perfecta y necesariamente diferenciables.
II. ALCANCE Y PROPÓSITO DE LA DIRECTIVA DE
SERVICIOS
1. La Directiva de servicios y su apuesta decidida por la
supresión de obstácu-
los y barreras al libre establecimiento para la prestación de servicios.
2. La ordenación de los servicios en el mercado interior y su
impacto en el de-
recho administrativo: la eventual afección de las categorías, instituciones y
procedimientos ante la intensa comunitarización de los sistemas adminis-
trativos nacionales.
III. LA ELIMINACIÓN, POR LA DIRECTIVA DE
SERVICIOS, DE LAS «FRONTERAS JURÍDICAS» EXISTENTES EN EL MERCADO INTERIOR DE
SERVICIOS.
1. El acceso a la prestación de servicios y a su posterior
ejercicio en el mercado
interior: sentido, alcance y finalidad.
2. La integración en el acceso a la actividad de servicios y
a su posterior ejerci-
cio en el mercado interior.
A. La integración «negativa»: los
requisitos prohibidos
B. La integración «positiva»: los
requisitos admitidos y condicionados y los
requisitos supeditados a evaluación de compatibilidad.
IV. LA SUPERACIÓN, POR LA DIRECTIVA DE
SERVICIOS, DE LAS «FRONTERAS NO JURÍDICAS» EXISTENTES PARA EL ACCESO A LA
ACTIVIDAD DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
1. El efecto de las llamadas «fronteras no jurídicas» y las
buenas prácticas ad-
ministrativas dispuestas para posibilitar el acceso al mercado interior de
servicios.
2. Simplificación administrativa
3. Ventanilla única, tramitación electrónica de
procedimientos, y acceso a la
información.
V. EL ARMAZÓN PROCEDIMENTAL DISPUESTO POR LA
DIRECTIVA DE SERVICIOS PARA FACILITAR EL ACCESO A LA ACTIVIDAD DE SERVICIOS Y A
SU POSTERIOR EJERCICIO.
1. Procedimientos de autorización y acceso al mercado
interior de servicios.
2. Garantías procedimentales
3. Formalización, subsanación y mejora de las solicitudes
4. La finalización del procedimiento: obligación de resolver,
notificación de la
decisión y silencio administrativo.
5. Procedimiento abierto y procedimiento selectivo
CAPÍTULO 5
EL PRINCIPIO DEL «PAÍS DE ORIGEN» EN LA PROPUESTA DE DIRECTIVA BOLKESTEIN
Antonio Estella de Noriega
I. INTRODUCCIÓN
II. EL ÁMBITO MATERIAL DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA EN LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN.
III. EL PRINCIPIO DEL PAÍS DE ORIGEN
1. Definición del principio de país de origen
2. Binomio principio del país de origen-control del país de
origen
3. Restricciones prohibidas
IV. LAS EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DEL PAÍS DE
ORIGEN ESTABLECIDAS POR LA DIRECTIVA.
1. Excepciones generales
2. Excepciones transitorias al principio del país de origen
3. Excepciones individuales
V. CONCLUSIONES GENERALES
CAPÍTULO 6
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR UN VERDADERO MERCADO INTERIOR DE SERVICIOS
José Vida Fernández
I. LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN EL
CONTEXTO DE LA ESTRATEGIA EN LA QUE SE ENMARCA: LA DIRECTIVA RELATIVA A LOS
SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
1. Análisis de la estrategia contenida en la Directiva
relativa a los servicios en
el mercado interior.
A. El significado de la Directiva
relativa a los servicios dentro del proceso de
integración comunitario europeo.
B. Características de la estrategia
planteada por la Directiva relativa a los
servicios en el mercado interior.
2. Configuración y significado de las medidas complementarias
en el contenido
de la Directiva relativa a los Servicios en el mercado interior.
A. Identificación y clasificación de
las medidas contenidas en la Directiva re-
lativa a los Servicios en el mercado interior.
B. La interrelación de las medidas de
armonización y las medidas comple-
mentarias contenidas en la Directiva relativa a los servicios en el merca-
do interior.
C. Algunas observaciones acerca de
las disfunciones existentes en la confi-
guración de las medidas complementarias dentro de la estrategia de la
Directiva relativa a los Servicios del mercado interior.
II. ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
CONTENIDAS EN LA DIRECTIVA RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
1. Medidas de calidad en los servicios
A. Información sobre los prestadores
y sus servicios
B. Seguros y garantías de
responsabilidad profesional
C. Comunicaciones comerciales de las
profesiones reguladas
D. Actividades multidisciplinares
E. Política de calidad
F. Información y resolución de
reclamaciones
2. Cooperación administrativa
A. Asistencia recíproca en la
obtención y transmisión de información
B. Las obligaciones generales
relativas a la asistencia recíproca desarrollada
a través de las comprobaciones, inspecciones e investigaciones.
C. La asistencia recíproca a través
de las comprobaciones, inspecciones e
investigaciones en el caso de la prestación de servicios con desplaza-
miento del prestador del servicio.
D. Asistencia recíproca en el caso de
excepciones individuales
3. Programa de convergencia
A. Los códigos de conducta
comunitarios
B. La armonización en ámbitos
específicos
C. Programa de seguimiento y
evaluación recíproca
III. DISPOSICIONES FINALES PARA LA
TRANSPOSICIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL
MERCADO INTERIOR
1. Observaciones al problema de la transposición de la
Directiva relativa a los
servicios en el mercado interior.
2. Las disposiciones finales para la transposición de la
Directiva
A. Informes periódicos
B. Protección de datos
C. Disposiciones finales para la
transposición de la Directiva
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