MERCADO INTERIOR DE SERVICIOS EN LA UNIÓN EUROPEA, EL. Estudios sobre la Directiva 123/2006/CE relativa a los servicios en el mercado interior.

    La Directiva relativa a los servicios en el mercado interior (Directiva 123/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre), también conocida como Directiva Bolkestein, está llamada a alterar profundamente la forma en que los Estados miembros intervienen sobre la actividades de servicios de sus ciudadanos.

    En el marco de la Estrategia de Lisboa, y con el objetivo de hacer efectivo el mercado interior de servicios, se aprobó esta Directiva que presenta unas características absolutamente inéditas en el ámbito del Derecho comunitario europeo que pondrán a prueba la capacidad de adaptación de los ordenamientos internos de los Estados miembros en su transposición.

    Con la intención de facilitar este proceso y, en general, para permitir la comprensión en términos jurídicos del significado de esta Directiva, se publican estos estudios que pretenden captar toda su esencia y sentido desde su propia génesis. Se trata, pues, de una obra que pretende trascender lo que podría ser un manual de transposición o manejo de la Directiva y que ofrece los elementos necesarios para una exégesis rigurosa y en profundidad que serán imprescindibles ante los conflictos que, seguramente, provocará por razón de un contenido tan polémico como complejo.
 


CAPÍTULO 1

EL BUCLE DE LA LIBERALIZACIÓN: BOLKESTEIN EN CONTEXTO

Pablo Zapatero Miguel

I. ESCENARIO GLOBAL DE UNA DIRECTIVA CONTROVERTIDA

II. AGCS: DISCIPLINAS LEGALES BÁSICAS

III. DINÁMICAS DE LA CONSIGNACIÓN DE COMPROMISOS

IV. BUCLES Y ANCLAJES
 

 

CAPÍTULO 2

LA GÉNESIS DE LA DIRECTIVA SOBRE LIBERALIZACIÓN DE SERVICIOS

Daniel Entrena Ruiz

I. INTRODUCCIÓN

II. LOS ORÍGENES DE LA DIRECTIVA BOLKESTEIN: EL INSUFICIENTE DESARROLLO DE LA LIBERTAD COMUNITARIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
    1. La estrategia de la Comisión para el mercado interior de servicios
    2. El informe sobre el estado del mercado interior de servicios
    3. Medidas adoptadas a partir del año 2002 dirigidas a alcanzar un auténtico

        mercado interior de servicios.

III. UN BREVE REPASO AL CONTENIDO DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS EN SU VERSIÓN ORIGINAL.

IV. LOS ASPECTOS MÁS CONFLICTIVOS DE LA PROPUESTA DE DIRECTIVA Y SU EVOLUCIÓN FINAL.
    1. El ámbito de aplicación de la Directiva sobre el mercado interior de servicios.
    2. El principio de país de origen
    3. El estado final de las cuestiones más problemáticas indicadas

 

 

CAPÍTULO 3

PRECISIONES SOBRE EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
Tomás de la Quadra-Salcedo Fernández del Castillo

I. INTRODUCCIÓN

II. LAS PRETENSIONES INICIALES DE LA PROPUESTA DE LA DIRECTIVA

III. OBJETO DE LA DIRECTIVA
    1. Los distintos términos empleados para acotar el alcance de la Directiva.
    2. Examen de los campos no comprendidos —de que no trata— en la Directiva.
    3. Las «medidas» adoptadas en el ejercicio de competencias diversas «no afec-

        tadas» por la Directiva de servicios.
    4. Las libertades de los estados no afectadas por la Directiva.
    5. Conclusiones sobre los aspectos no tratados y no afectados por la Directiva.

IV. LA EXCLUSIÓN DEL DERECHO LABORAL DE LA DIRECTIVA EN SU ARTÍCULO 1

V. EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA PROPIAMENTE DICHO EN EL ARTÍCULO 2
    1. Grupo primero de servicios excluidos: servicios que tienen y presentan una

        dimensión de interés general.
        A. Los servicios no económicos de interés general
        B. Los servicios de interés económico general excluidos
    2. Grupo segundo de servicios excluidos: los servicios audiovisuales incluidos

        cinematográficos, con independencia de su modo de producción, distribución

        y transmisión; y la radiodifusión.
    3. Grupo tercero: actividades vinculadas al ejercicio de la autoridad pública, la

        seguridad privada y los servicios prestados por notarios y agentes judiciales.
    4. Grupo cuarto: los servicios financieros, bancarios, seguros y reaseguros de

        pensiones de empleo o individuales, de valores de fondo de inversión de

        pago y asesoría sobre inversión.
    5. Grupo quinto: la exclusión de los servicios de carácter temporal
    6. Grupo sexto: actividades de juego que impliquen apuestas de valor mone-

        tario en juegos de azar, incluidas las loterías, juego de los casinos y

        apuestas.

VI. LA ARTICULACIÓN DE LAS DISPOSICIONES Y LA DIRECTIVA DE SERVICIOS CON LAS DEMÁS DISPOSICIONES DEL DERECHO COMUNITARIO.

VII. DEFINICIONES

VIII. LIBERTAD DE EMPRESA, LIBERTAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO.
 

 

CAPÍTULO 4

LA LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR BAJO EL NUEVO RÉGIMEN DE LA DIRECTIVA 2006/123 DE 12 DE DICIEMBRE.

Antonio Fortes Martín

I. EN TORNO A LA LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
    1. Aspectos introductorios
    2. Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios: dos realidades

        próximas pero perfecta y necesariamente diferenciables.

II. ALCANCE Y PROPÓSITO DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS
    1. La Directiva de servicios y su apuesta decidida por la supresión de obstácu-

        los y barreras al libre establecimiento para la prestación de servicios.
    2. La ordenación de los servicios en el mercado interior y su impacto en el de-

        recho administrativo: la eventual afección de las categorías, instituciones y

        procedimientos ante la intensa comunitarización de los sistemas adminis-

        trativos nacionales.

III. LA ELIMINACIÓN, POR LA DIRECTIVA DE SERVICIOS, DE LAS «FRONTERAS JURÍDICAS» EXISTENTES EN EL MERCADO INTERIOR DE SERVICIOS.
    1. El acceso a la prestación de servicios y a su posterior ejercicio en el mercado

        interior: sentido, alcance y finalidad.
    2. La integración en el acceso a la actividad de servicios y a su posterior ejerci-

        cio en el mercado interior.
        A. La integración «negativa»: los requisitos prohibidos
        B. La integración «positiva»: los requisitos admitidos y condicionados y los

            requisitos supeditados a evaluación de compatibilidad.

IV. LA SUPERACIÓN, POR LA DIRECTIVA DE SERVICIOS, DE LAS «FRONTERAS NO JURÍDICAS» EXISTENTES PARA EL ACCESO A LA ACTIVIDAD DE SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
    1. El efecto de las llamadas «fronteras no jurídicas» y las buenas prácticas ad-

        ministrativas dispuestas para posibilitar el acceso al mercado interior de

        servicios.
    2. Simplificación administrativa
    3. Ventanilla única, tramitación electrónica de procedimientos, y acceso a la

        información.

V. EL ARMAZÓN PROCEDIMENTAL DISPUESTO POR LA DIRECTIVA DE SERVICIOS PARA FACILITAR EL ACCESO A LA ACTIVIDAD DE SERVICIOS Y A SU POSTERIOR EJERCICIO.
    1. Procedimientos de autorización y acceso al mercado interior de servicios.
    2. Garantías procedimentales
    3. Formalización, subsanación y mejora de las solicitudes
    4. La finalización del procedimiento: obligación de resolver, notificación de la

        decisión y silencio administrativo.
    5. Procedimiento abierto y procedimiento selectivo
 

 

CAPÍTULO 5

EL PRINCIPIO DEL «PAÍS DE ORIGEN» EN LA PROPUESTA DE DIRECTIVA BOLKESTEIN

Antonio Estella de Noriega

I. INTRODUCCIÓN

II. EL ÁMBITO MATERIAL DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA EN LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN.

III. EL PRINCIPIO DEL PAÍS DE ORIGEN
    1. Definición del principio de país de origen
    2. Binomio principio del país de origen-control del país de origen
    3. Restricciones prohibidas

IV. LAS EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DEL PAÍS DE ORIGEN ESTABLECIDAS POR LA DIRECTIVA.
    1. Excepciones generales
    2. Excepciones transitorias al principio del país de origen
    3. Excepciones individuales

V. CONCLUSIONES GENERALES
 

 

CAPÍTULO 6

ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR UN VERDADERO MERCADO INTERIOR DE SERVICIOS

José Vida Fernández

I. LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN EL CONTEXTO DE LA ESTRATEGIA EN LA QUE SE ENMARCA: LA DIRECTIVA RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
    1. Análisis de la estrategia contenida en la Directiva relativa a los servicios en

        el mercado interior.
        A. El significado de la Directiva relativa a los servicios dentro del proceso de

            integración comunitario europeo.
        B. Características de la estrategia planteada por la Directiva relativa a los

            servicios en el mercado interior.
    2. Configuración y significado de las medidas complementarias en el contenido

        de la Directiva relativa a los Servicios en el mercado interior.
        A. Identificación y clasificación de las medidas contenidas en la Directiva re-

            lativa a los Servicios en el mercado interior.
        B. La interrelación de las medidas de armonización y las medidas comple-

            mentarias contenidas en la Directiva relativa a los servicios en el merca-

            do interior.
        C. Algunas observaciones acerca de las disfunciones existentes en la confi-

            guración de las medidas complementarias dentro de la estrategia de la

            Directiva relativa a los Servicios del mercado interior.

II. ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS CONTENIDAS EN LA DIRECTIVA RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
    1. Medidas de calidad en los servicios
        A. Información sobre los prestadores y sus servicios
        B. Seguros y garantías de responsabilidad profesional
        C. Comunicaciones comerciales de las profesiones reguladas
        D. Actividades multidisciplinares
        E. Política de calidad
        F. Información y resolución de reclamaciones
    2. Cooperación administrativa
        A. Asistencia recíproca en la obtención y transmisión de información
        B. Las obligaciones generales relativas a la asistencia recíproca desarrollada

            a través de las comprobaciones, inspecciones e investigaciones.
        C. La asistencia recíproca a través de las comprobaciones, inspecciones e

            investigaciones en el caso de la prestación de servicios con desplaza-

            miento del prestador del servicio.
        D. Asistencia recíproca en el caso de excepciones individuales
    3. Programa de convergencia
        A. Los códigos de conducta comunitarios
        B. La armonización en ámbitos específicos
        C. Programa de seguimiento y evaluación recíproca

III. DISPOSICIONES FINALES PARA LA TRANSPOSICIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR
    1. Observaciones al problema de la transposición de la Directiva relativa a los

        servicios en el mercado interior.
    2. Las disposiciones finales para la transposición de la Directiva
        A. Informes periódicos
        B. Protección de datos
        C. Disposiciones finales para la transposición de la Directiva
 

 

BIBLIOGRAFÍA

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