ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN, LA. Actos de investigación, ilicitud de la prueba y cooperación judicial transfronteriza.
- Sinopsis
- Índice
Capítulo I
INVESTIGACIÓN TRANSFRONTERIZA Y PRUEBA ILÍCITA EN LA UNIÓN EUROPEA
I. INTRODUCCIÓN
II. LA SOLUCIÓN ADOPTADA POR EL ARTÍCULO 189.3 DE LA LEY 23/2014 EN RELACIÓN AL EXHORTO EUROPEO DE OBTENCIÓN DE PRUEBAS
III. EL FILTRO DE LA PROPORCIONALIDAD Y EL DERECHO DE DEFENSA COMO PIEDRAS ANGULARES DEL SISTEMA PROBATORIO EUROPEO Y LIMITES AL PRINCIPIO DE RECONOCIMEINTO MUTUO
Capítulo II
LA ORDEN DE INVESTIGACIÓN EUROPEA
I. DEFINICIÓN, ÁMBITO Y TIPOS DE PROCEDIMIENTOS DONDE SE ADOPTA (ARTS. 1, 2, 3, 4)
II. CONDICIONES, GARANTÍAS y CONTENIDOS PARA LA EMISIÓN DE LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN (artículo 6, 7, y 8)
III. CONDICIONES Y GARANTÍAS PARA EL RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE UNA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN (artículos 9, 10 y 16)
IV. MOTIVOS DE DENEGACIÓN Y DE APLAZAMIENTO PARA SU RECONOCIMIENTO Y SU EJECUCIÓN (artículos 11 y 12)
V. RECURSOS (Artículo 14)
VI. RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL Y OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD (Artículo 17, 18, 19 y 20)
VII.COSTES (Artículo 21)
Capítulo III
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA DETERMINADAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN
I. MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN ESPECÍFICAS
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA