PENA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA, LA.

    La pena de inhabilitación absoluta aparece definida en el artículo 41 del Código penal, y esencialmente consiste en la privación de todo tipo de cargo, empleo u honor de carácter público. Se trata de una pena grave (según el catálogo del art. 33 CP) restrictiva de derechos; en determinados supuestos está prevista como pena principal pero también tiene un importante papel como pena accesoria.
 


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