PENAS CRUELES E INUSUALES. El debate sobre los límites constitucionales al castigo en los Estados Unidos.


    El principio de humanidad de las penas es uno de los principios irrenunciables de nuestros sistemas penales. Sin embargo, no toda plasmación constitucional de este principio refleja literalmente y de forma precisa su contenido, sino que puede recogerse en el marco de un conjunto de principios-límite más amplios.

    Este es el caso de la norma que es objeto de análisis en esta contribución, la Octava Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, que establece los límites al legislador (y al juzgador) estadounidense en materia de configuración de las penas.

    El objetivo de este trabajo es analizar si y en qué medida dicho precepto constitucional contiene una plasmación positiva del principio de humanidad de las penas a través, principalmente, del examen de su recorrido jurisprudencial durante los más de doscientos años de historia del SCOTUS.

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