Perfecta constitucionalidad del procedimiento extrajudicial

Compendio argumental contra la STS 4.5.98
La presente obra es un Compendio argumental rebatidor de las tesis de la STS 4.5.98, que pretende la derogación del procedimiento. Este libro contiene todas las claves para considerar perfectamente constitucional el procedimiento extrajudicial y responde con argumentos absolutamente convincentes a los ataques de la STS, cuyo mayor peligro estriba en que sus criterios hagan mella en el legislador y, por desconocimiento, apoyase en su reforma de la LEC la destrucción del procedimiento.
La hipoteca, una necesidad social; La Sentencia del Tribunal Supremo 402/1998, de 4 de mayo, declarando inconstitucional y derogado el artículo 129 de la Ley Hipotecaria en el inciso sobre procedimiento extrajudicial y los preceptos reglamentarios que lo desarrollan; El Fundamento de Derecho Primero considera el art. 129 LH, del que nace el procedimiento extrajudicial, derogado por inconstitucional; El Fundamento de Derecho Segundo considera innecesario promover "la cuestión de constitucionalidad"; El Fundamento de Derecho Tercero considera el procedimiento extrajudicial carente de tradición en España; El Fundamento Cuarto ataca la naturaleza jurídica del procedimiento y su legitimidad; El Fundamento de Derecho Quinto reconoce que se han dictado resoluciones de los más altos Tribunales que aceptan la constitucionalidad y legalidad del procedimiento; El Fundamento de Derecho Sexto defiende el poder judicial y la exclusividad de la potestad jurisdiccional; El Fundamento de Derecho Séptimo considera que los procesos de ejecución son cometido propio de los Jueces; El Fundamento de Derecho Octavo considera un artilugio la ejecución pública notarial; El Fundamento de Derecho Noveno considera que el procedimiento extrajudicial priva a los deudores de la tutela efectiva de los Jueces; El Fundamento de Derecho Décimo considera que al estimar derogado el art. 129 LH en su inciso sobre el procedimiento extrajudicial los preceptos que lo desarrollan siguen igual suerte, de conformidad con el principio de jerarquía normativa del art. 9.3 CE; El Fundamento de Derecho Undécimo considera no procede la condena en costas; El fallo.

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