PERSONA JURÍDICA EN EL DERECHO PENAL, LA. Responsabilidad civil y criminal de la empresa.
- Sinopsis
- Índice
INTRODUCCIÓN
La persona jurídica como sujeto protagonista del Derecho Penal
1. Consideraciones iniciales
2. La titularidad del bien jurídico protegido por parte de la persona jurídica: sujeto
pasivo del delito.
CAPÍTULO I
LA RESPONSABILIDAD CIVIL «EX DELICTO» DEL EMPRESARIO SOCIAL
1. Características de la responsabilidad civil ex delicto de las personas jurídicas:
responsabilidad por hechos ajenos y subsidiariedad.
2. Responsabilidad del empresario por hechos criminales ajenos: el sistema de
responsabilidad vicaria
del artículo 120.4 CP
2.1. Características de los sistemas de responsabilidad
vicaria. Peculiaridades
del sistema del Código penal español.
2.2. El sistema de responsabilidad del empresario social por
los daños causa-
dos por sus dependientes en el Código Civil (artículo 1903 párrafo cuarto)
2.3. Conclusión: comparación de los sistemas establecidos en
los artículos
120.4 CP y 1903 párrafo cuarto CC.
3. Consecuencias de la subsidiariedad
4. La responsabilidad del empresario en el Código Civil: responsabilidad por he-
chos propios y por hechos ajenos. Responsabilidad contractual y
extracontractual.
4.1. Responsabilidad por hechos propios y responsabilidad por
hechos ajenos.
4.2. Responsabilidad contractual y responsabilidad
extracontractual
5. Conclusiones
6. Propuestas
6.1. Supresión del régimen de responsabilidad civil ex
delicto del Código Penal
Excurso: comentario de los artículos 212 y
272 del Código Penal
6.2. Mantenimiento de la posibilidad de ejercitar la acción
sobre responsabili-
dad civil en el proceso penal. Extensión de la competencia de Jueces y
Tribunales penales para conocer de la responsabilidad civil «ex delicto»
6.2.1. Vías de extensión actuales de
la competencia de Jueces y Tribunales
penales.
6.2.2. Sistemas de extensión de «lege
ferenda» de la competencia de la ju-
risdicción penal.
6.3. Ejercicio directo de la acción de responsabilidad ante
la Jurisdicción civil sin
necesidad de aguardar a la conclusión de la responsabilidad penal.
CAPÍTULO II
LA PERSONA JURÍDICA COMO SUJETO PASIVO DEL COMISO
1. Regulación penal del comiso
1.1. Derecho vigente
1.2. El comiso antes de la reforma de noviembre de 2003
2. Ámbito de aplicación subjetiva del comiso
3. El concepto de buena fe en la doctrina española
4. Los conceptos de tercero y buena fe:
posición personal
4.1. Concepto de tercero
4.2. Concepto de buena fe: conocimiento de hechos pasados o
garantía de
futuro.
4.2.1. La buena fe como garantía o
prevención: razones que invalidan esta
concepción.
4.2.2. La buena fe como elemento
cognoscitivo
4.2.3. Determinación de la buena fe
de la persona jurídica
5. Conclusiones (I): naturaleza, fundamento,
presupuestos y función del comiso
5.1. Naturaleza jurídica: tercera vía penal
5.2. Fundamento y presupuestos
5.2.1. La peligrosidad objetiva del
bien y la imposición de una pena como
fundamento y presupuesto, respectivamente, del comiso.
5.2.2. El comiso como medida
postdelictiva
5.2.3. La peligrosidad objetiva del
bien como presupuesto del comiso
5.3. Función
6. Conclusiones (II). Aspectos positivos y negativos del CP de 1995 y de la refor-
ma de 2003
6.1. Aspectos positivos y negativos del CP de 1995
6.2. La reforma de 2003: los presupuestos del comiso después
de la reforma
6.2.1. La infracción de la norma
penal
6.2.2. Tipicidad y comiso ¿Accesoriedad
mínima?
6.2.3. Breve referencia a otros
aspectos de la reforma
CAPÍTULO III
LAS MEDIDAS CONTRA EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ARTÍCULO 129 CP (I)
1. Regulación y consideraciones iniciales
2. Principio de legalidad y medidas del artículo 129
3. Ámbito de aplicación subjetiva
4. Naturaleza jurídica
4.1. Las consecuencias del artículo 129 como medidas no
penales
4.2. Naturaleza penal de las consecuencias accesorias del
artículo 129
4.2.1. Argumentos
4.2.2. Consecuencias
4.3. La específica identidad penal de las medidas del
artículo 129 CP
4.3.1. La tesis del garantismo
máximo: el artículo 129 como sistema de pe-
nas para personas jurídicas. La posición de ZUGALDÍA ESPINAR.
4.3.2. Argumentos en contra de la
tesis que define las medidas del artículo
129 como auténticas penas.
4.3.2.1. El
denominado paradigma de la individualidad
4.3.2.2. El
artículo 31.1 del Código Penal
4.3.2.3. El
artículo 318 del Código Penal
4.3.2.4. Los
artículos 515 y siguientes del Código Penal
4.3.2.5. Los
artículos 116 y siguientes del Código Penal
4.3.2.6. El
artículo 129.3 del Código Penal: las medidas como instrumen-
to de prevención de delitos.
4.3.2.7. La
génesis del artículo 129
4.3.3. ¿Medidas de seguridad?
4.3.3.1.
Medidas de seguridad clásicas
4.3.3.2.
Medidas de seguridad personales imponibles a empresas y so-
ciedades: la tesis de SILVA SÁNCHEZ. Crítica.
4.3.4. Las medidas contra empresas y
sociedades como consecuencias pe-
nales autónomas: la tercera vía.
5. Fundamento y función
5.1. Fundamento
5.2. Función
5.2.1. Prevención instrumental
5.2.1.1.
Prevención de la continuidad en la actividad delictiva
5.2.1.2.
Prevención de los efectos de la actividad delictiva
5.2.2. La prevención general como fin
abstracto o motivo del legislador
6. Medidas de seguridad reales u objetivas y medidas de seguridad personales.
Principio de legalidad y
principio de proporcionalidad.
6.1. Medidas de seguridad reales u objetivas y medidas de
seguridad
personales.
6.2. Principio de legalidad
6.3. Principio de proporcionalidad
CAPÍTULO IV
LAS MEDIDAS CONTRA EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ARTÍCULO 129 CP (II)
7. Régimen jurídico (I): presupuestos
7.1. Hecho objetivo de conexión: accesoriedad de las medidas
contra empre-
sas y sociedades.
7.1.1. La comisión de un hecho
previsto como delito como requisito para la
aplicación de las medidas.
7.1.1.1.
Caracteres del hecho delictivo individual presupuesto por las me-
didas del artículo 129.
7.1.1.2.
Ejecución completa e incompleta del hecho previsto como delito.
Autoría y participación.
7.1.2. Inconvenientes del modelo de
accesoriedad.
7.1.3. La insuficiencia del Derecho
Penal individual ante la actividad indus-
trial y la creación de riesgos.
7.1.4. Conclusión
7.2. Hecho subjetivo de conexión: la comisión de un hecho
previsto como deli-
to desde la empresa.
7.3. Preinstrumentalización de la empresa
7.4. Juicio de peligrosidad objetiva con prognosis de
reinstrumentalización o
reincidencia instrumental.
8. Régimen jurídico (II): imposición, ejecución, suspensión, sustitución, prescrip-
ción, extinción y quebrantamiento de las medidas; concurrencia real y aparen-
te de consecuencias
accesorias.
8.1. Imposición: competencia judicial; carácter potestativo;
sistema de indivi-
dualización de las consecuencias accesorias; sistema de numerus clausus;
medidas cautelares.
8.2. Ejecución de las consecuencias accesorias. Cese,
suspensión y sustitución
8.3. Prescripción y extinción de las consecuencias accesorias
8.4. Quebrantamiento de las consecuencias accesorias. Su
consideración como
medidas cautelares.
8.4.1. Quebrantamiento de las
consecuencias accesorias
8.4.2. Su consideración como medidas
cautelares
8.5. Concurrencia real y aparente de consecuencias accesorias
8.5.1. Pluralidad de medidas
accesorias del artículo 129
8.5.2. Concurso de sanciones penales
8.5.3. Concurrencia real o aparente
entre el comiso y las medidas del artí-
culo 129. La proximidad entre el comiso de instrumento y las medi-
das contra empresas.
8.5.3.1.
Concurrencia real o aparente entre el comiso y las medidas del
artículo 129.
8.5.3.2. La
proximidad entre el comiso de instrumentos y las medidas
contra empresas.
CAPÍTULO V
LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL DE LAS EMPRESAS Y SU INCIDENCIA EN EL SISTEMA
PENAL
1. Sistemas de intervención penal contra las empresas o personas jurídicas: su
consideración como «objeto» —peligroso— y/o «sujeto» —con capacidad crimi-
nal— del Derecho Penal.
1.1. La empresa o persona jurídica como objeto criminalmente
peligroso.
1.2. La persona jurídica como sujeto del Derecho Penal:
sistemas de respon-
sabilidad refleja o accesoria y sistemas de responsabilidad directa; siste-
mas de imputación específicos y sistemas de imputación comunes.
1.2.1. Sistemas de responsabilidad
refleja o accesoria y sistemas de res-
ponsabilidad directa.
1.2.2. Sistemas de imputación
específicos y sistemas de imputación
comunes.
1.3. ¿Alternatividad entre sistemas de responsabilidad
criminal y sistemas de
consecuencias accesorias? La compatibilidad entre la doble consideración
de la persona jurídica como sujeto de la infracción e «instrumento» del
delito.
1.4. El reconocimiento de la capacidad criminal como
necesidad del sistema
penal.
1.4.1. ¿Necesidad tras la adopción de
un sistema de consecuencias
accesorias?
1.4.2. Prevención y garantismo como
razones para la creación de un siste-
ma de responsabilidad penal de personas jurídicas.
1.4.2.1.
Razones preventivas
1.4.2.2.
Razones garantistas
1.4.2.2.1. Garantías de orden colectivo
1.4.2.2.2. Garantías de orden individual
1.4.3. Optimización del Derecho Penal
individual y reorientación subjetiva
del Derecho Penal.
1.4.4. Conclusión: construcción de un
Derecho Penal de personas jurídicas
y mejora del Derecho Penal de personas físicas.
2. Valoración del sistema de consecuencias accesorias contra empresas y perso-
nas jurídicas.
3. La incidencia del principio «societas delinquere potest» en el sistema de conse-
cuencias del delito.
3.1. En la responsabilidad civil
3.1.1. El empresario social como
responsable civil por hechos delictivos
propios.
3.1.2. Ausencia de necesidad de
individualizar un hecho antijurídico
3.1.3. Culpa penal y culpa civil.
Subjetivización penal «versus» objetivización
civil.
3.2. En el comiso
3.2.1. El comiso de bienes del
empresario social como responsable penal:
la eliminación del requisito de la mala fe.
3.2.2. Condena individual y condena
colectiva como presupuesto del comiso
3.2.3. Conclusión
3.3. En las consecuencias accesorias del artículo 129
3.3.1. Compatibilidad de las medidas
accesorias y penas contra empresas
3.3.2. El nuevo sistema de
accesoriedad
3.3.3. Significación de las
consecuencias accesorias en un Derecho Penal
que reconoce la capacidad criminal de las personas jurídica y
empresas.
CAPÍTULO VI
RESPONSABILIDAD PENAL DE ORGANIZACIONES Y PERSONAS JURÍDICAS EN EL
DERECHO POSITIVO ESPAÑOL: ARTÍCULOS 31 Y 369 CP (LO 15/2003)
1. Contenido de los artículos 31 y 369 CP (reformados por la LO 15/2003)
2. Naturaleza jurídica de las sanciones previstas en los artículos 262, 31.2 y
369.2 CP
2.1. El artículo 262 del Código Penal de 1995
2.2. El artículo 31 CP
2.2.1. Principio de legalidad y
artículo 31.2
2.2.2. Principio de personalidad y
presupuestos de la sanción del artículo
31.2. El principio de proporcionalidad.
2.2.3. Principio de igualdad
2.3. El artículo 369.2 CP
2.4. Derecho Penal colectivo accesorio del Derecho Penal
individual
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