PODER JUDICIAL Y UNIDAD JURISDICCIONAL EN EL ESTADO AUTONÓMICO. (Colección «Estudios de Derecho Judicial» – CGPJ, 90-2006)
- Sinopsis
- Índice
PRESENTACIÓN. Juan-Luis Ibarra Robles. Magistrado.
I. El don de encender en lo pasado la chispa de la esperanza.
II. La participación de la cátedra y de la judicatura en la definición de las convicciones comunes que fundamentan la vigencia de las leyes.
III. La estructura temática de este curso de
formación.
JUEZ Y SISTEMA
DEMOCRÁTICO: LOS PROBLEMAS ACTUALES DEL PODER JUDICIAL.
Stelio Mangiameli. Catedrático de Derecho Constitucional.
Universidad de Teramo. Italia.
PODER JUDICIAL Y UNIDAD JURISDICCIONAL EN LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA. Hermann Josef Blanke. Catedrático. Universidad de Erfurt. Alemania.
I. La necesidad de una interpretación uniforme de las leyes nacionales.
II. Las garantías de la unidad jurisdiccional
en el ordenamiento jurídico alemán.
1. Las precauciones institucionales
2. La competencia de los Länder en el ámbito del poder judicial.
3. Unidad organizativa y jurídico-procesal
4. El nombramiento de los jueces
5. Unidad jurisdiccional mediante aplicación uniforme del derecho.
A) La salvaguardia de la unidad jurisdiccional por los
Tribunales Supremos
federales.
B) El papel unificador de los Tribunales Superiores de los
Länder.
C) La Sala conjunta de los Tribunales Supremos
III. Consecuencias para la reorganización del Poder Judicial en España.
PODER JUDICIAL Y UNIDAD JURISDICCIONAL EN ITALIA. Eduardo Gianfrancesco. Profesor extraordinario de Derecho Constitucional. Universidad de Teramo.
I. Introducción
II. Las diferentes corrientes ideológicas que alimentan el monopolio estatal del poder judicial.
III. La característica de la experiencia italiana: ambigüedad de las disposiciones constitucionales y univocidad en la aplicación.
IV. La experiencia de las regiones especiales
1. Sicilia
2. Valle de Aosta
3. Trentino-Alto Adige
V. Las regiones con estatuto ordinario anterior a la reforma de 2001
VI. La reforma de 2001
VII. Consideraciones mínimas de carácter
constitucional bajo la perspectiva de una valoración de las competencias
regionales en materia judicial.
PODER JUDICIAL Y UNIDAD JURISDICCIONAL EN ESPAÑA. Juan Francisco Sánchez Barrilao. Profesor Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Granada.
I. Introducción: el Poder Judicial en la Constitución de 1978.
II. Unidad jurisdiccional y monopolio de jurisdicción
III. Jurisdicción ordinaria y unidad jurisdiccional
IV. Unidad jurisdiccional y pluralismo ordinamental
V. Unidad jurisdiccional y Estado autonómico
VI. Comunidades Autónomas y organización jurisdiccional.
VII. Consideraciones finales: jueces, Derechos
autonómicos y unidad jurisdiccional.
CONSTITUCIÓN Y PODER JUDICIAL: LA INCOMPLETA REALIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL. Miguel Ángel García Herrera y Alberto López Basaguren. Catedráticos de Derecho Constitucional. Universidad del País Vasco.
I. ¿El Juez boca de la ley? Montesquieu y El Federalista
II. El Poder Judicial en el Estado Social y la Constitución de 1978.
III. Independencia y sumisión a la ley
IV. Las reformas legislativas en la regulación del Poder Judicial la percepción de los problemas del Poder Judicial por parte del legislador.
V. Algunos problemas del Poder Judicial
1. La Justicia cuantitativa
2. La racionalización de los nombramientos
3. El personal al servicio de la Administración de Justicia y su autonomización
del Poder Judicial: un Poder Judicial sin control sobre sus medios
administrativos.
4. La utilización de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas
en el ámbito del Poder Judicial: un problema que se debe afrontar de forma
razonable.
VI. Conclusiones
EL PRINCIPIO DE UNIDAD JURISDICCIONAL. LAS REFORMAS EN EL RECURSO DE CASACIÓN, LOS CONSEJOS TERRITORIALES Y LA JUSTICIA DE PROXIMIDAD Y SU RELACIÓN CON LA JURISDICCIÓN SOCIAL. Beatriz García Celaá. Magistrada-Juez.
I. El principio de unidad jurisdiccional y su relación con la independencia judicial.
II. Unidad jurisdiccional y la justicia de
proximidad. Referencia al orden social.
1. Creación de la justicia de proximidad
2. Competencias de los juzgados de proximidad
III. Unidad jurisdiccional y el recurso de
casación en unificación de doctrina. Referencia al orden social.
1. Memoria del Año 2004
2. Memoria del Año 2005
IV. Orden social
1. El Recurso de casación común: arts. 203 a 215 de la LPL.
2. El recurso de casación en unificación de doctrina: arts. 216 a 225 de la LPL.
LA GARANTÍA DE LA UNIDAD JURISDICCIONAL EN ESPAÑA. Milagros Aparicio Avendaño. Magistrada-Juez.
I. Introducción
1. Marco Constitucional
II. Antecedentes históricos
1. Unidad jurisdicción
A) Jurisdicción ordinaria y jurisdicciones especiales
a) Jurisidicción Militar (Ley
Orgánica 4/1987, de l5 de julio)
b) Los Tribunales consuetudinarios y
tradicionales
B) La Audiencia Nacional y los Juzgados Centrales: STC
199/1987, de 16
de
diciembre.
C) El derecho a un Juez predeterminado y la prohibición de
los Juzgados
de
Excepción. El Juez de Paz también es predeterminado: STC 35/2000,
de 14 de febrero..
D) La unidad Jurisdiccional y su acomodo con “el principio
autonómico”
III. Breve referencia constitucional
IV. Proyecto de Ley orgánica de modificación de la LOPJ en materia de justicia de proximidad y consejos de justicia y proyecto de ley orgánica por la que se adapta a la legislación procesal a la LOPJ, se reforma el recurso de casación y se generaliza la doble instancia penal.
V. Referencias bibliográficas
EL GOBIERNO DEL PODER JUDICIAL: FRACASO Y REMEDIO DEL CONSEJO GENERAL Y ‘“NUEVOS” CONSEJOS TERRITORIALES. Diego Íñiguez Hernández. Doctor en Derecho. Del Cuerpo superior de administradores civiles del Estado.
I. Es precisa, y posible, una valoración realista de la eficacia del CGPJ en su función constitucional.
II. Las razones de la adopción del CGPJ, los fines perseguidos y el contexto de su actividad.
III. Valoración del funcionamiento interno del
Consejo
1. Elección de sus integrantes
2. Presidentes y vicepresidentes
3. Funcionamiento interno: cuotas, secreto, ausencia de motivación.
IV. Una evaluación de su eficacia frente a las
amenazas a la independencia.
1. Tipología de los conflictos relevantes para medir la independencia
de los órganos judiciales.
2. Una intervención razonable —aunque lenta— en los conflictos internos
del sistema judicial.
3. Una actuación escasa ante los conflictos externos normales del sistema
judicial.
4. Inanidad del CGPJ ante los conflictos externos de gravedad extraordinaria.
V. Una valoración sorprendentemente unánime: el CGPJ ha fracasado en su función constitucional y como órgano.
VI. Qué hacer
1. Volver a un sistema ministerial no es la
solución
2. Cambiar otra vez de modelo, tampoco
3. Es preciso actuar sobre los principios para corregir su funcionamiento.
A) Más pluralismo
B) Más y mejor motivación
C) Más transparencia
4. Algunas propuestas concretas
A) Diversificar la composición del Consejo
B) Separar las propuestas de otros nombramientos
C) Establecer estándares previos en las convocatorias
D) Revisar el papel de las asociaciones judiciales en la
propuesta
de
candidatos.
E) Hacer más transparente el proceso de designación
F) Dar a la comisión la facultad de rechazar candidaturas
G) Elección del Presidente nombrándole entre los integrantes
del CGPJ,
en
votación libre (y, por tanto, secreta)
H) Modificar el estatus y el régimen de dedicación de los
vocales
I) Considerar muy cuidadosamente la proliferación de órganos
semejantes,
de
ámbito autonómico o menor.
5. La tentación de no hacer nada y las razones del optimismo constitucional.
LA “DESCENTRALIZACIÓN” DEL GOBIERNO DEL PODER JUDICIAL Y EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LOPJ. Gregorio Cámara Villar. Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Granada.
I. Una introducción necesaria: marco constitucional y principio autonómico.
II. La descentralización del gobierno del Poder Judicial: precisiones conceptuales y límites.
III. Los grandes perfiles de la proyectada reforma en la materia y su adecuación constitucional.
IV. Referencias bibliográficas
EL GOBIERNO DEL PODER JUDICIAL. CONSEJO GENERAL Y CONSEJOS TERRITORIALES. Emilio V. Berlanga Ribelles. Magistrado.
I. Valoración negativa del CGPJ
II. Los motivos de su infuncionalidad
III. Multiplicación de una fórmula inoperante: Los Consejos de Justicia del proyecto de Ley de Reforma de la LOPJ.
IV. Pérdida de una ocasión histórica
EL GOBIERNO DE LA
JUSTICIA. Fernando Ruiz Piñeiro.
Presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
EL GOBIERNO DE LA
JUSTICIA. María Victoria Cinto Lapuente.
Magistrada.
MORES Y DESAMORES DE LAS CORTES: COMPETENCIAS EN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Encarnación Roca Trias. Magistrada del Tribunal Supremo. Catedrática de Derecho civil.
I. La realidad del recurso de amparo
II. El juez y la fuerza obligatoria de la Constitución
III. Los guardianes de los derechos fundamentales
IV. La revisión de las decisiones judiciales contrarias a los derechos fundamentales.
V. El papel del Tribunal Supremo en la protección de los derechos fundamentales.
VI. Conclusión
VII. Bibliografía
EL PODER JUDICIAL EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Eduardo Vírgala Foruria. Catedrático de Derecho Constitucional Universidad del País Vasco.
I. Introducción
II. El modelo constitucional de Poder Judicial
1. El diseño constitucional del Poder Judicial
2. El Poder Judicial en los Estados compuestos
III. La incidencia autonómica en el Poder
Judicial
1. La Constitución y el Poder Judicial en las CCAA
2. Los intentos de autonomizar el Poder Judicial: 2004-2006
3. El instrumento normativo adecuado para “territorializar” el Poder Judicial.
4. Otros temas “autonómicos”: Consejos de Justicia y jueces de proximidad
(remisión)
IV. Tribunal Supremo y Tribunales Superiores de
Justicia
1. La posición del Tribunal Supremo en la Constitución
2. El Tribunal Supremo en la actualidad
3. El proyecto de reforma del recurso de casación de 2005
V. La utilización de los idiomas cooficiales en el Poder Judicial
VI. Bibliografía utilizada
COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA, SU ARTICULACIÓN CON LAS COMPETENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO Y PROBLEMÁTICA QUE SE PLANTEA EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD DE LA JURISDICCIÓN. M.ª Eugenia Alegret Burgués. Presidenta Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
I. El principio de unidad jurisdiccional
II. El Tribunal Supremo y el recurso de
casación
1. Finalidad del recurso de casación
2. Relación entre el recurso y el órgano que debe conocerlo
3. Constitución y casación
III. El papel de los Tribunales Superiores de Justicia en el organigrama judicial.
1. El Tribunal Superior de Justicia como órgano
jurisdiccional de Derecho estatal.
2. Distribución de competencia entre el Tribunal Superior y el Tribunal Supremo
en materia de Derecho civil
estatal.
3. Los Tribunales Superiores de Justicia como órganos de casación del Derecho
civil propio de las Comunidades
Autónomas.
4. Algunas cuestiones conflictuales
IV. Conclusiones
V. Bibliografía consultada
LA UNIDAD JURISDICCIONAL Y LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LOS DISTINTOS ÓRGANOS DEL PODER JUDICIAL EN EL ORDEN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Juan Carlos Zapata Híjar. Magistrado-Juez.
I. Introducción
II. La situación actual
III. Las disfunciones actuales del sistema
1. La distribución de competencias de los asuntos en primera instancia.
2. Las disposiciones de carácter general
3. El fuero electivo
4. Autoorganización y elección de órgano judicial por la Administración
demandada.
5. La mala apelación
IV. Conclusiones
EL GOBIERNO DE JUZGADOS Y TRIBUNALES. Jesús María Chamorro González. Magistrado.
I. Algunas cuestiones de principio
II. Administración de Justicia y Poder Judicial. Competencias de las CCAA.
III. Algunas preguntas sin respuesta
IV. Más preguntas sobre la propuesta de reforma
PROSPECCIÓN SOBRE LA REFORMA. LA JUSTICIA DE PROXIMIDAD. Antonio García Martínez. Magistrado.
Relacionados
MANUAL DE LA PROCURA.
hasta el 28-11-2024