PRÁCTICA PROCESAL DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. El artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Litigar contra la Administración en España es tarea de titanes. La mayoría de los procedimientos que se tramitan ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo lo son a través del procedimiento abreviado, tanto por la materia —cuestiones de personal al servicio de las Administraciones públicas, extranjería, inadmisiones de asilo político y disciplina deportiva en materia de dopaje—, como por la cuantía, pretensiones no superiores a los 30.000 euros.
El procedimiento abreviado y los Juzgados unipersonales (Juzgados provinciales y centrales de lo contencioso-administrativo) fueron las dos grandes novedades de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa de 1998. Un procedimiento innovador, basado en los principios de concentración, oralidad, inmediación y celeridad, en un orden jurisdiccional tradicionalmente regido por la colegialidad y la escritura y, por ende, por la lentitud. Iniciado directamente por demanda, el procedimiento pasa a concentrar en la vista oral el resto de actuaciones procesales, tras una defectuosamente regulada fase intermedia.
La puesta en marcha en 2011 del denominado procedimiento abreviado «exprés» ha supuesto la posibilidad de que el pleito se falle sin proposición de prueba y sin vista, lo que cercena, en opinión del autor, la esencia del procedimiento abreviado, su oralidad e inmediación.
Este libro
constituye una síntesis sobre el proceso jurisdiccional administrativo que tan
escasa atención ha merecido por parte de los procesalistas. Desde una visión
práctica, el autor se centra en las claves procesales del procedimiento
abreviado y del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, tanto generales
—jurisdicción, competencia, procedimiento, legitimación, demanda, actividad
probatoria, vista oral, costas—, como específicas, actividad administrativa
previa y objeto del recurso contencioso-administrativo —su naturaleza
impugnatoria en la que el acto recurrido identifica a la acción—, su supuesto y
superado carácter revisor, la vía administrativa como carga del recurrente, la
rehabilitación de plazos del art. 128 LJCA98, el expediente administrativo, los
emplazamientos, la ejecución de sentencia, etc. La obra se complementa con una
actualizada colección de formularios.
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hasta el 28-11-2024