PRERROGATIVAS DE LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE SU PATRIMONIO.
- Sinopsis
- Índice
Tradicionalmente, el patrimonio de las Entidades Locales ha sido una cuestión, cuando menos, conflictiva, dado que, con frecuencia, ha sido objeto de usurpación o despojo por parte de los particulares. Además, la propia Administración, en más ocasiones de las deseadas, no ha llevado a cabo su correcto Inventario.
El mismo Tribunal Supremo se ha hecho eco de la dificultad que supone para las Administraciones, por razón de su propia naturaleza, el llevar un control preciso sobre sus bienes y derechos, con la exactitud y precisión de un particular, circunstancia que, indudablemente, incrementa el peligro de su despojo.
Esta obra pretende analizar y estudiar las potestades patrimoniales de que disponen las Entidades Locales, con la finalidad de que puedan cumplir con la obligación legal de proteger y defender de una forma eficaz y adecuada su patrimonio, evitando su usurpación. En la misma se procede a la exposición y examen, tanto de la normativa del Estado como de la que han ido aprobando las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de los correspondientes preceptos constitucionales y de los diferentes Estatutos de Autonomía.
I. PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DEL PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN
2. PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DEL PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES LOCALES
2.1. Obligación y deber de las Entidades Locales
2.2. Ejercicio de acciones precisas
A) Examen de la normativa estatal
B) Examen de la normativa de las
Comunidades Autónomas
C) Necesidad del previo dictamen del
Secretario o, en su caso, de la aseso-
ría jurídica o de letrado externo
2.3. Prohibición de allanamiento a las demandas judiciales,
que afectaren al
dominio y demás derechos reales integrantes de su patrimonio, y posibili-
dad de
transaccionar sobre bienes y derechos patrimoniales.
A) Examen de la normativa estatal
B) Examen de la normativa de las
Comunidades Autónomas
II. POTESTADES DE LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE SU PATRIMONIO.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
2. ENUMERACIÓN DE LAS POTESTADES DE QUE DISPONEN
LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE SU PATRIMONIO
2.1. Examen de la normativa estatal
2.2. Examen de la normativa de las Comunidades Autónomas
3. ENTES TITULARES DE ESTAS POTESTADES O
PRERROGATIVAS
3.1. Examen de la normativa estatal
3.2. Examen de la normativa de las Comunidades Autónomas
4. ORDEN DE PRELACIÓN O PREFERENCIA EN LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA PATRIMONIAL.
5. EXAMEN DE LOS TÉRMINOS: POTESTAD, PRERROGATIVA, FACULTAD Y ACCIÓN.
III. INVESTIGACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. CONSIDERACIONES PREVIAS Y NORMATIVA GENÉRICA APLICABLE
2. IMPOSIBILIDAD DE QUE POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES SE PUEDA DECLARAR LA PROPIEDAD DE BIENES Y DERECHOS A SU FAVOR
3. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD
INVESTIGADORA
3.1. Administración
3.2. Denunciante
3.3. Afectados
4. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD INVESTIGADORA
4.1. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales
4.2. Bienes sitos fuera de la jurisdicción del Ente Local.
5. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD INVESTIGADORA
5.1. Iniciación del procedimiento
5.2. Instrucción del procedimiento
A) Trámite de alegaciones
B) Período de prueba
C) Audiencia a los interesados
D) Informe del Secretario
5.3. Finalización del procedimiento
A) Resolución
B) Ejecutividad
C) Plazo máximo para la resolución
del expediente
D) Impugnación
6. EFECTOS
6.1. Tasación
6.2. Inclusión en el Inventario de Bienes y Derechos
6.3. Inscripción en el Registro de la Propiedad
6.4. Incorporación al Catastro
6.5. Abono de premio e indemnización
7. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
7.1.Andalucía
7.2.Aragón
7.3.Baleares
7 4.Cataluña
7.5. Extremadura
7.6. Galicia
7.7. La Rioja
7.8. Navarra
IV. DESLINDE DE LOS BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. NORMATIVA GENÉRICA APLICABLE
2. DESLINDE ADMINISTRATIVO Y DESLINDE CIVIL
3. SUPUESTOS QUE VIABILIZAN EL DESLINDE, EN QUÉ CONSISTE Y CUÁL ES SU OBJETO
4. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD DE DESLINDE
4.1. Administración
4.2. Afectados
4.3. ¿Cabe el deslinde administrativo entre bienes de dos
Administraciones
públicas?
5. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD DE DESLINDE
5.1. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales
5.2. Bienes sitos fuera de la jurisdicción del Ente Local
5.3. Previa posesión del inmueble a deslindar o, cuando menos,
que no haya
perdido la misma por un plazo superior al año
6. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD DE DESLINDE
6.1. Redacción de la Memoria
6.2. Elaboración del presupuesto de gastos
6.3. Iniciación del procedimiento
6.4. Instrucción del procedimiento
A) Trámite de audiencia y vista
B) Trámite de información pública
C) Trámite de prueba
D) Apeo
6.5. Finalización del procedimiento
A) Ejecutividad del deslinde
B) Plazo máximo para la resolución
del expediente
C) Impugnación del deslinde
D) Declaración provisional de la
posesión de hecho de la finca deslindada
E) El deslinde administrativo, el
Registro Propiedad y otras cuestiones civiles
7. EFECTOS
7.1. Prohibición de procedimientos judiciales con idéntica
pretensión, así como
de
interdictos
7.2. Comunicación al Registro de la Propiedad
7.3. Amojonamiento
7.4. Inscripción en el Registro de la Propiedad
7.5. Comunicación al Catastro
8. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
8.1. Andalucía
8.2. Aragón
8.3. Baleares
8.4. Cataluña
8.5. Extremadura
8.6. Galicia
8.7. La Rioja
8.8. Navarra
V. RECUPERACIÓN DE OFICIO DE LOS BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN
2. REGULACIÓN DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN POSESORIA: ORIGEN Y EVOLUCIÓN.
3. RECUPERACIÓN DE LA POSESIÓN QUE HA SIDO OBJETO DE DESPOJO, SIN AFECTAR A SU TITULARIDAD O PROPIEDAD
4. EXCEPCIONES AL REQUISITO DE LA ACREDITACIÓN DE
LA PREVIA POSESIÓN DEL BIEN USURPADO
4.1. En relación con los bienes de dominio público, no hay
que acreditar tanto
su posesión, como, simplemente, dejar constancia adecuada y suficiente
de su
condición de bienes demaniales
4.2. No es necesario acreditar la previa posesión en las
usurpaciones recientes
5. EJERCICIO DE LA POTESTAD RECUPERATORIA POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES CUANDO, AUN SIN HABER PERDIDO LA POSESIÓN DEL BIEN, HAN SUFRIDO ALGÚN TIPO DE PERTURBACIÓN QUE IMPIDE SU LIBRE DISFRUTE
6. POTESTAD DE CARÁCTER REGLADO, NO DISCRECIONAL
7. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD DE
RECUPERACIÓN DE OFICIO
7.1. Administración. Especial consideración del órgano
competente
A) Jurisprudencia que considera
competente al Alcalde
B) Jurisprudencia que considera
competente al Pleno Municipal
C) Conclusión. Especial consideración
de la sentencia del Tribunal Supremo,
Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 2 de abril de 2008
7.2. Sujeto pasivo
A) ¿Contra quién ha de ejercitarse la
prerrogativa recuperatoria?
B) La «toma de posesión del bien» debe haber sido realizado sin consenti-
miento ni autorización de la Entidad Local
C) ¿Puede una Entidad Local recuperar
la posesión de un bien, cuyo uso o
posesión ha cedido o desplazado a otra persona o entidad, para un fin
o motivo de interés público, que luego es objeto de incumplimiento?
7.3. Denunciante
8. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN DE OFICIO
8.1. Bienes de dominio público
8.2. Especial consideración de los caminos de las Entidades
Locales
8.3. Bienes patrimoniales
8.4. Identificación del bien a recuperar
8.5. ¿Los bienes objeto de recuperación posesoria deben
pertenecer al Ente
Local?
8.6. Bienes sitos fuera del territorio o jurisdicción del
Ente Local
9. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD DE RECUPERACIÓN DE OFICIO
9.1. Iniciación del procedimiento
9.2. Instrucción del procedimiento
A) Período de prueba
A.1. Cuándo
procede el período de prueba..
A.2.
Requisitos que debe reunir la prueba
A.3. Examen
de diversos medios de prueba
A.3.1. Prueba
documental
a) Certificaciones expedidas por los Registradores de la Propiedad
respecto a los asientos registrales
b) Títulos públicos de dominio, auto rizados por Notario, con arreglo a
derecho
c) Documentos de carácter administrativo, expedidos por funcionarios
públicos legalmente facultados: Documentación catastral, Inventa-
rio Municipal de Bienes y Derechos, documentación urbanística, ca-
tálogos de caminos
c.1. Documentación catastral
c.2. Inventario Municipal de Bienes y Derechos
c.3. Instrumentos de planeamiento urbanístico
c.4. Catálogos de caminos públicos.
A.3.2. Prueba
pericial: informes de los técnicos municipales y dictámenes
periciales
A.3.3. Prueba
testifical
A.3.4.
Interrogatorio de las partes
A.3.5.
Cualquier otro medio, que aunque no previsto en la enunciación
anterior, el instructor lo admitiera, con la finalidad de obtener certeza
respecto a los hechos relevantes cuestionados
A.4.
Conclusión
B) Trámite de audiencia y vista
C) Informe del Secretario de la
Corporación
9.3. Finalización del procedimiento
A) Ejecutividad y ejecución forzosa
B) Plazo máximo para la resolución
del expediente
C) Impugnación
10. EFECTOS: CESE DE LA USURPACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LA POSESIÓN
11. LICENCIAS URBANÍSTICAS Y PRERROGATIVA RECUPERATORIA DE OFICIO
12. RECUPERACIÓN POSESORIA DE LOS MONTES DE LAS ENTIDADES LOCALES
13. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
VI. DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN
2. DESAHUCIO ADMINISTRATIVO Y DESAHUCIO CIVIL
3. NORMATIVA REGULADORA DEL DESAHUCIO
4. NATURALEZA DEL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO
5. DIFERENCIAS ENTRE EL DESAHUCIO ADMINISTRATIVO Y LA RECUPERACIÓN DE OFICIO DE LA POSESIÓN DE BIENES
6. DIVERSOS SUPUESTOS EN LOS QUE SE APLICA EL
DESAHUCIO
6.1. Extinción de los derechos constituidos sobre bienes de
dominio público o
comunales de las Entidades Locales, en virtud de autorización, concesión o
cualquier otro título
6.2. Desahucio de los titulares de derechos de ocupación, ya
extinguidos, y
que se
hubieren constituido, en su momento, sobre bienes expropiados
6.3. Extinción, mediante expropiación, de arrendamientos y
cualesquiera otros
derechos personales, relativos a la ocupación de bienes patrimoniales, pro-
piedad del Ente Local, siempre que esté previsto el destino de estos para
fines
relacionados con obras o establecimiento de servicios públicos
6.4. Extinción de los derechos de arrendamiento y
cualesquiera otros derechos
personales constituidos en fincas de las Corporaciones Locales, a favor de
su
personal por la relación de los servicios que presten
6.5. Extinción de los derechos de arrendamiento de viviendas
de protección
pública, propiedad de las Entidades Locales, en los casos y formas previstos
en la legislación especial aplicable
7. ELEMENTOS PERSONALES DE LA POTESTAD DE
DE-SAHUCIO ADMINISTRATIVO
7.1. Administración
A) Competencia de las Entidades
Locales, al tener el desahucio carácter ad-
ministrativo
B) Consideración del órgano
competente
7.2. Interesados
8. ELEMENTOS REALES DE LA POTESTAD DE DESAHUCIO
ADMINISTRATIVO
8.1. Sobre qué clase de bienes puede proyectarse la potestad
de desahucio
administrativo
8.2. Consideración del tema de la indemnización.
A) Indemnización, en su caso, por la
extinción de los derechos constituidos
sobre bienes de dominio público o comunales de las Entidades Locales,
en virtud de autorización, concesión o cualquier otro título
B) Indemnización en los supuestos de
desahucio de los titulares de dere-
chos de ocupación, ya extinguidos, y en el de expropiación de arrenda-
mientos y cualesquiera otros derechos personales, relativos a la ocupa-
ción de bienes patrimoniales, propiedad del Ente Local
C) Imposibilidad de indemnizar por la
extinción de los derechos de arren-
damiento y cualesquiera otros derechos personales, constituidos en vi-
viendas de las Entidades Locales, a favor de su personal por la relación
de los servicios que presten
9. ELEMENTOS FORMALES DE LA POTESTAD DE DESAHUCIO
ADMINISTRATIVO
9.1. Inicio del procedimiento
9.2. Tramitación del procedimiento
A) Trámite de audiencia y vista a los
interesados
B) Formulación de requerimientos
previos y plazos de desalojo
C) Ejecución del desahucio:
lanzamiento
D) Reintegro de gastos
E) Garantías y ejercicio de acciones
10. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
10.1. Andalucía
10.2. Aragón
10.3. Baleares
10.4. Cataluña
10.5. Galicia
10.6. La Rioja
10.7. Navarra
VII. POTESTAD SANCIONADORA
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN
2. POTESTAD SANCIONADORA DE LOS ENTES LOCALES VERSUS POTESTAD SANCIONADORA DE LAS ADMINISTRACIONES DEL ESTADO Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: SINGULARIDADES Y PRINCIPIOS COMUNES.
3. POTESTAD SANCIONADORA DE LOS ENTES LOCALES: PANORAMA ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 57/2003, DE 16 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL GOBIERNO LOCAL
4. POTESTAD SANCIONADORA DE LOS ENTES LOCALES: PANORAMA ACTUAL, DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL Y JURISPRUDENCIAL.
5. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
5.1. Andalucía
5.2. Aragón
5.3. Baleares
5.4. Cataluña
5.5. Extremadura
5.6. Galicia
5.7. La Rioja
5.8. Navarra
VIII. INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN
2. POSICIONES DOCTRINALES RESPECTO DE DICHA POTESTAD
3. SITUACIÓN ACTUAL Y EVOLUCIÓN «HISTÓRICA» DE LA REGULA’CIÓN LEGAL DE LA PRERROGATIVA DE LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS
4. FUNDAMENTACIÓN DEL DICTAMEN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO JURÍDICO DEL ESTADO, DE 12 DE DICIEMBRE DE 1991
5. EXAMEN DE DIVERSAS CORRIENTES JURISPRUDENCIALES,
RELATIVAS A LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES
LOCALES
A) A favor de la ¡nembargabilidad de los bienes y derechos de
las Entidades
Locales
B) A favor de la embargabilidad de los bienes y derechos de
las Entidades Lo-
cales,
siempre que éstos tengan carácter patrimonial
C) Sentencia del Tribunal Constitucional 166/1998, de 15 de
julio
6. ¿PUEDE UN AYUNTAMIENTO CONSTITUIR UNA HIPOTECA SOBRE UN BIEN PATRIMONIAL DE SU PROPIEDAD, NO AFECTO, MATERIALMENTE, A UN USO O SERVICIO PÚBLICO?
7. ¿ES CORRECTA LA EXIGENCIA QUE FRECUENTEMENTE SE IMPONE A LOS ENTES LOCALES EN EL SENTIDO DE CONSTITUIR AVALES?
8. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
IX. INADMISIÓN DE INTERDICTOS CONTRA LA ACTUACIÓNDE LAS ENTIDADES LOCALES
1. CONSIDERACIONES GENERALES
2. INADMISIÓN DE INTERDICTOS CONTRA LA ACTUACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES
3. LÍMITES A LA NO ADMISIÓN DE INTERDICTOS
4. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
4.1. Andalucía
4.2. Aragón
4.3. Baleares
4.4. Cataluña
4.5. Galícia
4.6. Navarra
X. EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES Y ACTAS ADMINISTRATIVAS PARA SU ACCESO DIRECTO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN
2. NATURALEZA JURÍDICA DEL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS
3. REQUISITOS EXIGIBLES PARA LA INSCRIPCIÓN DE UN BIEN INMUEBLE EN EL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS, CUANDO SE CARECE DE SU TÍTULO DE DOMINIO
4. NORMATIVA JURÍDICA APLICABLE
4.1. Normativa patrimonial del Estado
4.2. Normativa de régimen local
4.3. Normativa hipotecaria
4.4. Conclusiones
5. ESPECIALIDADES EN LA NORMATIVA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
5.1. Andalucía
5.2. Aragón
5.3. Baleares
5.4. Cataluña
5.5. Galicia
5.6. La Rioja
5.7. Navarra
ÍNDICE ANALÍTICO