PRETUTELA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR ENTIDADES PRIVADAS, LA.

Autor:
LLORENTE SAN SEGUNDO, I.
Editorial:
Reus
Páginas:
351
Edición:
1
Fecha de publicación:
05/04/2013
ISBN:
9788429017328
34,21
Entrega en 3-4 días

    Pese al debate sobre la idoneidad de las personas jurídicas para el ejercicio de funciones tutelares, la práctica ha demostrado que son una alternativa de extraordinario interés para los directamente implicados (familias, órganos judiciales ) en la designación del titular de una función tutelar. En este ámbito, desde hace tiempo, las Fundaciones tutelares practican "pretutelas", término que emplean para referirse al conjunto de actividades que se inician cuando se demanda la intervención de la entidad para el ejercicio de un régimen de guarda.

    La pretutela es un paso más en la concreción del papel de la autonomía privada respecto de la determinación del contenido del régimen de protección, que ya no se establece de forma unilateral por el ordenante o terceros (delación voluntaria), sino que incorpora el concurso de la entidad que va a ejercitarlo.

    Esta monografía se centra en el análisis del papel que las entidades tutelares privadas están llamadas a cumplir en las diferentes situaciones de discapacidad, incidiendo en los factores que pueden determinar su futuro en el marco de la creciente especialización y profesionalización del ejercicio de funciones protectoras. Como tal, este trabajo no se dirige tan solo a especialistas teóricos, sino también a jueces, notarios y personal dirigente de organismos tutelares.

 


I

CAPÍTULO I. La protección de personas con discapacidad por entidades privadas. La pretutela.

I.1. Introducción

I.2. La pretutela

I.3. Aproximación al concepto de pretutela desde el punto de vista de la práctica de las entidades tutelares y desde un punto de vista doctrinal

I.4. Principales problemas para delimitar la figura de la pretutela
    I.4.1. La iniciativa o propuesta de pretutela. Posible tratamiento diferenciado

        de las pretutelas en atención a su origen: pretutela iniciada a instancia de

        una autoridad pública pretutela iniciada a instancia de un particular.
    I.4.2. El inicio y el fin de la relación pretutelar.
    I.4.3. Pretutelas iniciativa de particulares. El acuerdo de pretutela.
        I.4.3.1. Partes del acuerdo. ¿Pretuela familiar o pretutela privada?
        I.4.3.2. El contenido del acuerdo de pretutela. Concepción estricta o amplia

            de la figura de la pretutela.
        I.4.3.3. Breve crítica al término pretutela.

I.5. Plan de esta obra. Principales cuestiones objeto de estudio.

 

CAPÍTULO II. La discapacidad. Términos y conceptos.

II.1. El término discapacidad.

II.2. Consideración de la discapacidad en el derecho comparado

II.3. La discapacidad en el Derecho español
    II.3.1. Significado del término discapacidad.
    II.3.2. La discapacidad y el concepto de dependencia
    II.3.3. Regulación de la discapacidad en el Derecho vigente

II.4. La Convención de los Derechos de las personas con discapacidad. La adaptación del derecho español
    II.4.1. La sustitución de las figuras de la tutela y la curatela y la instauración

        de un sistema de apoyo
    II.4.2. Preservación del modelo de sustitución. La adaptación de las institucio-

        nes tutelares a la Convención
    II.4.3. La coexistencia de las figuras de la tutela y la curatela adaptadas a la

        Convención con una nueva figura jurídica basada en el sistema de apoyos.
        II.4.3.1. La reforma de los aspectos sustantivos y procesales de los siste-

            mas de representación en lo que se opongan a la Convención.
        II.4.3.2. ¿Qué ocurre con la guarda de hecho y los apoderamientos preven-

            tivos?
        II.4.3.3. La nueva figura en la que concrete el modelo de apoyos.

 

CAPÍTULO III. Delimitación del concepto del pretutela en relación a los sujetos entre los que va a establecerse la organización del sistema de protección de la persona con discapacidad.

III.1. Personas susceptibles de recibir apoyo, asistencia o protección por una entidad tutelar. Una persona con discapacidad presente o futura.
    III.1.1. Personas con discapacidad física o sensorial.
    III.1.2. Personas con discapacidad psíquica intelectual o mental.
        III.1.2.1. Persona discapacitada en la que no concurre causa de incapa-

            citación.
        III.1.2.2. La capacidad intelectual límite
        III.1.2.3. Personas discapacitadas en las que concurre causa de incapacita-

            ción conforme a la legislación actual.
        III.1.2.4. Personas con posible discapacidad futura.
    III.1.3. Colectivos de personas no discapacitadas. El concepto de personas vulnerables.

III.2. Entidades susceptibles de prestar apoyo, asistencia o protección
    III.2.1. Supuestos en que las personas jurídicas pueden estar llamadas a la

        protección de una persona con discapacidad.
    III.2.2. Reflexiones sobre la idoneidad de las organizaciones tutelares para el

        ejercicio de la protección de las personas discapacitadas. La profesionaliza-

        ción del sistema
    III.2.3. Las personas jurídicas tutoras.
        III.2.3.1 La distinción entidad tutelar-entidad prestadora de servicios.
        III.2.3.2. Entidades públicas y privadas. Modelos de tutela institucional.

III.3. Entidades privadas. Estudio comparativo de las asociaciones y fundaciones. La prevalencia del modelo fundacional para el ejercicio de funciones tutelares
    III.3.1. Las fundaciones tutelares
        III.3.1.1. Concepto de fundación tutelar
        III.3.1.2. La organización de las fundaciones tutelares. Órganos de gestión

            de la fundación-órganos de gestión de la tutela.
        III.3.1.3. La figura de los delegados tutelares
        III.3.1.4. La ausencia de delegados tutelares

 

CAPÍTULO IV. La relación de pretutela.

IV.1. Pretuela privada-pretuela pública. Examen especial de las pretutelas privadas.

IV.2. El origen convencional de las pretutelas privadas.

IV.3. Algunas reflexiones sobre la naturaleza del acuerdo pretutelar.
    IV.3.1. Su consideración como negocio jurídico de derecho de familia
    IV.3.2. Pretutela, delación voluntaria y apoderamientos preventivos
    IV.3.3. Caracterización del negocio de pretutela.

IV.4. La formación de la relación pretutelar.
    IV.4.1. La solicitud del interesado
    IV.4.2. Examen especial de la aceptación de la entidad tutelar.
        IV.4.2.1. ¿El acuerdo de pretutela debe incorporar la obligación de acepta-

            ción de la tutela posterior?
        IV.4.2.2. La decisión de la entidad tutelar.
        IV.4.2.3. El rechazo de la protección de la persona con discapacidad por la

            entidad tutelar.
        IV.4.2.4. La conclusión de relación de pretutela sin la la asunción de la

            protección del discapacitado

IV.5. La formalización del acuerdo del pretutela.

IV.6. El contenido del acuerdo de pretutela: el establecimiento de un sistema de protección a cargo de una entidad tutelar.
    IV.6.1. Actividades de apoyo personal y jurídico de la persona discapacitada.
    IV.6.2. El ejercicio de cargos protección temporales
        IV.6.2.1. Defensor judicial.
        IV.6.2.2. El administrador del artículo 299 del Código Civil
    IV.6.3. La planificación del régimen de guarda y cualesquiera disposiciones

        por razón del mismo.
    IV.6.4. El establecimiento de uno de los sistemas legales de protección (tutela

        y curatela)
        IV.6.4.1. El procedimiento de incapacitación y la designación de la entidad

            tutelar.
        IV.6.4.2. El nombramiento y la toma de posesión del cargo. Inhabilidad,

            excusa y remoción.
        IV.6.4.3. La designación de la entidad tutelar junto con otros tutores
        IV.6.4.4. Responsabilidad de la entidad tutelar en ejercicio de sus funciones
        IV.6.4.5. El régimen de control de la actividad tutelar.
    IV.6.5. El ámbito de la representación voluntaria en materia de pretutela.
        IV.6.5.1. Los mandatos de protección o apoderamientos preventivos.
        IV.6.5.2. Apoderamientos preventivos y pretutela.
    IV.6.6. La pretutela y la guarda de hecho
    IV.6.7. La figura del administrador del artículo 227 del Código Civil
    IV.6.8. Los mecanismos previstos en la Ley de Protección Patrimonial de las

        personas con discapacidad.
        IV.6.8.1. El patrimonio protegido
            IV.6.8.1.1. Su constitución.
            IV.6.8.1.2. El contenido del patrimonio protegido: la aportación.
            IV.6.8.1.3. Examen especial de las reglas de administración del patri-

                monio protegido

 

CAPÍTULO V. La designación de la entidad tutelar.

V.1. El fundamento de la posibilidad de designación: la autonomía de la voluntad

V.2. Designación de una persona jurídica.

V.3. La finalidad de la delación a favor de la entidad.

V.4. Modos de efectuar la designación
    V.4.1. La designación por el propio interesado
        V.4.1.1. La autotuela o autodelación.
        V.4.1.2. Reconocimiento en el Derecho español
        V.4.1.3. El contenido de la delación: la designación del cargo y la organiza-

            ción de la función tutelar.
        V.4.1.4. La influencia de la existencia de delación voluntaria en la constitu-

            ción del cargo tutelar.
    V.4.2. La designación por los padres.

V.5. Supuestos en que no procede la delación. Posibles soluciones
    V.5.1. La excusa sobrevenida del titular de la función tutelar
    V.5.2. La existencia de la relación pretutelar.

 

CAPÍTULO VI. La remuneración de los servicios prestados por la entidad tutelar

VI.1. Los instrumentos de retribución previstos en el Código Civil
    VI.1.1. La retribución por el ejercicio de los cargos tutelares.
    VI.1.2. La asignación de frutos por alimentos.

VI.2. Otros instrumentos de remuneración
    VI.2.1. Su posibilidad: examen de las prohibiciones del Código Civil
        VI.2.1.1. El ámbito subjetivo de la prohibición
        VI.2.1.2. El límite temporal en los negocios intervivos
        VI.2.1.3. Ámbito objetivo de la prohibición
        VI.2.1.4. La finalidad de las prohibiciones
        VI.2.1.5. La prohibición del artículo 753 del Código Civil respecto de las

            disposiciones mortis causa
    VI.2.2. Atribuciones patrimoniales a favor de la entidad tutelar
        VI.2.2.1. Disposiciones patrimoniales inter vivos
            VI.2.2.1.1. La llamada "compensación retributiva por la tutela" del

                artículo 257 del Código Civil
            VI.2.2.1.2. Disposiciones patrimoniales anteriores a la constitución del

                cargo tutelar independientes de la delación de la entidad tutelar.

                Las donaciones.
            VI.2.2.1.3. Instrumentos para proveer la asistencia y el cuidado del

                incapacitado
        VI.2.2.2. Disposiciones patrimoniales mortis cuasa
            VI.2.2.2.1. Cuando el disponente no es el tutelado sino un tercero
            VI.2.2.2.2. Disposiciones testamentarias de la persona con discapacidad.
            VI.2.2.2.3. La sustitución ejemplar.
        VI.2.2.3. Régimen de aceptación de las disposiciones patrimoniales

            efectuadas a favor de las fundaciones tutelares.
            VI.2.2.3.1. La aceptación de herencias
            VI.2.2.3.2. Aceptación de legados con cargas o donaciones onerosas o

                remuneratorias
            VI.2.2.3.3. La renuncia de herencias, donaciones y legados sin cargas
        VI.2.2.4. La remuneración de los servicios prestados en la pretutela
            VI.2.2.4.1. El ejercicio de actividades económicas por las Fundaciones
            VI.2.2.4.2. El cobro de los servicios prestados por la fundación. Examen

                de sus limitaciones
            VI.2.2.4.3. La ausencia de ánimo de lucro y la obligación de destinar los

                ingresos al cumplimiento de los fines de interés general. Su condicio-

                namiento en la captación recursos y en el destino de los ingresos.
            VI.2.2.4.4. Las dificultades para fijar el importe de los servicios
            VI.2.2.4.5. El destino de los ingresos. Mecanismos de control

 

BIBLIOGRAFÍA

 


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