PROHIBICIONES DE CONTRATAR DESDE UNA PERSPECTIVA EUROPEA, LAS. (Libro + E-book)

Autor:
MEDINA ARNAIZ, TERESA
Editorial:
Aranzadi
Páginas:
432
Edición:
1
Fecha de publicación:
05/12/2018
ISBN:
9788491773566
El precio original era: 54,74€.El precio actual es: 52,00€.
Entrega en 48/72 horas
.auto-style3 { font-size: x-small; } .auto-style4 { font-family: Verdana; font-size: x-small; }

    Las Directivas europeas sobre contratación pública prevén, desde el año 2004, dos tipos de motivos de exclusión de los procedimientos de adjudicación de un contrato público por parte del candidato o licitador que se encuentra incurso en ellas.

    El primer grupo de prohibiciones se instituye con carácter obligatorio para todos los Estados miembros, de tal manera que su normativa contractual debe recoger necesariamente en el momento de su transposición las prohibiciones de contratar contempladas en el artículo 57.1 de la Directiva 2014/24/UE. Su obligatoriedad deriva de lograr un efecto de sinergia con otras políticas europeas y servir, de esta manera, de instrumento para luchar contra la corrupción, el fraude, el blanqueo de capitales, el terrorismo y/o la trata de seres humanos.

    El otro bloque de prohibiciones se establece con carácter potestativo para los legisladores nacionales quedando, por tanto, en manos de los distintos Estados miembros la decisión de incorporar -o no- dichas causas de prohibición de contratar a sus legislaciones internas. Entre estas prohibiciones facultativas merecen ser destacadas aquellas que se refieren a la comisión de faltas profesionales por parte del operador económico que ponen en entredicho su integridad o que prueban que se ha incumplido la legislación en materia medioambiental, social o laboral.

   Su imprecisión conceptual nos obliga a una labor interpretativa atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este estudio tiene por objeto analizar la regulación de dichos motivos de exclusión y establecer cómo están siendo incorporados en los distintos Estados miembros. Sus diferencias, sus carencias y sus aciertos nos pueden ayudar a entender mejor la legislación española y a plantear propuestas de mejora.

 


Capítulo primero

Marco conceptual, configuración y fundamentos jurídicos de las prohibiciones de contratar

I. Planteamiento

II. Precisiones conceptuales

III. Aproximación a la configuración jurídica de las prohibiciones de contratar

IV. A modo de conclusión provisional

V. Los fundamentos de las prohibiciones de contratar

 

Capítulo segundo

Análisis de las prohibiciones de contratar desde el derecho de la Unión Europea (1957-2014)

I. La regulación europea de la contratación pública

II. La contratación pública a la luz del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (LCEur 1986, 8)

    1. La ausencia de preceptos referidos a la contratación pública

    2. Alcance de las libertades fundamentales garantizadas por el Tratado CEE

        en el ámbito de la contratación pública

    3. La aplicación de los principios generales del Derecho de la Unión Europea

        3.1. Los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia

        3.2. El principio de proporcionalidad

        3.3. El principio de concurrencia

        3.4. El principio de seguridad jurídica

III. La evolución de la normativa de la Unión Europea sobre contratación pública: de la primera a la cuarta generación de directivas

IV. El marco jurídico actual: las directivas de «cuarta generación»

    1. El proceso de elaboración y los objetivos de la reforma

    2. Las principales novedades respecto de las prohibiciones de contratar

 

Capítulo tercero

Las prohibiciones de carácter obligatorio para los Estados miembros: situación actual y propuestas de «lege ferenda»

I. Introducción

II. La corrupción en la contratación pública

III. La política de la UE contra la corrupción y otras formas graves de delincuencia

IV. La identificación de los delitos que habilitan una prohibición de contratar de carácter obligatorio

    1. Consideraciones preliminares sobre el Derecho penal sustantivo en la UE y

        su importancia en delimitación de las prohibiciones de contratar obligatorias

    2. Delitos relativos a la participación en una organización delictiva

    3. Corrupción

    4. Fraude

    5. Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

    6. Delitos de terrorismo o ligados a las actividades terroristas

    7. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos

V. El impago de impuestos y cotizaciones a la seguridad social

VI. La regulación de las prohibiciones de carácter obligatorio en los Estados miembros

VII. La consideración de aspectos sociales y medioambientales entre las prohibiciones de contratar. Algunas propuestas de «lege ferenda»

    1. Cuestiones previas

    2. Las prohibiciones de contratar por incumplimiento de las obligaciones en

        materia medioambiental, social o laboral en las nuevas Directivas

    3. Nuestra propuesta de «lege ferenda»: dotar de un carácter obligatorio a

        estas prohibiciones de contratar

 

Capítulo cuarto

La delimitación en la aplicación de las prohibiciones de contratar

I. Planteamiento de la cuestión

II. El elemento subjetivo en las prohibiciones de contratar

    1. Los poderes adjudicadores

    2. Las entidades adjudicadoras

    3. El concepto de «operador económico»

    4. El subcontratista

III. El elemento objetivo en las prohibiciones de contratar

    1. Los contratos públicos y los negocios y contratos excluidos de la aplicación

        de las Directivas

    2. Los umbrales económicos en la contratación

IV. La delimitación temporal de las prohibiciones de contratar

    1. La apreciación de las prohibiciones de contratar

    2. Momento a partir del cual la prohibición contratar despliega efectos jurídicos

        2.1. Primer escenario. La sentencia o resolución administrativa sancionadora

            contiene un pronunciamiento expreso sobre la prohibición de contratar
        2.2. Segundo escenario. La sentencia o resolución administrativa guarda

            silencio respecto de la prohibición de contratar

    3. La prescripción de la acción para la imposición de una prohibición de contratar

    4. La duración de las prohibiciones de contratar

    5. Las prohibiciones sobrevenidas: su incidencia en el contrato

V. La delimitación espacial de las prohibiciones de contratar

    1. La petición de exclusión realizada desde otro Estado miembro

    2. El reconocimiento de resoluciones judiciales en materia penal

VI. El intercambio de información acerca de las prohibiciones de contratar

    1. El Sistema de Información del Mercado Interior («IMI»)

    2. El depósito de certificados en línea (e-Certis)

    3. El Sistema de Exclusión y Detección Precoz (EDES)

VII. La simplificación en los medios de prueba de no estar incurso en una prohibición de contratar

    1. Las previsiones sobre simplificación administrativa y la apuesta por reducir

        la carga burocrática en las nuevas Directivas

    2. El documento europeo único de contratación

VIII. Los supuestos de inaplicación de una prohibición de contratar

    1. La excepción derivada de la existencia de razones imperiosas de interés

        general

    2. Las excepciones por motivos económicos

        2.1. Una «segunda oportunidad» para los operadores económicos en situa-

            ción de quiebra y/o insolvencia

        2.2. Compras de suministros en condiciones especialmente ventajosas para

            el órgano de contratación

    3. Excepciones que superan el juicio de proporcionalidad

    4. El levantamiento de la prohibición con motivo de la regularización tributaria

        del operador económico «incumplidor»

    5. La excepción a la aplicación de las prohibiciones de contratar a través de las

         medidas de «self-cleaning»

        5.1. Las medidas de self-cleaning son «viejas conocidas» de la legislación

            contractual
        5.2. Las acciones del operador económico que posibilitan su «rehabilitación»

            en la participación en un procedimiento de adjudicación

            A. Indemnización por los daños causados

            B. Colaboración con el esclarecimiento de los hechos

            C. Adopción de medidas técnicas, organizativas y de personal

    5.3. El ámbito de aplicación de las medidas de self-cleaning

    5.4. Un posible procedimiento de «rehabilitación»

        A. Inicio del procedimiento

        B. La documentación a aportar por parte del operador económico

        C. La valoración de las pruebas aportadas

        D. El órgano que entendemos competente para valorar las pruebas y

            resolver el procedimiento

        E. Los efectos de la resolución

    5.5. El derecho del operador económico a que se examinen sus medidas de cumplimiento

 

Conclusiones

 

Bibliografía

 

Relación de sentencias del TJUE vinculadas a las prohibiciones de contratar

 


 

Relacionados

¿Quieres conocer las últimas novedades?