RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LAS SOCIEDADES PROFESIONALES, EL.
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La Ley 2/2007, de 15 de marzo de Sociedades Profesionales, regula por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico la sociedad profesional en sentido estricto como profesional persona jurídica centro de imputación de las relaciones derivadas del seivicio profesional prestado al cliente.
Esta monografía, partiendo de un análisis extenso del Derecho comparado sobre la materia y de los aspectos generales del régimen jurídico previsto para las sociedades profesionales por la reciente Ley, aborda de manera exhaustiva el análisis de uno de los aspectos más polémicos del régimen jurídico de las sociedades profesionales: su régimen de responsabilidad patrimonial.
La Ley de Sociedades
Profesionales en su artículo 11 prevé un doble régimen de responsabilidad para
las sociedades profesionales, la responsabilidad por deudas no profesionales y
la responsabilidad por deudas procedentes del ejercicio de la actividad
profesional. En este segundo caso y de manera novedosa en nuestro Derecho, se
reconoce un sistema de responsabilidad concurrente y solidaria entre la sociedad
profesional y el profesional actuante. El autor desgrana todos y cada uno de los
elementos que integran este sistema de responsabilidad dual desde una
perspectiva crítica, buscando soluciones a cada uno de los problemas que surgen
de su integración en nuestro ordenamiento societario y profesional y abordando
como corolario del trabajo una serie de propuestas de «lege ferenda» que
permitan que el reconocimiento de la sociedad profesional en sentido estricto en
nuestro Derecho sea pleno.
PARTE PRIMERA
CUESTIONES DE POLÍTICA JURÍDICA EN LA REGULACIÓN DE
LAS SOCIEDADES PROFESIONALES Y SU APROXIMACIÓN EN EL DERECHO ESPAÑOL Y
COMPARADO.
CAPÍTULO PRIMERO
LA SOCIEDAD COMO FORMA DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
I. Planteamiento
II. La evolución en la caracterización y ejercicio
de las actividades profesionales liberales
1. Aproximación al concepto y caracterización de la profesión
liberal
2. La transformación del concepto clásico de profesión
liberal
III. El asociacionismo profesional como
manifestación del ejercicio colectivo de la actividad profesional
1. Consideraciones generales
2. La coordinación del marco jurídico profesional con el
societario en las socie-
dades
Profesionales.
3. Del «intuitu personae» al «intuitu societatis»
4. La acreditación de la capacidad profesional de la
sociedad: titulación y cole-
giación
profesional de los socios e inscripción de la sociedad profesional.
5. Independencia profesional e integración de los
profesionales en estructuras
societarias.
6. Actividad profesional, ánimo de lucro y sociedad
profesional
7. El problema de la responsabilidad profesional
8. Las «sociedades profesionales» de tercera generación
CAPÍTULO SEGUNDO
ANTECEDENTES, ELEMENTOS DEFINIDORES Y PRINCIPIOS DE POLÍTICA JURÍDICA DE
LA LEY ESPAÑOLA DE SOCIEDADES PROFESIONALES.
I. Planteamiento
II. Antecedentes de la Ley de Sociedades Profesionales
III. Reconocimiento legal de la sociedad profesional en sentido estricto bajo la Universalidad de su régimen.
IV. La Ley de Sociedades Profesionales como norma de garantías
V. La coordinación de los ordenamientos jurídicos
corporativo y societario: la flexibilidad organizativa y la garantía de conexión
de ambos ordenamientos.
CAPÍTULO TERCERO
LA REGULACIÓN DEL EJERCICIO ASOCIADO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL EN EL
DERECHO COMPARADO DESDE LA PERSPECTIVA DEL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL.
I. Planteamiento
II. Ordenamientos que admiten la responsabilidad
profesional concurrente de socios y profesionales actuantes y de la sociedad
profesional en el ejercicio asociado de la actividad profesional.
1. La evolución en Francia desde el régimen de sociedades
civiles profesiona-
les de 1966 a las sociedades de ejercicio liberal Previstas en la reforma de
1990.
2. La influencia del modelo francés en otros ordenamientos
europeos: Bélgica
e
Italia.
3. Las singularidades propias del modelo anglosajón:
Inglaterra y Estados
Unidos.
III. La evolución del Derecho alemán hacia un
régimen de responsabilidad más congruente con el reconocimiento de la sociedad
profesional.
1. La creación de una forma especial de comunidad en mano
común: la
«Partnergesellschaft»
2. La admisión de la sociedad Profesional de capital con
responsabilidad sub-
sidiaria de los socios en caso de falta de vigencia o insuficiencia del seguro
de responsabilidad civil profesional.
IV. La opción del legislador español en materia de
responsabilidad de las sociedades profesionales en el marco jurídico comparado.
PARTE SEGUNDA
EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LAS SOCIEDADES
PROFESIONALES
CAPÍTULO PRIMERO
ALGUNOS ASPECTOS JURÍDICO-CONCEPTUALES
I. La distinción entre deudas sociales y deudas procedentes del ejercicio de la actividad profesional como punto de partida.
II. La opción por un régimen agravado de
responsabilidad profesional en el ejercicio asociado de la actividad profesional
supuestamente fundado en el estatuto del profesional.
CAPÍTULO SEGUNDO
EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS SOCIEDADES PROFESIONALES
DEFINIDO POR LA LEY DE SOCIEDADES PROFESIONALES.
I. La responsabilidad social por deudas sociales no profesionales
II. El sistema de responsabilidad profesional
concurrente entre la sociedad y el profesional actuante por las deudas sociales
profesionales
1. Sobre el fundamento de la responsabilidad profesional
concurrente: la au-
tonomía
e independencia profesional.
2. Naturaleza y presupuestos de la responsabilidad
concurrente del profesional
actuante.
2.1. Consideraciones preliminares
2.2. El elemento objetivo: los actos
profesionales propiamente dichos
2.3. El elemento subjetivo: el
profesional actuante
2.4. La naturaleza de la
responsabilidad del profesional actuante: respon-
sabilidad contractual o extracontractual.
2.5. El vínculo entre la
responsabilidad de la sociedad profesional y el pro-
fesional actuante: la opción de la Ley de Sociedades Profesionales por
la responsabilidad directa y solidaria y sus consecuencias.
3. La responsabilidad de la sociedad profesional y la
responsabilidad de los
socios de la sociedad profesional que no gozan de la condición de profesio-
nal actuante.
III. Otros elementos del sistema de
responsabilidad de las sociedades profesionales previsto por la Ley de
Sociedades Profesionales
1. El seguro de responsabilidad civil de constitución
obligatoria por la sociedad
profesional.
2. La extensión del régimen de responsabilidad profesional
previsto en el ar-
tículo 11 de la Ley de Sociedades Profesionales: la Disposición adicional
segunda.
2.1. Consideraciones generales
2.2. Supuestos de ejercicio asociado
de la actividad profesional al margen
de la sociedad profesional regulada por la Ley de Sociedades
Profesionales.
2.3. Supuestos de ejercicio
colectivo, externo y no asociado de la actividad
profesional.
2.4. Valoración crítica general de la
Disposición adicional segunda
IV. Coordinación del régimen de responsabilidad de las sociedades profesionales por deudas profesionales con otros regímenes de responsabilidad potencialmente concurrentes.
V. Un planteamiento conclusivo: algunas propuestas
de «lege ferenda» respecto del régimen de responsabilidad de las
sociedades profesionales.
BIBLIOGRAFÍA
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