REGLAMENTOS DEL GOBIERNO, LOS. Tomo I.- Régimen jurídico de los Reales Decretos Reglamentarios.
- Sinopsis
- Índice
El objeto de este ensayo se concreta en exponer el «régimen jurídico y control jurisdiccional de los Reales Decretos reglamentarios aprobados en Consejo de Ministros». Trata, por lo tanto, de poner de manifiesto de modo ordenado y a la vista del Ordenamiento jurídico vigente, cuál es el régimen jurídico actual del reglamento y de la potestad reglamentaria atribuida al órgano plenario del Gobierno de la Nación.©LJEBOSCH
Los capítulos iniciales de la obra que componen este primer tomo pretenden analizar de modo específico el concepto actual de dicha figura; la potestad en la que se fundamenta; cuál es el proceso de su elaboración; y fijar su posición y aplicabilidad en el conjunto de las fuentes que integran el Derecho español (comenzando por la Constitución que positiviza la mayoría de los principios generales del Derecho y la Ley). Asimismo, se examinan las diferentes clases de normas reglamentarias que puede dictar el Ejecutivo en función, precisamente, de cuál sea su conexión con la Ley y se aborda el régimen de su vigencia en el tiempo.
CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN
1.- OBJETO DEL ENSAYO
2.- MÉTODO EMPLEADO EN LA INVESTIGACIÓN
3.- EL PLAN DE LA EXPOSICIÓN
CAPÍTULO II. EL REAL DECRETO REGLAMENTARIO: CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA. SU DISTINCIÓN RESPECTO DE LOS ACTOS APROBADOS MEDIANTE REAL DECRETO.
1.- EL CONCEPTO DE REGLAMENTO
A.- El reglamento en el sistema de fuentes del Derecho
B.- Aproximación etimológica al término «Reglamento»
C.- Origen histórico del reglamento
D.- Breve referencia a la evolución histórica de los reglamentos del Gobierno en España.
E.- Distintas acepciones del término Reglamento
F.- Examen del concepto de Reglamento
G.- Definición legal de Reglamento
H.- El concepto de Real Decreto reglamentario.
I.- El concepto de Reglamento en la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre Reales Decretos reglamentarios.
2.- NATURALEZA JURÍDICA DEL REGLAMENTO
A.- Posiciones más destacadas de la doctrina científica
B.- Doctrina jurisprudencia! expresada a propósito del control de los Reales Decretos.
3.- DISTINCIÓN DE LOS REALES DECRETOS REGLAMENTARIOS DE LOS ACTOS APROBADOS POR EL CONSEJO DE MINISTROS.
A.- La naturaleza jurídica del reglamento y del acto administrativo.
B.- Los caracteres de la distinción entre norma
reglamentaria y el acto administrativo plúrimo aprobado mediante Real Decreto.
CAPÍTULO III. LA POTESTAD NORMATIVA DEL GOBIERNO EN LA TRADICIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO COMPARADO EUROPEO Y NORTEAMERICANO. ESTUDIO DE DOS TRADICIONES JURÍDICAS PECULIARES: EL DERECHO CONTINENTAL EUROPEO Y EL DERECHO ANGLOSAJÓN.
1.- LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA EN DERECHO CONTINENTAL EUROPEO.
A.- Del concepto formal de reglamento al sistema de reserva reglamentaria en Francia.
B.- El principio monárquico como germen de la potestad reglamentaria en Alemania.
C.- La diversidad de categorías de reglamento en el Derecho italiano.
2.- EL DERECHO ANGLOSAJÓN
A.- La evolución de la legislación delegada en el Reino Unido.
B.- La legislación delegada en los Estados Unidos de América.
3.- CONSIDERACIONES FINALES SOBRE EL CARÁCTER DE LOS
REGÍMENES CONTINENTAL Y ANGLOSAJÓN RELATIVOS A LA POTESTAD NORMATIVA DEL
GOBIERNO.
CAPÍTULO IV. EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS EN ESPAÑA TRAS LA APROBACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978.
1.- DOCTRINA GENERAL SOBRE LA POTESTAD REGLAMENTARIA: SU APLICACIÓN A LA PROPIA DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN.
A.- Origen y Concepto de la Potestad Reglamentaria.
B.- La justificación de la potestad reglamentaria del Ejecutivo
C.- Fundamento Jurídico de la potestad reglamentaria del Gobierno
D.- Extensión de la potestad reglamentaria del Consejo de Ministros
2.- LA COMPETENCIA ORIGINARIA DEL GOBIERNO PARA DICTAR REGLAMENTOS POR ATRIBUCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978.
3.- EL ÓRGANO COMPETENTE PARA EL EJERCICIO DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA DENTRO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO.
4.- NATURALEZA JURÍDICA DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA GOBIERNO
5.- EL SOMETIMIENTO AL BLOQUE DE LEGALIDAD DE LA POTESTAD REGLAMENTARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.
A.- Doctrina de la necesidad de una habilitación legal para todo ejercicio de la potestad reglamentaria.
B.- Doctrina que defiende la libertad para dictar reglamentos, salvo que exista reserva constitucional.
C.- Doctrinas que defienden la mnecesanedad de habilitacion legal para el ejercicio potestad reglamentaria en determinados supuestos
a.- Tesis de la innecesariedad de habilitación legal salvo en los casos
de reserva de ley.
b.- Tesis de la innecesariedad de habilitación exclusivamente en el supuesto
de
los reglamentos
de organizacion.
CAPITULO V. EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LA NORMA REGLAMENTARIA APROBADA EN CONSEJO DE MINISTROS.
1.- LA REGULACIÓN NORMATIVA Y LA NATURALEZA JURÍDICA DEL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LOS REALES DECRETOS REGLAMENTARIOS.
2.- CARACTER DE LA MEMORIA Y DOCUMENTOS ANEXOS DE LA NORMA REGLAMENTARIA.
3.- EL CARÁCTER DEL INFORME DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA.
4.- CARÁCTER DEL DICTAMEN DEL CONSEJO DE ESTADO
A.- La naturaleza jurídica y funciones del Consejo de Estado
B.- Alcance del dictamen del Consejo de Estado
C.- Requisitos de procedibiidad del dictamen
D.- Consecuencias de la omisión del dictamen del Consejo de Estado.
5.- EL TRÁMITE DE AUDIENCIA
A.- Carácter del trámite de audiencia
a.- Requisitos generales del trámite de audiencia
b.- Naturaleza jurídica del trámite de audiencia
B.- Naturaleza de las entidades llamadas al trámite de audiencia
C.- Examen especial sobre el carácter facultativo o preceptivo del trámite de audiencia.
a.- Tesis restrictivas de la obligatoriedad del trámite de audiencia
b.- Tesis actualmente vigente: el carácter preceptivo del trámite de audiencia
está en función origen legal o no de la entidad interesada..
D.- Supuestos de aplicación concreta de la tesis actualmente vigente de la necesidad de informes de las Asociaciones de carácter obligatorio (o que tienen su origen en una ley sectorial)
a.- Informes de los Colegios Profesionales
b.- Informes de los Sindicatos y las Organizaciones Empresariales
c.- Informes de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios
E.- El trámite de audiencia de las entidades de carácter voluntario
a.- Tesis precedente y minoritaria
b.- Doctrina actual del Tribunal Supremo que mantiene la tesis de la no preceptividad del trámite de audiencia respecto de Asociaciones que no sean de carácter voluntario.
6.- EL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA
7.- OTROS INFORMES EXIGIDOS POR NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS DE PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS.
8.- LA TABLA DE VIGENCIAS DE LAS DISPOSICIONES ANTERIORES SOBRE LA MISMA MATERIA.
9.- LA NATURALEZA DEL PLAZO LEGALMENTE PREVISTO PARA DICTAR LOS REGLAMENTOS DEL GOBIERNO.
10.- LA MOTIVACIÓN DE LOS REALES DECRETOS REGLAMENTARIOS.
A.- El fundamento jurídico de la exigencia de motivación de los reglamentos del Gobierno.
B.- De la innecesariedad a la exigencia de motivación de los Reales Decretos reglamentarios por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
11.- CONSIDERACIÓN FINAL DEL EXAMEN REALIZADO
CAPÍTULO VI. LA EFICACIA Y VIGENCIA EN EL TIEMPO DE LAS NORMAS REGLAMENTARIAS APROBADAS POR EL CONSEJO DE MINISTROS.
1.- LA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS APROBADOS EN CONSEJO MINISTROS.
A.- La publicidad de los Reales Decretos reglamentarios comporta la posibilidad de su conocimiento auténtico por el círculo de destinatarios.
B.- Efectos de la publicación de los reglamentos del Gobierno en relación con la posibilidad de su impugnación por los destinatarios.
2.- LA DEROGACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DEL GOBIERNO.
A.- Concepto y fuerza normativa de la derogación
B.- Los efectos de la derogación respecto de la impugnabilidad del Real Decreto derogado.
C.- El régimen jurídico de la derogación de los Reales Decretos reglamentarios
D.- La derogación tácita.
E.- La distinción entre derogación y nulidad
3.- LA INDEROGABILIDAD SINGULAR DE LOS REGLAMENTOS APRO MEDIANTE REAL DECRETO.
A.- El significado del principio de inderogabiidad singular de los reglamentos y su regulación legal.
B.- Alcance del principio de inderogabilidad singular de los reglamentos.
4.- LA IRRETROACTIVIDAD DE LAS NORMAS REGLAMENTARIAS APROBADAS POR EL CONSEJO DE MINISTROS.
A.- Significado y fundamento jurídico
B.- Alcance del principio de irretroactividad de las normas reglamentarias respecto de los Reales Decretos reglamentarios.
a.- Supuestos en los que la resolución judicial entiende que el Real Decreto
impugnado no lesiona los derechos particulares o simplemente no tiene
efecto retroactivo.
b.- Supuestos en los que la resolución judicial entiende que el Real Decreto
impugnado lesiona los derechos particulares.
5.- CONSIDERACIONES FINALES EN CUANTO AL RÉGIMEN DE
EFICACIA Y VIGENCIA DE LOS REALES
DECRETOS REGLAMENTARIOS.
CAPÍTULO VII. LOS REGLAMENTOS DEL GOBIERNO EN EL SISTEMA NORMATIVO DE FUENTES DEL DERECHO VIGENTE TRAS LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1.978. LAS RELACIONES DE LOS REGLAMENTOS DEL CONSEJO DE MINISTROS CON LA LEY.
1.- DOCTRINA GENERAL
A.- El origen histórico de la relación entre la Ley y el reglamento
B.- La relación entre la Ley y el reglamento en el Derecho español tras la Constitución Española de 1.978.
C.- La extensión del principio de legalidad
D.- Técnicas de relación entre la Ley y el reglamento
E.- Precisiones doctrinales en relación con la técnica de relación entre la Ley reglamento.
2.- LA RESERVA DE LEY Y EL DESARROLLO DEL ORDENAMIENTO POR GOBIERNO.
A.- Defmición y origen histórico de la reserva de ley
B.- La reserva de ley en la Constitución Española de 1.978
C.- Examen de la doctrina científica sobre las reservas legales de los Capítulos II y III del Título I de la Constitución: los derechos fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política económica y social.
D.- Las reservas de Ley Orgánica establecidas por la Constitución según la jurisprudencia Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo objeto de la presente investigación.
E.- Las reservas de ley ordinaria establecidas en la Constitución según la doctrina analizada del Tribunal Constitucional y de la Sala 3ª del Tribunal Supremo.
a.- Fundamento y alcance de la reserva de ley
b.- Supuestos concretos de desarrollos reglamentarios realizados por
el Gobierno de la Nación en relación con las distintas reservas de ley
establecidas en el Capítulo II del Título I de la Constitución.
a’.- La reserva de ley del artículo 25 CE
b’.- La reserva de ley del artículo 27 CE
c’.- La reserva de ley del artículo 31 CE
d’.- La reserva de ley del artículo 35 CE
e’.- La reserva de ley del artículo 36 CE.
c.- Supuestos concretos de desarrollos reglamentarios realizados mediante
Real Decreto en relación con específicas reservas de ley establecidas
en el Capítulo III del Título I de la Constitución.
d.- La reserva de ley del régimen estatutario de los funcionarios públicos
del artículo 103.3 CE en la jurisprudencia objeto de la presente
investigación.
e.- Doctrina jurisprudencial en relación con el carácter de reserva de ley
de las «bases» «legislación básica» atribuida al Estado en determinadas
materias del artículo 149 de la CE.
3.- LA INEXISTENCIA DE RESERVA REGLAMENTARIA EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN.
4.- LA DESLEGALIZACIÓN Y ULTERIOR REGULACIÓN MEDIANTE REAL DECRETO REGLAMENTARIO DE UNA DETERMINADA MATERIA.
A.- El concepto de deslegalización
B.- La técnica deslegalizadora.
5.- CONSIDERACIONES FINALES
CAPÍTULO VIII. LAS CLASES DE REGLAMENTOS DEL GOBIERNO EN FUNCIÓN DE SU RELACIÓN CON LA LEY.
1.- LOS REGLAMENTOS EJECUTIVOS O SECUNDUM LEGEM.
A.- Doctrina general
B.- El concepto de reglamento ejecutivo
C.- Necesidad de dictamen del Consejo de Estado
D.- Contenido de los reglamentos ejecutivos
E.- Límites en el desarrollo de la Ley
F.- La utilidad de la categoría de los reglamentos ejecutivos en el estudio de los Reales Decretos reglamentarios.
2.- LOS REGLAMENTOS INDEPENDIENTES O PRAETER LEGEM (EXTRA LEGEM)
A.- Doctrina general
B.- El concepto de reglamento independiente
C.- Innecesariedad del dictamen del Consejo de Estado en la elaboración del reglamento independiente.
D.- Límites de los reglamentos independientes
E.- La distinción respecto de los reglamentos ejecutivos como fundamento de su utilidad científica para el estudio del régimen jurídico de los Reales Decretos reglamentarios.
F.- Distinción entre los reglamentos independientes y los reglamentos organizativos.
3.- LOS REGLAMENTOS DE NECESIDAD O CONTRA LEGEM
4.- CONSIDERACIONES EN RELACIÓN CON LA CLASIFICACION ESTUDIADA
DE
LOS REGLAMENTOS DEL GOBIERNO.©BOSCH
CAPÍTULO IX. LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE LOS REALES DECRETOS REGLAMENTARIOS POR EL PROPIO CONSEJO DE MINISTROS.
1.- EL DENOMINADO RECURSO INDIRECTO CONTRA LOS REGLAMENTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA. ARTÍCULO 107.3 LRJAPYPAC.
2.- EL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE OFICIO DE LOS REALES DECRETOS REGLAMENTARIOS NULOS. UN EXAMEN DEL ARTÍCULO 102 LRJAPYPAC.
A.- La regulación legal
B.- Definición y naturaleza jurídica del procedimiento de revisión de oficio de las disposiciones generales del Gobierno.
C.- El procedimiento de revisión de oficio de las disposiciones generales del Gobierno regulado en el artículo 102 de la LRJAPYPAC en su redacción de la Ley 4/1.999 de 13 de enero.
a.- En cuanto a los requisitos subjetivos
b.- En cuanto a los requisitos objetivos
c.- La tramitación del procedimiento de revisión
3.- LA SANCIÓN DE NULIDAD DE PLENO DERECHO DE LOS REGLAMENTOS APROBADOS EN CONSEJO DE MINISTROS POR SER DECLARADOS CONTRARIOS AL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
A.- La declaración de nulidad de pleno derecho de los reglamentos aprobados mediante Real Decreto en el procedimiento de revisión de oficio del artículo 102 LRJAPYPAC.
B.- Los efectos de la declaración por el Consejo de Ministros de la nulidad de un Real Decreto reglamentario.
C.- El particular denunciante carece de acción de nulidad para actuar en vía contencioso-administrativa recurriendo la resolución desestimatoria del procedimiento de revisión de un Decreto.
4.- REFLEXIONES FINALES RESPECTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL LA POTESTAD REGLAMENTARIA DEL GOBIERNO POR LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.