RETRASO EN LA EDAD DE JUBILACIÓN, EL.
El envejecimiento demográfico supone un nuevo reto para los sistemas de Protección social, Sanidad y de Pensiones, lo cuales deben enfrentarse a la sostenibilidad financiera de los sistemas públicos de Seguridad Social. Por esta razón en la mayoría de países de la Unión Europea se han iniciado reformas de los sistemas públicos de pensiones, adoptando diferentes medidas para garantizar el equilibrio financiero de los sistemas públicos de pensiones, aunque, preferentemente, se han implementado aquellas que buscan reducir el gasto en pensiones mediante el endureciendo los requisitos para el acceso al derecho; adoptando medidas para reducir el importe inicial de la pensión de jubilación; controlando las revalorizaciones o incrementando la edad ordinaria de jubilación.
En España, además, se han adoptado todas y cada una de estas medidas, lo cual supone que la mayoría de los trabajadores se jubilarán a mayor edad, recibirán pensiones más bajas que las generaciones anteriores, y tendrán que ahorrar más para su jubilación, con el riesgo que todo ello supone de caer en la pobreza, salvo que se adopten medidas que aseguren la sostenibilidad necesaria del sistema de pensiones, a la vez que garantice el bienestar de los pensionistas.
Es por ello, que en este trabajo se plantea estudiar la regulación de la edad ordinaria de jubilación y la prolongación de la vida laboral y, concretamente, en qué medida podría aplicarse como principal medida de Seguridad Social el incremento de la edad ordinaria de jubilación en relación a la esperanza de vida, sin aplicar otras medidas que supongan la reducción de la pensión media, lo cual mantendría constante el coste de las pensiones en relación al aumento de esperanza de vida, aseguraría unas pensiones suficientes y dignas para los trabajadores, para cuando alcancen la edad de jubilación, las empresas mantendrían niveles óptimos de productividad, y el consumo interno no se vería afectado negativamente, lo que a su vez sería positivo para el empleo en general, asegurando la sostenibilidad de las pensiones públicas de jubilación y garantizando el bienestar de los actuales y futuros pensionistas, sin olvidar la necesaria promoción de la prolongación de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación y sin pasar por alto las dificultades y las medidas que deberán adoptarse para hacer todo esto posible.