REVELACIÓN DE ESQUEMAS DE PLANIFICACIÓN FISCAL AGRESIVA: DIRECTIVA DE INTERMEDIARIOS FISCALES. (Colección: «Cuadernos de Fiscalidad Lefebvre»)
- Sinopsis
- Índice
Esta obra aborda un curioso fenómeno que se está produciendo en el ordenamiento jurídico español, algo así como una “reforma silenciosa”, tras las últimas modificaciones operadas en la normativa mercantil, penal y tributaria, y que incorporan técnicas procedentes del mundo anglosajón, hasta el momento inéditas en nuestro Derecho (los principios de “cumplir o explicar”; el compliance; la teoría del conocimiento; la diligencia debida, presente en la normativa antiblanqueo; o la revelación de esquemas negociales)
El Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital incorpora la gestión del riesgo fiscal como una facultad indelegable del órgano de administración de las sociedades cotizadas, así como pautas para prevenirlo. El Código Penal, además de reconocer la responsabilidad penal de las personas jurídicas, contempla técnicas de exención de la misma a través de la aplicación práctica de un protocolo de prevención de delitos (compliance)
Por último, la reforma operada en 2015 en la Ley General Tributaria, menciona el principio de cumplimiento cooperativo en su art. 92.2, al reconocer que los contribuyentes pueden colaborar con la Administración Tributaria “con el objeto de facilitar el desarrollo de su labor en aras de potenciar el cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias”. Este principio debe ser predicable de las dos partes de la relación jurídico-tributaria, de forma que esta última se base en la transparencia, la confianza mutua y las actuaciones preventivas y de asistencia y colaboración. Ello requiere, de ambas, el ejercicio de unas buenas prácticas tributarias, consideradas como el conjunto de principios, valores, normas y pautas, que definen un buen comportamiento tributario.
En el ámbito comunitario, la Directiva DAC 6 (que se debe trasponer antes del 31 de diciembre de 2019 y cuyas obligaciones entrarán en vigor el 1 de julio de 2020) introduce novedades, como el deber de información a cargo de intermediarios fiscales (asesores fiscales, bancos y entidades aseguradoras, entre otros), que consiste en comunicar a la Administración tributaria los esquemas transfronterizos que presenten rasgos distintivos de planificación fiscal agresiva. Esta obligación se desplaza hacia el propio contribuyente en aquellos casos en que se puede alegar secreto profesional o el esquema ha sido diseñado in-house. La información así recabada, además, será objeto de intercambio automático entre los países miembros de la Unión Europea. Cabe la posibilidad, incluso, de que la normativa nacional española termine extendiendo estos deberes a las operaciones puramente internas, no transfronterizas.
REVELACIÓN DE ESQUEMAS DE PLANIFICACIÓN FISCAL AGRESIVA: DIRECTIVA DE INTERMEDIARIOS FISCALES
Capítulo 1 Revelación de esquemas de planificación fiscal agresiva como instrumento al servicio de la transparencia.
A. Configuración general de los regímenes de revelación obligatoria de esquemas de planificación fiscal agresiva.
1. Objetivos.
2. Efectos.
B. Relación entre los regímenes obligatorios de revelación y otros instrumentos que incentivan la transparencia de los contribuyentes.
1. Instrumentos al servicio de la transparencia.
2. Ventajas de los regímenes de revelación obligatoria.
C. Relación entre los regímenes obligatorios de revelación y las cláusulas generales antiabuso.
Capítulo 2 Revelación de esquemas de planificación fiscal agresiva desde una perspectiva constitucional.
A. Fundamento constitucional de un régimen de revelación de esquemas de planificación fiscal agresiva.
B. Obligación de revelación y el derecho a no autoinculparse.
Capítulo 3 Modelo de la Directiva de intermediarios fiscales.
A. Obligados tributarios de la obligación formal de revelación.
1. Sistemas en Derecho comparado: promotores y contribuyentes.
2. Directiva de intermediarios fiscales: obligación primaria a cargo de los intermediarios fiscales.
3. Concepto de promotor o intermediario.
a. Concepto de promotor en Derecho comparado.
b. Concepto de intermediario en la Directiva de intermediarios fiscales.
B. Presupuesto de hecho de la obligación de información.
1. Operaciones sometidas al deber de declarar.
a. Experiencia del Derecho comparado: cláusulas relativas al «propósito principal».
b. Sistema mixto de la Directiva de intermediarios fiscales.
2. Definición de los indicios de planificación fiscal agresiva.
a. Indicios genéricos y específicos.
b. Indicios genéricos en Derecho comparado.
c. Indicios específicos en Derecho comparado d. Configuración de los indicios en la Directiva de intermediarios fiscales.
C. Contenido de la obligación de información.
1. Recomendaciones de la OCDE.
2. Declaración en la Directiva de intermediarios fiscales.
D. Otras obligaciones vinculadas al régimen.
1. Obligaciones adicionales recomendadas por la OCDE y existentes en Derecho comparado.
2. Obligaciones adicionales en la Directiva de intermediarios fiscales.
E. Aspectos temporales: devengo y exigibilidad de la obligación.
F. Estado miembro de declaración en la Directiva de intermediarios fiscales.
G. Infracciones y sanciones.
H. Intercambio automático de información.
I. Evaluación y revisión de la Directiva de intermediarios fiscales.
Capítulo 4 Obligación de revelación de esquemas de planificación fiscal agresiva en España.
A. Transposición de la Directiva de intermediarios fiscales.
1. Rango de la normativa de transposición.
2. Secreto profesional.
3. Regulación de determinados aspectos de la asesoría fiscal.
4. Concepto de contribuyente relevante.
5. Concepto de esquema o mecanismo.
6. Condición del beneficio principal.
7. Definición de los indicios.
8. Declaraciones.
9. Devengo de la obligación.
10. Infracciones y sanciones.
B. Posible extensión del régimen a las operaciones no cubiertas por la Directiva de intermediarios fiscales.
C. Aspectos institucionales.
Anexos