SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL.

Autor:
LAGUNA DE PAZ, J.C.
Editorial:
Civitas
Páginas:
575
Edición:
1
Fecha de publicación:
30/11/2009
ISBN:
9788447033317
74,10
Entrega en 48/72 horas

TÍTULO I
MERCADO, GARANTÍA PÚBLICA E INTEGRACIÓN EUROPEA

CAPÍTULO I
DELIMITACIÓN

I. Actividades prestacionales que no conllevan el ejercicio de potestades públicas

II. Actividades de interés general

A. ACTIVIDADES ESENCIALES, CUYA PRESTACIÓN NO PUEDE FALTAR A LOS CIUDADANOS

B. SU DISTINCIÓN DE LOS MONOPOLIOS COMERCIALES

III. Su carácter económico

A. SU DISTINCIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL (SOCIALES): RELEVANCIA JURÍDICA Y DIFICULTADES

B. CRITERIO: EFICIENCIA ECONÓMICA —CORREGIDA POR ASPECTOS DE INTERÉS GENERAL— O COHESIÓN SOCIAL, GUIADA POR LA MAYOR EFICIENCIA ECONÓMICA POSIBLE.

C. SU APLICAClÓN JURISPRUDENCIAL.

 

CAPÍTULO II
BASES DE SU RÉGIMEN JURÍDICO

I. Su relevancia en el ámbito europeo

II. Mercado interior versus garantía pública de la prestación

A. EN CUANTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS: MERCADO INTERIOR.
    1. Origen y desvanecimniento de los grandes servicios públicos económicos

        estatales
    2. Como regla, se sujetan a las libertades comunitarias y a las normas de

        defensade la competencia

B. EN CUANTO SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL: LA NORMATIVA PUEDE GARANTIZAR CON MEDIOS PÚBLICOS LA PRESTACIÓN, O INCLUSO, EXCLUIR EL MERCADO

III. Regulación versus autorregulación

A. LOS VIENTOS DE LA AUTORREGULACIÓN

B. SUS LÍMITES: SU CARÁCTER COMPLEMENTARIO DE LA REGULACIÓN.

IV. Regulación sectorial versus normas generales de defensa de la competencia

A. REGULACIÓN SECTORIAL
    1. La regla debe ser la libertad económica: las restriccines han de ser necesa-

        rias,adecuadas y proporcionadas.
    2. La promoción positiva de la competencia (regulación asimétrica) debe tener

        carácter transitorio
    3. La regulación debe aspirar a ordenar —no astitir— el mercado, o a hacerlo
        en la menor medida posible
    4. La regulación debe respetar el przncipio de igualdad: distinción entre las li-

        mitaciones generales y las privaciones singulares
    5. Normas técnicas: principio de neutralidad tecnológica.
    6. Estabilidad normativa

B. DERECHO DE lA COMPETENCIA
    1. Finalidad: protección del proceso competitivo en el mercado
    2. Su modulación con objetivos extraconcurrenciales

C. CRITERIOS DE RELACIÓN ENTRE AMBOS TIPOS DE NORMAS: COMPLEMENTARIEDAD Y SUSTITUIBILIDAD.
    1. Complementariedad: ambas normas se refieren a aspectos distintos de la

        actividad
    2. Sustituibilidad: ambas normas regulan los mismos aspectos de la actividad
    3. La regulación puede dejar un margen de actuación anticompetitiva, que

        puede ser abordada desde el Derecho de la Competencia

D. PONDERACIÓN ENTRE AMBOS TIPOS DE NORMAS
    1. Ventajas de la regulación (limitaciones de las normas generales de defensa

        de la competencia)
    2. Ventajas de las normas generales de defensa de la competencia (limitacio-

        nes de la regulación sectorial)

V. Organización administrativa

A. ADMINISTRACIONES INDEPENDIENTES («AUTORIDADES DE REGULACIÓN»)

B. ÓRGANOS SECTORIALES VERSUS ÓRGANOS HORIZONTALES DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

 

CAPÍTULO III
ARMONIZACIÓN EUROPEA Y AUTONOMÍA ESTATAL

I. Armonización normativa europea

A. PRESERVACIÓN DEL MERCADO INTERIOR: TÍTULOS COMPETENCIALES.

B. REGUlACIÓN SECTORIAL
    1. Industrias en red
        1.1. Comunicaciones electrónicas

        1.2. Energía
            a) Electricidad
            b) Gas
            c) Hidrocarburos
        1.3. Transportes
            a) Carretera
            b) Ferrocarril: transporte y gestión de infraestructuras.
            c) Aéreo
                a’) Empresas de transporte
                b’) Aeropuertos
            d) Marítimo
                a’) Servicios de transporte
                b’) Puertos
        1.4. Sector postal

    2. Sector financiero
        2.1. Entidades de crédito
        2.2. Seguros

    3. Servicios de comunicación audiovisual

C. NORMATIVA HORIZONTAL: EN PARTICULAR, LA DIRECTIVA DE SERVICIOS.
    1. Su limitada aplicación a los servicios de interés económico general
    2. Contenido
        2.1. Exigencias relativas a las autorizaciones administrativas
        2.2. Libertad de establecimiento: armonización de las condiciones de acceso

             o realización de la actividad
        2.3. Libre prestación de servicios por empresas establecidas en otro Estado

            miembro

D. AUTORIDADES EUROPEAS SECTORIALES: SU REALIDAD Y DISCUSIÓN.

II. Actividades no armonizadas a nivel europeo

A. CORRESPONDE A LOS ESTADOS DEFINIR SU RÉGIMEN JURÍDICO

B. CORRESPONDE A LAS AUTORIDADES COMUMTARIAS CONTROLAR LA ADECUACIÓN, NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDiDAS ESTATALES, ASÍ COMO EL EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA TAREA DE INTERÉS GENERAL

C. LA TAREA DE INTERÉS GENERAL DEBE SER FORMALMENTE ENCOMENDADA A TRAVÉS DE UN ACTO JURÍDICO-PÚBLICO

D. SERVICIOS LOCALES: MODELO ECONÓMICO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL

III. Interés general (nacional) e interés comunitario: criterios de solución de conflictos (art. 86.2 TCE)

A. PREVALENCIA DE LA TAREA DE INTERÉS GENERAL (NACIONAL): POSIBLE EXCEPCIÓN A LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEL TRATADO

    1. Regla: sujeción a las normas generales de Defensa de la Competencia
    2. Excepción a su aplicación
        2.1. Necesidad: su aplicación ha de impedir el cumplimiento de la misión
            que tienen encomendada
            a) En cuanto excepción, su interpretación restrictiva.
            b) Su flexibilización: prestación del servicio en condiciones económica-
                mente aceptables
        2.2. No favorecer prácticas anticompetitivas

B. PREVALENCIA DEL INTERÉS COMUNITARIO SOBRE EL NACIONAL: LOS INTERCAMBIOS NO DEBEN QUEDAR AFECTADOS EN MEDIDA CONTRARIA AL INTERÉS GENERAL.

 

 

TÍTULO II
REGULACIÓN SECTORIAL

CAPÍTULO IV
ACCESO AL MERCADO

I. Controles administrativos previos y títulos habilitantes

A. ACTIVIDADES EXENTAS DE CONTROLES ADMINISTRATIVOS PREVIOS

B. COMUNICACIONES PREVIAS
    1. Delimitación
    2. Calificación jurídica: técnica de control preventivo
    3. Procedimiento y plazo para el control inicial de la actividad.
    4. Resolución de la Administración: comunicación defectuosa o ilegalidad de la
        iniciativa comunicada

C. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS
    1. Su exigencia
    2. Su razón de ser
    3. Alcance del control
        3.1. Control reglado o discrecional
        3.2. Mera habilitación para el desarrollo de la actividad o reconocimiento de

            derechos especiales
    4. Naturaleza jurídica: declaración del derecho a realizar la actividad.
    5. Ámbito de validez
    6. Sujeción a plazo, visados o controles periódicos

D. DERECHOS EXCLUSIVOS (CONCESIONES)
    1. Delimitación
    2. Técnica jurídica: contrato de gestión de servicios públicos.

II. Infraestructuras

A. RÉGIMEN DE DERECHOS EXCLUIVOS (MONOPOLIOS NATURALES)

B. LIBERTAD DE CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y SU POSIBLE LIMITACIÓN POR RAZONES DE INTERÉS GENERAL
    1. Libertad de creación de infraestructuras
    2. Su posible limitación por razones de interés general
    3. En particular, uso compartido de bienes e infraestructuras

III. Derechos de uso

A. RECURSOS ESCASOS

B. USO DEL DOMINIO PÚBLICO

C. OCUPACIÓN DE BIENES DE TERCEROS: BENEFICIO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA Y SERVIDUMBRES DE PASO

D. UTILIZACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DEDICADAS A LA PRESTACIÓN DE OTROS SERVICIOS PÚBLICOS

 

CAPÍTULO V
EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD

I. Gestión empresarial: plincipios generales

A. ACTIVIDADES EN RÉGIMEN DE LIBRE INICIATIVA: LIBERTAD DE EMPRESA.

B. ACTIVIDADES EN RÉGIMEN DE DERECHOS ESPECIALES: LIBERTAD DE EMPRESA, SUJETA A UNA MAYOR INTENSIDAD DE INTERVENCIÓN PÚBLICA (DEBER DE REALIZAR LA ACTIVIDAD)

C. ACTIVIDADES SUJETAS A DERECHOS EXCLUSIVOS: PRIMA LA GARANTÍA PÚBLICA DE LA ACTIVIDAD.

II. Garantía pública de la adecuada prestación de la actividad

A. UNIVERSALIDAD

B. CONTINUIDAD

C. CALIDAD DEL SERVICIO

D. ASEQUIBILIDAD

E. PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS

F. OTROS OBJETIVOS: EN PARTICULAR, EL PLURALISMO EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL.

III. Potestades de inspección y deber de información

A. PRINCIPIOS JURÍDICOS

B. DERECHOS DE LOS INTERESADOS

    1. Privacidad: inviolabilidad de domicilio, de la correspondencia y protección

        de datos personales
    2. Derechos de defensa: confidencialidad de la correspondencia con el abo-

        gado; derecho a la no autoinculpación.
    3. Propiedad privada y libertad de empresa: protección de la información con-

        fidencial y del secreto profesional.

IV. Cambio normativo

A. DEBER ADAPTACIÓN: SUJECIÓN A LA NORMATIVA EN CADA MOMENTO VIGENTE

B. SUS EXIGENCIAS Y LÍMITES
    1. Mantenimiento del equivalente económico del contrato
    2. Confianza legítima
    3. Igualdad de trato

V. Transmisibilidad de títulos habilitantes y derechos de uso

A. TÍTULOS O DERECHOS OTORGADOS EN BASE A LAS CONDICIONES SUBJETIVAS DEL SOLICITANTE

B. TÍTULOS O DERECHOS DE CARÁCTER REAL: EN PARTICULAR, AQUELLOS CUYO NÚMERO SE ENCUENTRE LIMITADO

VI. Cese en la actividad

A. RENUNCIA

B. SITUACIÓN DE ILEGALIDAD

C. INCUMPLIMIENTO

 

CAPÍTULO VI
PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA

I. Caracterización general

A. SU RAZÓN DE SER

B. SUS CONTRAPARTIDAS

II. Deber de acceso e interconexión

A. SU RAZÓN DE SER

B. CONDICIONES GENERALES PARA SU IMPOSICIÓN

III. Separación empresarial

A. FINALIDAD: PRESERVACIÓN DE LA CONCURRENCIA
    1. Empresas verticalmente integradas, que controlen infraestructuras no suje-

        tas a una competencia efrctiva.
    2. Empresas que realicen actividades sujetas a dferente régimen jurídico o en
        distintos mercados

B. CLASES DE SEPARACIÓN: CONTABLE, FUNCIONAL, JURÍDICA O PATRIMONIAL.

C. VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA SEPARACIÓN

IV. Límites a la dirección de más de un operador principal

 

CAPÍTULO VII
OBLIGACIONES DE SERVICIO PÚBLICO

I. Su razón de ser: garantía pública de la prestación frente a los fallos del mercado

II. Delimitación

A. PRESTACIÓN FORZOSA DE CARÁCTER SINGUlAR (OBLIGACIÓN ESPECIAL)

B. ASUNCIÓN VOLUNTARIA Y —EN SU DEFECTO— IMPOSICIÓN DE LA OBLIGACIÓN

C. PRINCIPIO DE INDEMNIDAD PATRIMONIAL: SU SUJECIÓN A COMPENSACIÓN ECONÓMICA

III. Principios aplicables a su imposición

IV. Servicio universal

A. GARANTÍA PÚBLICA DE PRESTACIONES ESENCIALES
    1. Disponibilidad de un conjunto de servicios esenciales
    2. Garantía de calidad en su prestación
    3. Precio asequible

B. IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES DE SERVICIO UNIVERSAL
    1. Apreciación de su necesidad y organización de su prestación
    2. Empresas encargadas de su prestación: procedimiento y principios.

C. FINANCIACIÓN
    1. Determinación del eventual coste neto de prestación del servicio
    2. Principios de financiación
    3. Sistemas de financiación
        2.1. Presupuestos generales
        2.2. Conjunto de los usuarios del servicio
        2.3. Conjunto de operadores del sector

 

TÍTULO III
DERECHO DE LA COMPETENCIA

CAPÍTULO VIII
ACTUACIONES EMPRESARIALES ANTICOMPETITIVAS

I. Normativa aplicable y órganos encargados de aplicarla

A. NORMATIVA APLICABLE
    1. Derecho comunitario europeo
        1.1. Distribución de competencias entre la Comunidad Europea y los Estados
            miembros
            a) Comportamientos anticompetitivos (arts. 81-82 TCE)
            b) Concentraciones empresariales
            c) Empresas públicas y empresas con derechos especiales o exclusivos

                (art. 86 TCE)
            d) Ayudas estatales
        1.2. Coordinación y cooperación
    2. Derecho español

B. ÓRGANOS ENCARGADOS DE SU APLICACIÓN
    1. Derecho comunitario europeo
    2. Derecho español

II. Acuerdos y prácticas restrictivas de la competencia

A. SU PROHIBICIÓN
    1. Existencia de acuerdos y prácticas concertadas
    2. Restricción, impedimento o falseamiento de la libre competencia

B. CLASES DE ACUERDOS
    1. Acuerdos horizontales
        1.1. Cárteles
        1.2. Acuerdos de cooperación
        1.3. Propiedad intelectual
    2. Acuerdos verticales

C. EXENCIONES
    1. Requisitos
    2. Aplicación singular y genérica (Reglamentos de exención por categorías)

D. INVALIDEZ, REMEDIOS Y SANCIONES

III. Abuso de posición dominante

A. DEFINICIÓN DEL MERCADO RELEVANTE

B. POSICIÓN DOMINANTE EN EL MERCADO
    1. Criterios
    2. Supuestos especiales

C. PROHIBICIÓN DE ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE
    1. Su alcance, fundamento y condiciones

    2. Prácticas prohibidas
        2.1. Prácticas consistentes en precios
            a) Precios excesivos
            b) Precios predatorios
            c) Integración vertical: pinzarniento de precios (margin squeeze)
            d) Discriminación
        2.2. Prácticas no consistentes en precios
            a) Empaquetamiento conjunto de servicios
            b) Acceso a infraestructuras (essential facilities)
            c) Compromisos de distribución en exclusiva
            d) Negativa a negociar o a suministrar

D. REMEDIOS Y SANCIONES (REMISIÓN)

IV. Concentraciones empresariales

A. SU RAZÓN DE SER: PRESERVACIÓN DE UNA FSTRUCTUPA DEL MERCADO COMPETITIVA.

B. CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL: SU DELIMITACIÓN.

C. PROHIBICIÓN DE CONCENTRACIONES CON EFECTOS ANTICOMPETITIVOS

D. PROCEDIMIENTO, REMEDIOS Y SANCIONES
    1. Notificación previa, con efectos suspensivos
    2. Primera fase: examen preliminar
    3. Segunda fase: procedimiento de control
    4. Sanciones

 

CAPÍTULO IX
ACTUACIONES PÚBLICAS

I. Deber de los Estados de no falsear la competencia

II. Regulación estatal: no debe aniparar prácticas anticompetitivas

III. Empresas públicas y empresas titulares de derechos especiales o exclusivos (art. 86.1 TCE)

A. SU SUJECIÓN A LAS NORMAS DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

B. INCOMPATIBILIDAD ENTRE LAS FUNCIONES DE REGULACIÓN Y GESTIÓN

C. NO DISCRIMINACIÓN ENTRE LA INICIATIVA PÚBLICA Y PRIVADA

D. TRANSPARENCIA EN LAS RELACIONES FINANCIERAS ENTRE EL ESTADO Y SUS EMPRESAS PÚBLICAS

IV. Ayudas públicas

A. DELIMITACIÓN

    1. Ventajas económicas
        1.1. Concepto material: principio del «inversor en una economía de mer-

            cado»
        1.2. La compensación del coste neto de una obligación especial no es

            ayuda pública.
    2. Procedencia pública: «otorgadas por los Estados o mediante fondos esta-

        tales»
    3. Su carácter selectivo
    4. Sus efectos: restricción de la competencia

B. PRINCIPIO GENERAL DE PROHIBICIÓN DE LAS AYUDAS ESTATALES

C. POSIBLE EXENCIÓN DE LA PROHIBICIÓN RESPECTO DE LOS SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL
    1. Aplicación de las excepciones generales (arts. 87.2 y 3 y 88 TCE)
        1.1. Requisitos generales de compatibilidad de las ayudas estatales
        1.2. Supuestos
            a) Ayudas horizontales
            b) Ayudas regionales
            c) Ayudas sectoriales
            d) Otras ayudas que determine el Consejo
    2. Inaplicación de las normas sobre ayudas estatales (art. 86.2 TCE) (remisión)

D. CRITERIOS —GENERALES Y ESPECIALES— DE COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS A SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL
    1. Presunción de compatibilidad y exención del requisito de notificación previa
    2. Marco comunitario sobre ayudas estatales en forma de compensación por

        servicio público
    3. Ayudas en el sector de transportes
    4. Ayudas a compañías aéreas, aeropuertos y compañías aéreas que operen

        desde aeropuertos regionales
    5. Ayudas a los servicios públicos de televisión
    6. Ayudas al sector financiero
    7. Financiación pública de las redes de banda ancha

E. CONTROL POR LA COMISIÓN EUROPEA: NOTIFICACIÓN PREVIA Y SU EXENCIÓN.
    1. Ayudas existentes
    2. Proyectos dirigidos a establecer o modificar ayudas

V. Contratación pública

A. LA CONTRATACIÓN PÚBLICA COMO FACTOR DE DISTORSIÓN DE LA COMPETENCIA

B. SU SUJECIÓN A LA NORMATIVA COMUNITARIA
    1. Contratos armonizados

        1.1. Obras, servidos y suministros
        1.2. Sectores excluidos
    2. Contratos no armonizados: «concesión de servicios».

C. INEXISTENCIA DE EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS: CONTRATACIÓN DOMESTICA (IN HOUSE PROVIDING)

 

Bibliografía

 


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