SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL.
- Sinopsis
- Índice
TÍTULO I
MERCADO, GARANTÍA PÚBLICA E INTEGRACIÓN EUROPEA
CAPÍTULO I
DELIMITACIÓN
I. Actividades prestacionales que no conllevan el ejercicio de potestades públicas
II. Actividades de interés general
A. ACTIVIDADES ESENCIALES, CUYA PRESTACIÓN NO PUEDE FALTAR A LOS CIUDADANOS
B. SU DISTINCIÓN DE LOS MONOPOLIOS COMERCIALES
III. Su carácter económico
A. SU DISTINCIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL (SOCIALES): RELEVANCIA JURÍDICA Y DIFICULTADES
B. CRITERIO: EFICIENCIA ECONÓMICA —CORREGIDA POR ASPECTOS DE INTERÉS GENERAL— O COHESIÓN SOCIAL, GUIADA POR LA MAYOR EFICIENCIA ECONÓMICA POSIBLE.
C. SU APLICAClÓN JURISPRUDENCIAL.
CAPÍTULO II
BASES DE SU RÉGIMEN JURÍDICO
I. Su relevancia en el ámbito europeo
II. Mercado interior versus garantía pública de la prestación
A. EN CUANTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS: MERCADO INTERIOR.
1. Origen y desvanecimniento de los grandes servicios
públicos económicos
estatales
2. Como regla, se sujetan a las libertades comunitarias y a
las normas de
defensade la competencia
B. EN CUANTO SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL: LA NORMATIVA PUEDE GARANTIZAR CON MEDIOS PÚBLICOS LA PRESTACIÓN, O INCLUSO, EXCLUIR EL MERCADO
III. Regulación versus autorregulación
A. LOS VIENTOS DE LA AUTORREGULACIÓN
B. SUS LÍMITES: SU CARÁCTER COMPLEMENTARIO DE LA REGULACIÓN.
IV. Regulación sectorial versus normas generales de defensa de la competencia
A. REGULACIÓN SECTORIAL
1. La regla debe ser la libertad económica: las restriccines
han de ser necesa-
rias,adecuadas y proporcionadas.
2. La promoción positiva de la competencia (regulación
asimétrica) debe tener
carácter transitorio
3. La regulación debe aspirar a ordenar —no astitir— el
mercado, o a hacerlo
en la menor medida posible
4. La regulación debe respetar el przncipio de igualdad:
distinción entre las li-
mitaciones generales y las privaciones singulares
5. Normas técnicas: principio de neutralidad tecnológica.
6. Estabilidad normativa
B. DERECHO DE lA COMPETENCIA
1. Finalidad: protección del proceso competitivo en el
mercado
2. Su modulación con objetivos extraconcurrenciales
C. CRITERIOS DE RELACIÓN ENTRE AMBOS TIPOS DE
NORMAS: COMPLEMENTARIEDAD Y SUSTITUIBILIDAD.
1. Complementariedad: ambas normas se refieren a aspectos
distintos de la
actividad
2. Sustituibilidad: ambas normas regulan los mismos aspectos
de la actividad
3. La regulación puede dejar un margen de actuación
anticompetitiva, que
puede ser abordada desde el Derecho de la Competencia
D. PONDERACIÓN ENTRE AMBOS TIPOS DE NORMAS
1. Ventajas de la regulación (limitaciones de las normas
generales de defensa
de la
competencia)
2. Ventajas de las normas generales de defensa de la
competencia (limitacio-
nes de la regulación sectorial)
V. Organización administrativa
A. ADMINISTRACIONES INDEPENDIENTES («AUTORIDADES DE REGULACIÓN»)
B. ÓRGANOS SECTORIALES VERSUS ÓRGANOS HORIZONTALES DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO III
ARMONIZACIÓN EUROPEA Y AUTONOMÍA ESTATAL
I. Armonización normativa europea
A. PRESERVACIÓN DEL MERCADO INTERIOR: TÍTULOS COMPETENCIALES.
B. REGUlACIÓN SECTORIAL
1. Industrias en red
1.1. Comunicaciones electrónicas
1.2. Energía
a)
Electricidad
b) Gas
c)
Hidrocarburos
1.3. Transportes
a) Carretera
b)
Ferrocarril: transporte y gestión de infraestructuras.
c) Aéreo
a’) Empresas de transporte
b’) Aeropuertos
d) Marítimo
a’) Servicios de transporte
b’) Puertos
1.4. Sector postal
2. Sector financiero
2.1. Entidades de crédito
2.2. Seguros
3. Servicios de comunicación audiovisual
C. NORMATIVA HORIZONTAL: EN PARTICULAR, LA
DIRECTIVA DE SERVICIOS.
1. Su limitada aplicación a los servicios de interés
económico general
2. Contenido
2.1. Exigencias relativas a las
autorizaciones administrativas
2.2. Libertad de establecimiento:
armonización de las condiciones de acceso
o realización de la actividad
2.3. Libre prestación de servicios
por empresas establecidas en otro Estado
miembro
D. AUTORIDADES EUROPEAS SECTORIALES: SU REALIDAD Y DISCUSIÓN.
II. Actividades no armonizadas a nivel europeo
A. CORRESPONDE A LOS ESTADOS DEFINIR SU RÉGIMEN JURÍDICO
B. CORRESPONDE A LAS AUTORIDADES COMUMTARIAS CONTROLAR LA ADECUACIÓN, NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDiDAS ESTATALES, ASÍ COMO EL EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA TAREA DE INTERÉS GENERAL
C. LA TAREA DE INTERÉS GENERAL DEBE SER FORMALMENTE ENCOMENDADA A TRAVÉS DE UN ACTO JURÍDICO-PÚBLICO
D. SERVICIOS LOCALES: MODELO ECONÓMICO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL
III. Interés general (nacional) e interés comunitario: criterios de solución de conflictos (art. 86.2 TCE)
A. PREVALENCIA DE LA TAREA DE INTERÉS GENERAL (NACIONAL): POSIBLE EXCEPCIÓN A LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEL TRATADO
1. Regla: sujeción a las normas generales de Defensa de la
Competencia
2. Excepción a su aplicación
2.1. Necesidad: su aplicación ha de
impedir el cumplimiento de la misión
que tienen
encomendada
a) En cuanto
excepción, su interpretación restrictiva.
b) Su
flexibilización: prestación del servicio en condiciones económica-
mente aceptables
2.2. No favorecer prácticas
anticompetitivas
B. PREVALENCIA DEL INTERÉS COMUNITARIO SOBRE EL NACIONAL: LOS INTERCAMBIOS NO DEBEN QUEDAR AFECTADOS EN MEDIDA CONTRARIA AL INTERÉS GENERAL.
TÍTULO II
REGULACIÓN SECTORIAL
CAPÍTULO IV
ACCESO AL MERCADO
I. Controles administrativos previos y títulos habilitantes
A. ACTIVIDADES EXENTAS DE CONTROLES ADMINISTRATIVOS PREVIOS
B. COMUNICACIONES PREVIAS
1. Delimitación
2. Calificación jurídica: técnica de control preventivo
3. Procedimiento y plazo para el control inicial de la
actividad.
4. Resolución de la Administración: comunicación defectuosa o
ilegalidad de la
iniciativa comunicada
C. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS
1. Su exigencia
2. Su razón de ser
3. Alcance del control
3.1. Control reglado o discrecional
3.2. Mera habilitación para el
desarrollo de la actividad o reconocimiento de
derechos especiales
4. Naturaleza jurídica: declaración del derecho a realizar la
actividad.
5. Ámbito de validez
6. Sujeción a plazo, visados o controles periódicos
D. DERECHOS EXCLUSIVOS (CONCESIONES)
1. Delimitación
2. Técnica jurídica: contrato de gestión de servicios
públicos.
II. Infraestructuras
A. RÉGIMEN DE DERECHOS EXCLUIVOS (MONOPOLIOS NATURALES)
B. LIBERTAD DE CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y SU
POSIBLE LIMITACIÓN POR RAZONES DE INTERÉS GENERAL
1. Libertad de creación de infraestructuras
2. Su posible limitación por razones de interés general
3. En particular, uso compartido de bienes e infraestructuras
III. Derechos de uso
A. RECURSOS ESCASOS
B. USO DEL DOMINIO PÚBLICO
C. OCUPACIÓN DE BIENES DE TERCEROS: BENEFICIO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA Y SERVIDUMBRES DE PASO
D. UTILIZACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DEDICADAS A LA PRESTACIÓN DE OTROS SERVICIOS PÚBLICOS
CAPÍTULO V
EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
I. Gestión empresarial: plincipios generales
A. ACTIVIDADES EN RÉGIMEN DE LIBRE INICIATIVA: LIBERTAD DE EMPRESA.
B. ACTIVIDADES EN RÉGIMEN DE DERECHOS ESPECIALES: LIBERTAD DE EMPRESA, SUJETA A UNA MAYOR INTENSIDAD DE INTERVENCIÓN PÚBLICA (DEBER DE REALIZAR LA ACTIVIDAD)
C. ACTIVIDADES SUJETAS A DERECHOS EXCLUSIVOS: PRIMA LA GARANTÍA PÚBLICA DE LA ACTIVIDAD.
II. Garantía pública de la adecuada prestación de la actividad
A. UNIVERSALIDAD
B. CONTINUIDAD
C. CALIDAD DEL SERVICIO
D. ASEQUIBILIDAD
E. PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
F. OTROS OBJETIVOS: EN PARTICULAR, EL PLURALISMO EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL.
III. Potestades de inspección y deber de información
A. PRINCIPIOS JURÍDICOS
B. DERECHOS DE LOS INTERESADOS
1. Privacidad: inviolabilidad de domicilio, de la correspondencia y protección
de
datos personales
2. Derechos de defensa: confidencialidad de la
correspondencia con el abo-
gado;
derecho a la no autoinculpación.
3. Propiedad privada y libertad de empresa: protección de la
información con-
fidencial y del secreto profesional.
IV. Cambio normativo
A. DEBER ADAPTACIÓN: SUJECIÓN A LA NORMATIVA EN CADA MOMENTO VIGENTE
B. SUS EXIGENCIAS Y LÍMITES
1. Mantenimiento del equivalente económico del contrato
2. Confianza legítima
3. Igualdad de trato
V. Transmisibilidad de títulos habilitantes y derechos de uso
A. TÍTULOS O DERECHOS OTORGADOS EN BASE A LAS CONDICIONES SUBJETIVAS DEL SOLICITANTE
B. TÍTULOS O DERECHOS DE CARÁCTER REAL: EN PARTICULAR, AQUELLOS CUYO NÚMERO SE ENCUENTRE LIMITADO
VI. Cese en la actividad
A. RENUNCIA
B. SITUACIÓN DE ILEGALIDAD
C. INCUMPLIMIENTO
CAPÍTULO VI
PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA
I. Caracterización general
A. SU RAZÓN DE SER
B. SUS CONTRAPARTIDAS
II. Deber de acceso e interconexión
A. SU RAZÓN DE SER
B. CONDICIONES GENERALES PARA SU IMPOSICIÓN
III. Separación empresarial
A. FINALIDAD: PRESERVACIÓN DE LA CONCURRENCIA
1. Empresas verticalmente integradas, que controlen
infraestructuras no suje-
tas a
una competencia efrctiva.
2. Empresas que realicen actividades sujetas a dferente
régimen jurídico o en
distintos mercados
B. CLASES DE SEPARACIÓN: CONTABLE, FUNCIONAL, JURÍDICA O PATRIMONIAL.
C. VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA SEPARACIÓN
IV. Límites a la dirección de más de un operador principal
CAPÍTULO VII
OBLIGACIONES DE SERVICIO PÚBLICO
I. Su razón de ser: garantía pública de la prestación frente a los fallos del mercado
II. Delimitación
A. PRESTACIÓN FORZOSA DE CARÁCTER SINGUlAR (OBLIGACIÓN ESPECIAL)
B. ASUNCIÓN VOLUNTARIA Y —EN SU DEFECTO— IMPOSICIÓN DE LA OBLIGACIÓN
C. PRINCIPIO DE INDEMNIDAD PATRIMONIAL: SU SUJECIÓN A COMPENSACIÓN ECONÓMICA
III. Principios aplicables a su imposición
IV. Servicio universal
A. GARANTÍA PÚBLICA DE PRESTACIONES ESENCIALES
1. Disponibilidad de un conjunto de servicios esenciales
2. Garantía de calidad en su prestación
3. Precio asequible
B. IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES DE SERVICIO
UNIVERSAL
1. Apreciación de su necesidad y organización de su
prestación
2. Empresas encargadas de su prestación: procedimiento y
principios.
C. FINANCIACIÓN
1. Determinación del eventual coste neto de prestación del
servicio
2. Principios de financiación
3. Sistemas de financiación
2.1. Presupuestos generales
2.2. Conjunto de los usuarios del
servicio
2.3. Conjunto de operadores del
sector
TÍTULO III
DERECHO DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO VIII
ACTUACIONES EMPRESARIALES ANTICOMPETITIVAS
I. Normativa aplicable y órganos encargados de aplicarla
A. NORMATIVA APLICABLE
1. Derecho comunitario europeo
1.1. Distribución de competencias
entre la Comunidad Europea y los Estados
miembros
a)
Comportamientos anticompetitivos (arts. 81-82 TCE)
b)
Concentraciones empresariales
c) Empresas
públicas y empresas con derechos especiales o exclusivos
(art. 86 TCE)
d) Ayudas
estatales
1.2. Coordinación y cooperación
2. Derecho español
B. ÓRGANOS ENCARGADOS DE SU APLICACIÓN
1. Derecho comunitario europeo
2. Derecho español
II. Acuerdos y prácticas restrictivas de la competencia
A. SU PROHIBICIÓN
1. Existencia de acuerdos y prácticas concertadas
2. Restricción, impedimento o falseamiento de la libre
competencia
B. CLASES DE ACUERDOS
1. Acuerdos horizontales
1.1. Cárteles
1.2. Acuerdos de cooperación
1.3. Propiedad intelectual
2. Acuerdos verticales
C. EXENCIONES
1. Requisitos
2. Aplicación singular y genérica (Reglamentos de exención
por categorías)
D. INVALIDEZ, REMEDIOS Y SANCIONES
III. Abuso de posición dominante
A. DEFINICIÓN DEL MERCADO RELEVANTE
B. POSICIÓN DOMINANTE EN EL MERCADO
1. Criterios
2. Supuestos especiales
C. PROHIBICIÓN DE ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE
1. Su alcance, fundamento y condiciones
2. Prácticas prohibidas
2.1. Prácticas consistentes en
precios
a) Precios
excesivos
b) Precios
predatorios
c)
Integración vertical: pinzarniento de precios (margin squeeze)
d)
Discriminación
2.2. Prácticas no consistentes en
precios
a)
Empaquetamiento conjunto de servicios
b) Acceso a
infraestructuras (essential facilities)
c)
Compromisos de distribución en exclusiva
d) Negativa a
negociar o a suministrar
D. REMEDIOS Y SANCIONES (REMISIÓN)
IV. Concentraciones empresariales
A. SU RAZÓN DE SER: PRESERVACIÓN DE UNA FSTRUCTUPA DEL MERCADO COMPETITIVA.
B. CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL: SU DELIMITACIÓN.
C. PROHIBICIÓN DE CONCENTRACIONES CON EFECTOS ANTICOMPETITIVOS
D. PROCEDIMIENTO, REMEDIOS Y SANCIONES
1. Notificación previa, con efectos suspensivos
2. Primera fase: examen preliminar
3. Segunda fase: procedimiento de control
4. Sanciones
CAPÍTULO IX
ACTUACIONES PÚBLICAS
I. Deber de los Estados de no falsear la competencia
II. Regulación estatal: no debe aniparar prácticas anticompetitivas
III. Empresas públicas y empresas titulares de derechos especiales o exclusivos (art. 86.1 TCE)
A. SU SUJECIÓN A LAS NORMAS DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
B. INCOMPATIBILIDAD ENTRE LAS FUNCIONES DE REGULACIÓN Y GESTIÓN
C. NO DISCRIMINACIÓN ENTRE LA INICIATIVA PÚBLICA Y PRIVADA
D. TRANSPARENCIA EN LAS RELACIONES FINANCIERAS ENTRE EL ESTADO Y SUS EMPRESAS PÚBLICAS
IV. Ayudas públicas
A. DELIMITACIÓN
1. Ventajas económicas
1.1. Concepto material: principio del
«inversor en una economía de mer-
cado»
1.2. La compensación del coste neto
de una obligación especial no es
ayuda pública.
2. Procedencia pública: «otorgadas por los Estados o mediante
fondos esta-
tales»
3. Su carácter selectivo
4. Sus efectos: restricción de la competencia
B. PRINCIPIO GENERAL DE PROHIBICIÓN DE LAS AYUDAS ESTATALES
C. POSIBLE EXENCIÓN DE LA PROHIBICIÓN RESPECTO DE
LOS SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL
1. Aplicación de las excepciones generales (arts. 87.2 y 3 y
88 TCE)
1.1. Requisitos generales de
compatibilidad de las ayudas estatales
1.2. Supuestos
a) Ayudas
horizontales
b) Ayudas
regionales
c) Ayudas
sectoriales
d) Otras
ayudas que determine el Consejo
2. Inaplicación de las normas sobre ayudas estatales (art.
86.2 TCE) (remisión)
D. CRITERIOS —GENERALES Y ESPECIALES— DE
COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS A SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL
1. Presunción de compatibilidad y exención del requisito de
notificación previa
2. Marco comunitario sobre ayudas estatales en forma de
compensación por
servicio público
3. Ayudas en el sector de transportes
4. Ayudas a compañías aéreas, aeropuertos y compañías aéreas
que operen
desde
aeropuertos regionales
5. Ayudas a los servicios públicos de televisión
6. Ayudas al sector financiero
7. Financiación pública de las redes de banda ancha
E. CONTROL POR LA COMISIÓN EUROPEA: NOTIFICACIÓN
PREVIA Y SU EXENCIÓN.
1. Ayudas existentes
2. Proyectos dirigidos a establecer o modificar ayudas
V. Contratación pública
A. LA CONTRATACIÓN PÚBLICA COMO FACTOR DE DISTORSIÓN DE LA COMPETENCIA
B. SU SUJECIÓN A LA NORMATIVA COMUNITARIA
1. Contratos armonizados
1.1. Obras, servidos y suministros
1.2. Sectores excluidos
2. Contratos no armonizados: «concesión de servicios».
C. INEXISTENCIA DE EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS: CONTRATACIÓN DOMESTICA (IN HOUSE PROVIDING)
Bibliografía