SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO, LA.
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Como es de sobra conocido, las reclamaciones económico-administrativas constituyen un recurso administrativo. Por su parte, los Tribunales Económico-Administrativos son órganos administrativos que desarrollan su actividad de manera separada frente a los órganos de la Administración gestora. Su carácter colegiado, así como su especialización y función, les otorgan, a priori, una notable independencia, contribuyendo a prestar un indudable servicio a la justicia tributaria. Y todo ello teniendo presente además que los intereses generales a los que sirve la Administración no tienen por qué coincidir con los intereses patrimoniales públicos. Dicho lo anterior, resulta esencial en la actualidad que las reclamaciones económico-administrativas se resuelvan con celeridad, así como que se refuerce la especialización de sus órganos y miembros y, por supuesto, que se garantice su adecuada dotación. Debe buscarse equilibrar la conveniencia del recurso económico-administrativo con el acceso ágil a la vía contencioso administrativa.
La presente Monografía analiza detenidamente, al amparo de la reciente doctrina administrativa y jurisprudencial, las principales cuestiones conflictivas susceptibles de plantearse durante la sustanciación del procedimiento económico-administrativo, tanto al inicio del mismo como durante su desarrollo (caso, por ejemplo, del alcance que se ha de otorgar a la práctica de la prueba o de la eficacia interruptiva de la prescripción), así como a su conclusión (prestándose una especial atención a las consecuencias susceptibles de derivarse de la ejecución de la resolución dictada). Igualmente, se analizan las principales particularidades que plantea el procedimiento abreviado sustanciado ante órganos unipersonales y la interposición de los recursos ordinario y extraordinario de alzada para unificación de doctrina.